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Donaciones en castilla y león

26 respuestas
Donaciones en castilla y león
Donaciones en castilla y león
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#9

Re: Donaciones en castilla y león

Artículo 30. Acumulación de donaciones.

1. Las donaciones y demás transmisiones inter vivos equiparables que se otorguen por un mismo donante a un mismo donatario dentro del plazo de tres años, a contar desde la fecha de cada una, se considerarán como una sola transmisión a los efectos de la liquidación del impuesto. Para determinar la cuota tributaria se aplicará, a la base liquidable de la actual adquisición, el tipo medio correspondiente a la base liquidable teórica del total de las adquisiciones acumuladas.

Fuente: Ley Impuesto Sucesiones y Donaciones.

La solución a tu pregunta es muy sencilla: hacer las donaciones antes de fin del presente año.

Saludos.

#10

Re: Donaciones en castilla y león

Pq dices q antes q acabe este año? No t entiendo
Gracias

#11

Re: Donaciones en castilla y león

Si lo que se pretende es hacer una donación de 200.000 euros, yo no haría nunca 100.000 este año y 100.000 el siguiente. Haría una de 200.000 este año, porque presumiblemente a partir del 01.01.13 va a ser más costoso.

Saludos.

#12

Re: Donaciones en castilla y león

esto es lo que pasaria
SECCIÓN VIII. ACUMULACIÓN DE DONACIONES.
Artículo 60. Acumulación de donaciones entre sí.

1. Las donaciones que se otorguen por un mismo donante a un mismo donatario dentro del plazo de tres años, a contar desde la fecha de cada una, se considerarán como una sola transmisión a los efectos de la liquidación del impuesto, por lo que la cuota tributaria se obtendrá en función de la suma de todas las bases imponibles. Las cuotas satisfechas con anterioridad por las donaciones acumuladas serán deducibles de la liquidación que se practique como consecuencia de la acumulación.

2. A los efectos del apartado anterior, la acumulación se practicará sumando el valor de los bienes o derechos donados en los tres años anteriores a la fecha de la donación actual.

3. El importe a deducir por las cuotas satisfechas por las donaciones acumuladas se obtendrá aplicando al valor comprobado en su día para los bienes y derechos donados el tipo medio efectivo de gravamen que corresponda a la liquidación practicada a consecuencia de la acumulación. El tipo medio efectivo de gravamen se calculará según lo dispuesto en el artículo 46, letra b, de este Reglamento.

La deducción prevista en el párrafo anterior sólo procederá cuando por la donación o donaciones anteriores que se acumulan se hubiese satisfecho el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

4. Si la donación o donaciones anteriores se hubieren realizado por ambos cónyuges de bienes comunes de la sociedad conyugal y la nueva la realizase uno sólo de ellos de sus bienes privativos, la acumulación afectará sólo a la parte proporcional del valor de la donación anterior imputable al cónyuge nuevamente donante.

5. Las donaciones acumuladas se computarán por el valor comprobado en su día para las mismas, aunque hubiese variado en el momento de la acumulación.
Un saludo

#13

Re: Donaciones en castilla y león

se sabe algo del tema como ha quedado en el 2013??

muchas gracias

#15

Re: Donaciones en castilla y león

muchas gracias por la info

sino entendi mal, creo que lo de los primeros 175.000e libres de impuestos lo eliminaron no??

ahora salvo que cumplas algunas de esas condiciones no exenciones sobre la base imponible

es asi?? o me equivoco??

un saludo

#16

Re: Donaciones en castilla y león

Si no estoy equivocado, en el año 2012 tanto en donaciones como en sucesiones de padres a hijos y entre cónyuges tenían una bonificación del 99%.

En el año 2013, desaparece la bonificación. Se estipula una reducción de 175.000 euros en el caso de las sucesiones. Y en las donaciones, solamente hay determinadas reducciones en el caso de los supuestos contemplados el enlace del comentario 14.

Por tanto, el límite que comentas de 175.000 euros "libre de impuestos" es solamente para las sucesiones (mortis causa) y lo han implantado desde 01.01.13.

Saludos.