Acceder

Herencia y Declaración de la renta Junio.

3 respuestas
Herencia y Declaración de la renta Junio.
Herencia y Declaración de la renta Junio.
#1

Herencia y Declaración de la renta Junio.

Estamos en tramites de herencia, mi padre falleció a finales de Noviembre, el 23. Hemos aceptado la herencia, pagado los impuesto correspondientes, en tramite de registro, en fin todo casi terminado, excepto que ha llegado el momento de hacer la regularización del IRPF a través de la declaración anual de Hacienda. La herencia de mi padre se reparte entre mi madre, mi hermano y yo. Sale la declaración en unos 2000 euros a pagar. En mi opinión se debería pagar....:

1- Mi madre por su un lado el 50% de la cantidad final a pagar a Hacienda, si pudiera la declaración ser conjunta, aunque he leído que podría ser individual. Por lo tanto 1000€ a pagar por parte de mi madre.

2- Sobre los otros 1000€ que corresponderían a la parte de mi padre de la declaracion conjunta, mi madre debería pagar casí 11/12 partes, porque ella convivió con el hasta su fallecimiento a finales de Noviembre.

3- Mi hermano y yo, deberíamos pagar 2/3 partes, solo aplicadas al mes y unos días (de finales de Noviembre a final de Diciembre) en que hemos pasado a ser herederos y mi madre la otra tercera parte de ese mes y pico.

Por favor, nos ayudáis y nos decís como debemos hacerlo

#2

Re: Herencia y Declaración de la renta Junio.

La declaracion del IRPF de los Conyuges en el caso de fallecimiento de uno de ellos, no permite hacer declaracion Conjunta, se ha de hacer DOS declaraciones Individuales de cada conyuge.

La del fallecido hasta la fecha del fallecimiento, por las rentas devengadas hasta su fallecimiento, y se ha de adjuntar cierta documentacion que acredite el fallecimiento.

Las del Conyuge vivo, por las rentas que tenga devengadas durante todo el año, donde entraran las rentas de lo heredado, mas las que ya tuviera devengadas antes del fallecimiento del Conyuge.

Los herederos declaran sus rentas del ejercicio mas las que les puedan generar lo heredado, por el periodo desde el fallecimiento.

Tener bien presente que el IRPF recoge solo las rentas de los bienes heredados y no los valores que se heredan que estos ya tributan por el Impuesto de Sucesiones.

Saludos

#3

Re: Herencia y Declaración de la renta Junio.

Creo que lo lógico es que la deuda se pague en proporción a lo que hereda cada uno, no en función de si ha convivido mas o menos tiempo con él, ya que la deuda es de la herencia y se debe descontar de ella. Y lo más fácil es que se pague directamente desde la cuenta que tuviera el causante si hubiera dinero, y lo que quede si queda, ya se reparte.

Además, podéis deducir esa deuda en el impuesto de sucesiones.

Un saludo

#4

Re: Herencia y Declaración de la renta Junio.

Muchas gracias por vuestra ayuda. Me ha sido muy útil.

Un saludo.