Acceder

SOS para ahorrar impuestos de una donacion de dinero

12 respuestas
SOS para ahorrar impuestos de una donacion de dinero
SOS para ahorrar impuestos de una donacion de dinero
Página
1 / 2
#1

SOS para ahorrar impuestos de una donacion de dinero

Hola, os cuento un poco mis preocupaciones. Yo soy extranjera, resido y trabajo en España habitualmente. Mis padres quieren darme un dinero muy importante, hablo de unos 200.000 euros, y ambos dos son extranjeros también. Tengo entender que en mi comunidad, nos cobraría un 40% de impuesto por la donación cuando haga la declaración. Esto es una locura! Me gustaría tener opiniones de expertos en este campo para ver las opciones que tengo para ahorrar los impuestos legalmente. Estuvimos pensando en hacer un préstamo entre familiares, sería una opción? Porque este dinero es para comprar mi vivienda. Y alguien sabe cómo podemos llevarlo a cabo? Muchas gracias!
Un saludo

#2

Re: SOS para ahorrar impuestos de una donacion de dinero

tu padres son residentes en españa

#3

Re: SOS para ahorrar impuestos de una donacion de dinero

El impuesto de donaciones en Asturias, por esa cantidad, saldría a unos 31.620 €. Eso es el 15,81 %.

Y no habría que añadirlo a la declaración del IRPF.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: SOS para ahorrar impuestos de una donacion de dinero

No, mis padres son extranjeros tambien y no son residentes de Espanya.

#5

Re: SOS para ahorrar impuestos de una donacion de dinero

si cumples estos requisitos aqui tienes una posible bonificacion
Reducción en las donaciones dinerarias de ascendientes a descendientes para la
adquisición de la primera vivienda habitual que tenga la consideración de protegida.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.1.a) de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la
que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las
Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, y en el
artículo 2 de la Ley 20/2002, de 1 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y de fijación del alcance y condiciones de
dicha cesión, en las donaciones dinerarias de ascendientes a descendientes para la
adquisición de su primera vivienda habitual se aplicará una reducción del 95 por ciento del
importe de la donación, sin perjuicio de la aplicación de las reducciones estatales que, en su
caso, resulten procedentes.
La aplicación de la reducción estará sujeta al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) La donación deberá formalizarse en escritura pública debiendo constar de forma
expresa que el dinero donado se destine íntegramente a la adquisición de la primera
vivienda habitual del donatario.
b) La vivienda a cuya adquisición se destine el efectivo donado debe estar situada en el
territorio del Principado de Asturias y tener la consideración de protegida, conforme a la
normativa estatal o autonómica en la materia.
c) El adquirente ha de ser menor de 35 años o con un grado de discapacidad igual o
superior al 65 por ciento; en cualquiera de los supuestos, su renta no debe superar 4,5
veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)
d) La adquisición de la vivienda deberá realizarse en un plazo de seis meses a contar
desde el devengo del impuesto que grava la donación. En caso de llevarse a cabo
sucesivas donaciones con el mismo fin, el plazo se computará desde la fecha de la
primera. La reducción no se aplicará a donaciones de dinero posteriores a la compra
de la vivienda.
e) El adquirente ha de conservar en su patrimonio la vivienda durante los cinco años
siguientes a la donación, salvo que fallezca durante ese plazo.
La base máxima de la reducción no podrá exceder de 60.000 euros. En el caso de
contribuyentes con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento este límite será
de 120.000 euros.
Para la aplicación de la presente reducción, se atenderá al concepto de vivienda habitual
contenido en la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Un saludo

#6

Re: SOS para ahorrar impuestos de una donacion de dinero

Que te manden el dinero de su cuenta a la tuya , tu no digas nada , si tienes una inspeccion de hacienda di que es un prestamo y aportas un documento.
Tambien puedes justificar que la donacion se efectuo en tu pais de origen , entonces mandas el dinero de tu cuenta extranjera a tu cuenta española, solo hay que saber quien tributa si el donante o el receptor y seria ese quien incumple en caso de sanción (en tu pais de origen)

Por regla general el dinero que entra en España a un extranjero que se compra una casa no suele ser inspeccionado , a menos que sea de origen dudoso.

#7

Re: SOS para ahorrar impuestos de una donacion de dinero

Muchas gracias por los consejos y opciones!

"Tambien puedes justificar que la donacion se efectuo en tu pais de origen , entonces mandas el dinero de tu cuenta extranjera a tu cuenta española, solo hay que saber quien tributa si el donante o el receptor y seria ese quien incumple en caso de sanción (en tu pais de origen)"

Yo tambien he pensado hacer esto, pero no sabia si es muy viable. En mi pais, no hay que tributar por una donacion de dinero. Aun asi, es recomendable que tengamos un documento notarial o firmado por el consulado de Espanya diciendo que es una donacion de dinero legal en mi pais, correcto?

Un saludo

#8

Re: SOS para ahorrar impuestos de una donacion de dinero

Ojo : si tributa el receptor tu tendrias que tributar en España (es tu residencia fiscal) , cuanto menos expliques aqui mejor... Desde cuando resides aqui ?