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Gastos de comunidad en alquiler de local comercial. Facturas.

7 respuestas
Gastos de comunidad en alquiler de local comercial. Facturas.
Gastos de comunidad en alquiler de local comercial. Facturas.
#1

Gastos de comunidad en alquiler de local comercial. Facturas.

Tengo una casa que tiene 3 locales comerciales en su planta baja. Estos locales, al igual que las viviendas que conforman el resto de la casa, pagan los gastos de comunidad. En la factura ¿tengo que hacerle el iva e irpf a la suma de alquiler + gastos de comunidad? ¿o por el contrario solo al alquiler añadiendo al resultado los gastos de comunidad? Muchas gracias de antemano. Saludos.

#2

Re: Gastos de comunidad en alquiler de local comercial. Facturas.

buenas tardes,

la opción a) sería la más escrupulosa:

Acuerdas un precio por el alquiler, al que le agregas el IVA y le aplicas la retención.
Después tú te haces cargo del pago de la Comunidad y del I.B.I. que corresponden a la Propiedad. Si tenías pensado cobrar 1000€ de alquiler y Comunidad aparte (ejemplo 80€) pues cierras el trato en 1080€ y listo.

la opción b) que creo que es la que planteas:

sería repercutir directamente los gastos de Comunidad en el recibo mensual, desglosando por un lado la cuota de alquiler y aplicándo IVA y retención y por otro lado la cuota de Comunidad tal cual.

Esta segunda opción es menos rigurosa.

suerte!

#3

Re: Gastos de comunidad en alquiler de local comercial. Facturas.

Te aconsejo que los gastos de la comunidad los hagas en un recibo aparte. Si lo incluyes en el alquiler, por ej.si son 80 los gastos de comunidad, tu le tienes que dar a hacienda el 21% de irpf, cuando tu realmente estás pagando los 80 euros enteros y a ti te quedarian 63,2 euros. No sé si me he explicado bien, pero en resumidas cuentas, si incluyes los gastos de comunidad en la fra., para hacienda tu estás cobrando 80 euros más (que realmente tu no cobras como alquiler) y además el inquilino sale tambien pejudicado porque le vas a cobrar un iva de una comunidad.

#4

Re: Gastos de comunidad en alquiler de local comercial. Facturas.

Muchas gracias por contestar, es usted muy amable. No se muy bien como va esto porque soy nuevo. Muchas gracias por dedicarme s tiempo. Atentamente. Sergio.

#5

Re: Gastos de comunidad en alquiler de local comercial. Facturas.

Muchas gracias Giorgina, por eso mi pregunta, porque no veía justo que tanto arrendador y arrendatario tengan que pagar mas a hacienda porque los vecinos no se pongan de acuerdo entre sí para pagar la factura de luz y limpieza y tengan que hacerlo a través mio. Muchas gracias por dedicarme su tiempo. Atentamente. Sergio.

#6

Re: Gastos de comunidad en alquiler de local comercial. Facturas.

De nada, yo la verdad no tengo mucho que aportar, pero cuando veo que puedo ayudar a alguien pues lo hago. Lo que tienes que hacer odacep, es dejarlo todo bien claro en el contrato de alquiler, de todos los gastos que se hace responsable el inquilino.

#7

Gastos de comunidad en alquiler de local comercial. Facturas.

Creo que nº 2 no tiene razón.

En el caso de LOCALES lo mejor es cobrar alquiler pactado, le añades IVA y le restas retención.

La comunidad y el IBI lo pagas tu como propietario pero lo repercutes al inquilino. A ese importe le sumas la comunidad y el IBI si procede y el total es lo que el inquilino ha de pagar al propietario.

Esto tiene varias ventajas:

- si el inquilino dejara de pagar la cuota de comunidad al final la comunidad de propietarios iría a por tí y ten en cuenta que el que debe responder en último término  es el propietario. De esta forma te aseguras que se pagan las cuotas de comunidad.

- por otra parte el propietario que ha calculado la rentabilidad que quiere obtener del local si la comunidad la cobra aparte en cada mes los que sea, se asegura que su cálculo de rentabilidada se mantienen. si cobras en un ejemplo 700 pues a nada que varíe la cuota de comunidad de por ejemplo 200 euros (y varian mucho) no vas a tener los 500 de rentabilidad calculada. Lo mejor para asegurarte que ese local te da 500 de rentabilidad es acordar un alquiler de 500 asumiendo la comunidad y repercutiendola al inquilino.

Y otra ventaja es lo que dice el num 3 sobre el IVA.