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IVA deducible en obras en local arrendado por un particular.

4 respuestas
IVA deducible en obras en local arrendado por un particular.
IVA deducible en obras en local arrendado por un particular.
#1

IVA deducible en obras en local arrendado por un particular.

Mi padre es jubilado y en Mayo ha arrendado un local a un autónomo.
El anterior inquilino nos dejo el local hecho una piltrafa, eliminando la electricidad, agua, servicio, etc.
El caso es que mi padre ha tenido que realizar la instalación de luz, agua, hacer de nuevo un servicio y comprar el inodoro y lavabo, etc.
Mi pregunta es, si mi padre se puede deducir los gastos de IVA de estas facturas en este trimestre que tiene que tributar.
Dos facturas son de diciembre del año pasado y del primer trimestre.

Muchísimas gracias a todos

#2

Re: IVA deducible en obras en local arrendado por un particular.

¿Se dió de baja en la actividad de alquiler?
Si estaba de baja, formalmente no puede deducirse un IVA soportado estando de baja.
Si no se dió de baja, sino que simplemente no tenía inquilino, por estar afrontanto obras de reparación necesarias, esas facturas (el IVA) sería deducible.
¿Y cuando? Respecto de las facturas recibidas, el IVA soportado es deducible cuando "aparecen" y se ponen en la contabilidad. Si se habían "extraviado", y aparecieron el 2T2013, sería en este periodo cuando se podrían deducir.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: IVA deducible en obras en local arrendado por un particular.

Lo primero de todo, me gustaría darte las gracias por contestarme, ya que tengo que hacer el 303 a mi padre, estoy un poco perdida y se me acaba el plazo.

Mi padre ha estado dado de alta y presentando IVA sin actividad y arrastrando 30€ a compensar (que no tengo ni idea de qué es) porque no tenía arrendado el local y porque el gestor lo ha hecho así, ya que en principio, tenía que haberle dado de baja en el 036. (Información que me han dado en Hacienda, hace tres días). No puedo hablar con el gestor porque está desaparecido en combate.

Entonces, podría deducir el IVA, aunque no le corresponda el trimetre. Lo cierto es que es una cantidad considerable a compensar (350€) y tengo pánico a meter la pata, ya qué es una particular. Todas las facturas están a nombre de mi padre y con el domicilio del local, en el cuál han efectuado las compras y ejecutado las obras.

Me reitero en lo dicho, mil gracias

#4

Re: IVA deducible en obras en local arrendado por un particular.

A efectos de IVA, tu padre no es un particular, sino un empresario.
Ya que no se dió de baja durante el periodo sin inquilino, mejor, así podemos computar legalmente las facturas.

Aunque sean de fecha anterior, como estaban "extraviadas", y han aparecido ahora en el 2T2013, las contabilizas dentro del 2T2013.

Supongo que sin inquilino en abril, los 30 € arrastrados, y lo de esas facturas, saldrá una cantidad mínima, o incluso negativa, a compensar en los siguientes trimestres.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: IVA deducible en obras en local arrendado por un particular.

Muchísimas gracias, eres un cielo.

Has aclarado todas mis dudas.

Feliz verano