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Disolución de CB por venta de local

3 respuestas
Disolución de CB por venta de local
Disolución de CB por venta de local
#1

Disolución de CB por venta de local

Buenas noches: dos hermanas propietarias de un local formamos CB para que nos den un CIF y poder alquilar un local y hacerlo bien a nivel fiscal y de impuestos, La CB la hacemos únicamente dándonos de alta en el censo con el modelo 36, no hacemos ningún contrato privado, no aportamos ningún dinero a la CB únicamente el local q es de las dos, solo abrimos una cuenta a nombre de la CB en el banco para q nos ingresaran el alquiler, pagar IBI, comunidad y todo lo referente al local. Llevamos cuatro años q no hemos podido alquilar y hemos modificado en el modelo 36 para no hacer todos los trimestres el 303 sin actividad. Ahora tenemos la posibilidad de vender el local y no sabemos cómo disolver la CB para vender el local, ?que tenemos que hacer? ?hay que pagar algo? He leído alguna entrada en el foro pero no me aclaro, nosotras solo alquilamos un local que es de las dos, no hacemos ninguna actividad económica, ni somos autónomas, ni dadas de alta en la seguridad social para alquilar el local. Únicamente rellenamos el modelo 36,en su tiempo, para que nos dieran un CIF. Puede alguien ayudarnos.
Gracias,un saludo

#2

Re: Disolución de CB por venta de local

Cuando vendáis el local, la CB quedará disuelta de facto. Entonces bastará con darla de baja en Hacienda, cerrar las cuentas, etc.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Disolución de CB por venta de local

Entonces ?hay que vender el local como si lo vendiese la CB o en nombre de nosotras dos como propietarias del local al 50%? Nosotras dos somos las dueñas y las que figuramos en las únicas escrituras que tenemos del local y a nivel de impuestos a pagar con la venta ?que impuestos habría que pagar?
Gracias

#4

Re: Disolución de CB por venta de local

Las CB no tienen personalidad jurídica, por tanto la venta la haríais vosotras dos que sois las propietarias.

Los impuestos a pagar como vendedoras serían la plusvalía municipal y la ganancia patrimonial (si la hay) en IRPF.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.