Ojo, la diferencia de ingresos entre el año pasado y el anterior es lo que se considera "incentivo al empleo" y eso no ha cambiado... lo que ha cambiado son los tramos que había, que antes eran tres y ahora solo dos y a piñon el primer tramo son los primeros seis mil euros de la diferencia de ingresos entre esos años (es decir, si tus ingresos en 2024 fueron 5000€ y en 2025 fueron 8000€, dicho incentivo máximo serán 3000€ de los 8000€ que te quitan del IMV que en definitiva se quedan en solo 5000€ los que te quitan,, pero si en 2025 fueron los mismos que en 2024 ahí no hay incentivo al empleo y todos los ingresos del 2025 se descuentan del IMV como siempre ha ocurrido)
Otra cosa buena es que ya consideran ingresos íntegros, no quitando a piñón 2000€ de los mismos para calcular el incentivo como antes hacían al considerar la casilla 0022 del IRPF que nos restaba 2000€ a piñón siempre de los ingresos cuando eras asalariado.
Como siempre, lo que habrá que revisar con lupa son los ingresos que tuvimos en 2024 y los imputados del 2025 para determinar que el incentivo al empleo aplicado en la revisión de este 2026 sea correcto, aunque ya sabemos que realmente "el incentivo al empleo" debería llamarse "dinero que no te vamos a quitar de tus ingresos obtenidos el año pasado, que esos te los descontamos como siempre ha ocurrido"
En resumen, bien por considerar mejor los ingresos totales (en lugar de quitarnos 2000€ a piñon por usar la casilla 0022 del IRPF) y bien por SIMPLIFICAR los tres tramos que había antes y dejarlos solo en dos con un mínimo de hasta 6000€ (de diferencia entre ingresos del año pasado frente al anterior, claro, que eso no ha cambiado)