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Exencion de plusvalia en venta de piso de persona mayor de 65 años

13 respuestas
Exencion de plusvalia en venta de piso de persona mayor de 65 años
Exencion de plusvalia en venta de piso de persona mayor de 65 años
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Re: Exencion de plusvalia en venta de piso de persona mayor de 65 años

Si lo tienes tan claro, ¿porqué lo preguntas?. Si te has informado en blogs sobre temas de notarías, ¿porqué no indicas el enlace? Si lo has leído en este foro, ¿porqué no dices dónde y cuándo se ha hablado? De todas formas, es posible que esté equivocado. Estamos en el foro para aprender, pero siempre hablando, aunque sea mínimamente, con conocimiento de causa. Mi afirmación positiva de que existe la exención la puedes ver en el enlace: http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=7020&Consulta=.EN+NUM-CONSULTA+(V2092-06)&Pos=0&UD=1

En consecuencia, siendo los contribuyentes mayores de 65 años, la ganancia patrimonial derivada de la transmisión de la vivienda estará exenta si esta puede ser calificada de vivienda habitual por cumplir los requisitos anteriormente señalados.
Si encuentras algo que pueda rebatir la consulta vinculante, te agradecería que lo indicaras. Saludos.
#10

Re: Exencion de plusvalia en venta de piso de persona mayor de 65 años

La Ley nunca habla de "venta", solo de "transmisión".

Y donde la Ley es clara, la hacienda no tiene ni puede meter interpretaciones.

Si una persona mayor de 65 años tranfiere su vivienda habitual, mediante el título o negocio que sea, oneroso o lucrativo, compra-venta, permuta, donación,... lo que se debe pagar es:

Impuestos municipales, el transmisor, IIVTNU, conocido como plusvalía municipal.
Impuestos autonómicos, el receptor, ITP o IS.

Y nada más, salvo los habituales costes de notaría, registro, gestoría,... a repartir según pactos, uso y costumbre, y/o mandato legal.

Sobre el estudio teórico-fiscal de la operación:

¿Hay ganancia o pérdida patrimionial?
Pues hay ganancia y pérdida patrimonial en unidad de acto.
Ganancia por la diferencia de valor entre el precio de adquisición y el valor otorgado a la transmisión.
Pérdida por la salida del patrimonio del donante de ese bien.

¿Tienen implicación tributaria a efectos del IRPF?
No tienen ningún impacto en el IRPF.
Las pérdidas por donativos y liberalidades no se contabilizan en el IRPF.
Las ganancias por la transmisión de su vivienda habitual de mayores de 65 años están exentas de IRPF.

¿Y no cabría alguna interpretación temeraria por parte de algún negociado de la AEAT?
Sería meterse en un berenjenal maduro, y lleno de bichos picadores.
Al igual que existe una presunción de exclusión entre el ITP y el IVA, existe una presunción de exclusión entre el ISD y el IRPF.
Intentar meter como hecho imponible para el IRPF del transmitiente algo excluido por ley del IRPF (las ganancias o pérdidas puestas de manifiesto por alteración en la composición...), o directamente incompatible con el IRPF por estar sometido al ISD para el recibiente, solo sería posible para una mente calenturienta y muy rebuscada.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#11

Re: Exencion de plusvalia en venta de piso de persona mayor de 65 años

lo que te digo que tengo claro es que una donacion de un piso paga plusvalia igual que si lo vendes, lo que no tenia claro es lo de la exencion para mayores de 65 años, si la ley dice transmision entonces se entiende que entra tambien la donacion porque es tambien una transmision.

#12

Re: Exencion de plusvalia en venta de piso de persona mayor de 65 años

La PLUSVALIA MUNICIPAL, tanto si lo donas como si lo vendes, tengas la edad que tengas, sea o no tu vivienda habitual, LA PAGAS SIEMPRE. (Es un impuesto municipal que puede que en algunos municipios haya bonificaciones o exenciones).

En tu comentario uno, preguntas si paga la PLUSVALIA EN EL IRPF siendo persona mayor de 65 años.

Si la persona mayor de 65 años trasmite su vivienda habitual (ya sea donación o venta), no tiene que pagar nada (a la Agencia Tributaria) por estar exenta la ganancia patrimonial que se origine en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Saludos.

#13

Re: Exencion de plusvalia en venta de piso de persona mayor de 65 años