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Herencia y subsidio

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Herencia y subsidio
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Herencia y subsidio
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#1

Herencia y subsidio

Hola, tengo que recibir una herencia que consta de 2 casas, y actualmente estoy cobrando la ayuda esa que hay para mayores de 55 años, (tengo 62) me quedan 3 años o 3 años y algo para jubilarme... Si recibiese esa herencia que son 2 pisos podrían suprimirme esa ayuda? Ya que dicha ayuda me esta cotizando y si me la suprimen dejo de cotizar los años que me quedan...

#2

Re: Herencia y subsidio

mira este hilo,

https://www.rankia.com/foros/empresas/temas/3802275-suspension-subsidio-mayores-52-anos-sepe#respuesta_3802534

probablemente pierdas el subsidio durante un mes y luego lo reanudas; lo que debes tener cuidado es de comunicar inmediatamente una vez aceptes la herencia la circunstancia a los servicios públicos de empleo porque si no entonces te van a sancionar sin subsidio desde el momento que hubieses aceptado hasta que se enteren.

Y luego,  tendrás que ver si el rendimiento real (si están alquilados) o presunto de la herencia, sumado a tus otros ingresos, supera el máximo para seguir teniendo derecho al subsidio.

#3

Re: Herencia y subsidio

psea que tu recibes una herencia de 1 millon de euros y pierdes tambien el subsidio 1 mes por que al siguente no recibes ningun ingreso? 

La herencia recibida serian 2 casas, una que es en la que actualmente vivo y otra que necesita unas buenas reformas, con lo cual en un buen periedo de tiempo no se va a alquilar ni nada, entoces aunque el patrimonio sube mis ingresos son los mismos, unicamente el subsidio 

#4

Re: Herencia y subsidio

el resultado de dividir entre 12 el valor de las casas seguro que supera el 75% del salario mínimo interprofesional de 1 mes, luego da por perdido un mes de subsidio.

Para meses posteriores, si incorporas 2 viviendas a tu patrimonio, 1 de ellas como habitual, no producirá ningún rendimiento, pero la otra sí aunque la tengas desocupada, es lo que se llama "imputación de rentas inmobiliarias" y lo tienen en cuenta para el límite de ingresos del subsidio:

"La renta imputable por cada inmueble urbano se realiza mediante la aplicación de los siguientes porcentajes:

  1. Con carácter general se aplicará el 2 por 100 sobre el valor catastral del inmueble que figure en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  2. El 1,1 por 100 para aquellos inmuebles cuyo valor catastral haya sido revisado, modificado o determinado mediante un procedimiento de valoración colectiva que haya entrado en vigor en el período impositivo o en el plazo de los diez períodos impositivos anteriores.
  3. Para aquellos inmuebles que carezcan de valor catastral o no hayan sido notificados al contribuyente a la fecha de devengo del impuesto el porcentaje del 1,1 por 100 se aplicará sobre el 50 por 100 del mayor de los siguientes valores: el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de la adquisición."
#5

Re: Herencia y subsidio

Osea... entiendo que esa segunda casa a poco que valga ye me seria suficiente para perder el subsidio casi seguro, no?

#6

Re: Herencia y subsidio

El límite mensual de las rentas para percibir el subsidio es en 2018 75% del SMI= 551,93 euros mensuales

para perder un mes de subsidio al recibir la herencia, basta con que el valor en el impuesto de sucesiones de los bienes sea superior a 12 veces esa cantidad, lo que imagino va a ocurrir si recibes 2 viviendas.

Para perderlo permanentemente, la segunda casa si no la alquilas debería tener un valor catastral superior a 602.105 si está revisado (pues el 1,1% de imputación de rentas sería superior a 551,93*12)o 331.158 si no lo está. Si la alquilas, entonces los rendimientos netos no deberían ser superiores a 551,93*12. Suponiendo que no tengas ningún otro ingreso.

#7

Re: Herencia y subsidio

Perdona que sea un poco cazurro y a veces me cuesta ententender estos temas...u mes esta perdido eso esta fijo, ahora parara perderlo definitivammente su valor catrastal ha de ser de 600.000 (seiscientos mil euros) si esta revisado o 300.000 (trescientos mill euros) si no lo esta, no es asi?

Y el valor catrastal generalmente es mucho mas bajo que el precio de mercado...no?  pero va,os aun asi son 2 casas que ni su valor de mercado llega a eso ya que pueden estas valoradas en 115.000 como mucho....

Entiendo yo que con esos datos esta dificil perder el subsidio permanentemente?

 

Una vez mas piso perdor por que me cuesta entender estas cosas y agradezco la paciencia que estas teniendo...

#8

Re: Herencia y subsidio

así es, la vivienda que heredas y que no es tu residencia habitual debería tener un valor catastral superior a esas cantidades. Aunque el valor catastral ha sido generalmente más bajo que el valor de mercado, después de la crisis ha habido casos en que se ha puesto a la par o incluso superior.

Pero si indicas que las viviendas que vas a heredar valen poco más de 100.000 euros, difícilmente va a tener una de ellas un valor catastral tan alto, por lo que parece difícil que te vaya a  hacer perder el subsidio de manera permanente.

#9

Re: Herencia y subsidio

Muchisimas gracias por tu paciencia y explicar todo tan bien,

y para que esto me lo den de forma oficial donde puedo ir a consultar ?

#10

Re: Herencia y subsidio

Buenos días, 

Tengo  53 años y actualmente trabajo como fijo discontinuo y el pagador de mi nómina es mi hijo que es independiente, vive en otro domicilio etc.

Ahora  en verano me da de baja hasta septiembre que se retoma la actividad, ( es una academia) y pediré el subsidio de desempleo como he hecho ya varios años pasados.

La cuestión es que este año no me voy a incorporar en septiembre (por motivos justificados pero que no vienen al caso), por lo que deduzco que dejare de percibir la prestación, es así ?

Por otra parte, mi intención es solicitar la ayuda a mayores de 52 años , en este caso que requisitos tendría que cumplir.

Muchas gracias por anticipado

Un cordial saludo,

#11

Re: Herencia y subsidio

Juan Moreno, esta pregunta no es para este foro, ya que no tiene que ver con la fiscalidad. Por favor, pregunta en otro foro de subsidios y prestaciones.

Con cariño.

#12

Re: Herencia y subsidio

Gracias por tu cariñoso NO Kumba. En realidad, la segunda parte de mi consulta tiene que ver con que este año tendré unos ingresos extras y parte indivisa de un par de inmuebles. Mi situación patrimonial interfiere con la percepción del subsidio?
Muchas gracias
Afectuosamente
Juan

#13

Re: Herencia y subsidio

Buenas tardes. Una pregunta. Si se está cobrando el subsidio para mayores de 52 y se produce una herencia, cuando hay que notificarla? Cuando empieces a realizar los trámites? Cuando realmente heredes y pase el capital a tu cuenta (y ya puedas invertirlo en depósito para que no te compute un 3% de rendimiento? Si hay que notificarlo cuando empiezas el trámite, pueden pasar 6 meses hasta que el dinero pase a tu cuenta y puedas invertirlo. Cuando se dice ACEPTACIÓN DE HERENCIA, es cuando el dinero pasa a tu cuenta? Gracias 

#14

Re: Herencia y subsidio

¿Si aceptas herencia pero no escrituras dicha vivienda también habría que avisar al SEPE? Quiero decir, si recibes dinero al aceptar la herencia entiendo que es evidente que sí, pero si es una vivienda da igual que se haya escriturado a tu nombre para el SEPE?

#15

Re: Herencia y subsidio

legalmente tienes que comunicarlo en 1 mes desde que aceptes la herencia.  Y se supone que hay 6 meses para liquidar el impuesto de Sucesiones, por ahí se va a enterar el SEPE.

Y si no quieres presentar el impuesto, legalmente el Registro Civil tiene obligación de comunicar a la oficina liquidadora del Impuesto de Sucesiones el fallecimiento, con lo cual ya tiene la Hacienda autonómica manera de enterarse de quién debe pagar el impuesto, y de hecho hay Comunidades Autónomas que envían a los herederos cartas recordándoles que tienen que liquidar el impuesto.

Por ello, me parece absurdo lo que planteas, por no perder 1 mes del subsidio te arriesgas a perderlo complementamente.