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Fiscalidad de inversiones en el extranjero

5 respuestas
Fiscalidad de inversiones en el extranjero
Fiscalidad de inversiones en el extranjero
#1

Fiscalidad de inversiones en el extranjero

Hola.

Agradecería cualquier luz que me pudiesen brindar en relación a mi situación tributaria.

Tengo la doble nacionalidad costarricense - española. Resido desde hace dos meses en España sin haber encontrado empleo aún. Vivo actualmente de los intereses generados por un depósito a plazo fijo  en un banco en Costa Rica del cual soy titular y que genera aproximadamente 13.500 euros netos anuales. Y digo aproximadamente porque el tipo de cambio entre el colón costarricense (moneda en que se me depositan los intereses) y el euro (moneda de la cuenta a la que transfiero el dinero) varía constantemente por lo que mis ingresos son algo variables de mes a mes.


Si en mi próxima declaración de IRPF ese continuara siendo mi único ingreso ¿Cuál sería aproximadamente la cuota que deberé pagar a Hacienda?


Entiendo que la tasa impositiva para ingresos por rendimientos mobiliaros superiores a 6.000 euros y menores a 50.000 es de 21%. 

Y algunos otros datos son:

- El plazo del depósito es de 5 años con cupón mensual - ¿La duración de la inversión me permite deducir algún monto?

- Alquilo un piso por 380 euros en Cantabria - ¿Puedo deducir algo?

- No tengo descendientes ni ascendientes a mi cargo

- En Costa Rica, Hacienda me retiene el 8%, es decir, los 13.500 ya son netos. Hay untratado para evitar la doble imposición entre ambos países.

 

Si en base a estos datos me pudierais ayudar os lo agradecería mucho.

He intentado hacer uso de la herramienta de cálculo de retenciones disponible en la página de Hacienda pero no hay forma de especificar que los ingresos provienen de rendimientos mobiliaros así que hice el cálculo como si los ingresos fuesen producto de mi salario y sin solicitar ninguna deducción y me arroja una retención a cuenta de aproximadamente 645 euros.

 

 

#2

Re: Fiscalidad de inversiones en el extranjero

*Sí existe convenio de doble imposición entre Costa Rica y España,

http://www.minhafp.gob.es/Documentacion/Publico/NormativaDoctrina/Tributaria/CDI/BOE_Costa_Rica.pdf

pero sería relevante si cobrases dividendos, por ejemplo, pues el convenio estipula el tipo máximo que podrían retenerte en Costa Rica y que actuaría como máximo que podrías deducir en España por doble imposición.

Los convenios  no suelen hablar de las retenciones sobre los intereses de depósitos y estas retenciones se pueden deducir enteramente en la Declaración en España, con independencia además de que haya o no convenio.

 

*Cantabria tiene una deducción autonómica por alquiler de vivienda para menores de 35 años y para mayores de 65 , puedes consultar las condiciones en el siguiente enlace:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Ejercicio_2016/_Ayuda_Modelo_100/10__Cumplimentacion_IRPF__Anexo_B/10_6__Cantabria/10_6_1__Por_arrendamiento_de_vivienda_habitual/10_6_1__Por_arrendamiento_de_vivienda_habitual.html

 

 

#3

Re: Fiscalidad de inversiones en el extranjero

en unos cálculos rápidos, a los 13.500 euros se les aplica un 19% a los primeros 6.000 euros y 21% al resto. Como hay un mínimo personal de 5.500 euros que se resta, la cuenta quedaría (19%*500 + 21%7.500 )= 1.670 euros.

A esta cantidad restarías lo retenido en Costa Rica, y si procede, la deducción por alquiler.

#4

Re: Fiscalidad de inversiones en el extranjero

Hola Bacalo. Mil gracias por tus respuestas!

Me queda sólo una duda: ¿Puedo estar totalmente segura y tranquila de que me van a restar el mínimo vital exento de 5.500 independientemente del origen de mis ingresos?

Te lo pregunto porque antes de leer tu respuesta bajé un programa simulador del IRPF que separa los ingresos en los dos tipos de base imponible: por un lado la base imponible general y por el otro la base imponible del ahorro. Y al no tener ningún ingreso correspondiente a la base general o de trabajo, el dichoso programa no me rebajó el mínimo vital y aplicó la tasa de impuesto a los €13.500 brutos quedando el monto a pagar en una suma no apta para cardiacos.

 

#6

Re: Fiscalidad de inversiones en el extranjero

Muchas gracias. Ya me quedo más tranquila.