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Deducción por hijos con discapacidad custodia compartida - Renta 2015

4 respuestas
Deducción por hijos con discapacidad custodia compartida - Renta 2015
Deducción por hijos con discapacidad custodia compartida - Renta 2015
#1

Deducción por hijos con discapacidad custodia compartida - Renta 2015

Buenos días, tengo una duda de cara a la declaración de la renta, más bien al abono anticipado por tener hijos con discapacidad, ya que estoy separada con custodia compartida y de cara a la declaración de la renta cada año alterno nos desgravamos al niño su padre y yo y bien este año me toca hacer la declaración individual a mi y no se si haciendola así sigo teniendo derecho a recibir esta deducción. Un saludo.

#2

Re: Deducción por hijos con discapacidad custodia compartida - Renta 2015

Buenos días, 

podríais probar a desgravaros cada uno el 50% del niño todos los años.

un saludo.

#3

Re: Deducción por hijos con discapacidad custodia compartida - Renta 2015

Pensaba que solamente podía hacerlo uno de los dos y no ambos, no tengo mucha idea, las opciones que veo al intentar modificar la declaración son para hacerla conjunta con el niño o individual, como podría incluirme el 50% del niño?, pensaba que cuando hay una separación los hijos solo podían crear unidad familiar de cara a hacienda con uno de los padres

#4

Re: Deducción por hijos con discapacidad custodia compartida - Renta 2015

En el comentario 3 de este hilo de foro tienes información sobre cómo reflejar al descendiente en las declaraciones de la renta de ambos cónuyges, tanto en la declaración conjunta como en la declaración individual.

Un saludo.

#5

Re: Deducción por hijos con discapacidad custodia compartida - Renta 2015

Efectivamente llevas toda la razón. Para Hacienda una persona, en este caso concreto vuestro hijo, no puede formar parte de dos unidades familiares aunque pase la mitad de cada año con un progenitor al tener custodia compartida.

Por tanto estáis haciendo lo correcto, un año considera que el niño ha estado contigo formando parte de tu familia y al año siguiente es el otro progenitor el que pondrá en su declaración a su cargo al niño