#76
#77
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
Aunque por encima y viendo que todos los años le han bajado ha ido generando deudas en 2021/22/23....
#78
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
Si te sube el IMV si te pagan atrasos... Si te baja generas deuda... Si se queda igual no generas ni deuda ni atrasos
#79
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
#80
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
El año que actualizen y vean que el año anterior no has cobrado absolutamente nada ,ni bonos ni nada entonces te subirá al máximo y ahí la diferencia de lo que hubieras estado cobrando si máximo que te hayan subido multiplicado por 10 meses esos serán tus atrasos pero para eso debes no haber cobrado nada . así que si en 2023 tuviste algún tipo de ingreso por encima en la actualización te volverá a bajar o a quedar igual.y no vas a tener atrasos tampoco .
#81
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
Si generaste deuda porque te bajo el IMV 7 eur.. desde ayer lleva todo el mundo diciendote lo mismo.. a ver si la lista eres tú y los demás somos tontos...
#82
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
Pero para generar atrasos debe haberte subido la cuantía algún año cuando se actualiza en noviembre.
Algún año te ha ocurrido eso? Me refiero algún año has cobrado más en noviembre/diciembre que en agosto/septiembre por ejemplo?
Algún año te ha ocurrido eso? Me refiero algún año has cobrado más en noviembre/diciembre que en agosto/septiembre por ejemplo?
#83
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
Lo de la deuda lo comprendo desde el primer momento y la voy a pagar sin problemas . Mi pregunta es : al final me lo devuelven con atrasos lo que me han reducido en 2022 -23-24 si no cobro nada de bono térmico ? ya que me lo descontaran por el otro lado lo que he cobrado de bono térmico ? M explico ?
#84
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
#85
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
Te lo devolverán si a final de año te subió el IMV... Si no nada... Y no es que lo vayas a pagar es que se lo van a cobrar porque te lo van a quitar del IMV
#86
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
Como te van a pagar atrasos del 2021 si lo que tienes es deuda... De atrasos no te van a pagar nada
#87
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
#88
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
No....
#89
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
Hombre lo de la deuda no lo entiendes sino no hubieras reclamado algo que no tiene sentido porque no hay como sustentar tú reclamación.
#90
Re: Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas en exceso - Ingreso mínimo vital
Mira,tú fíjate lo que estás cobrando.
Referente a 2023: Fíjate lo que cobrabas en agosto( por ejemplo) y en diciembre.
Si en diciembre cobrabas más que en agosto,tendrías derecho a atrasos( que ya se pagaron) y si cobraste menos,tendrías deuda con la SS.Si cobrabas lo mismo pues ni deuda ni atrasos.
Respecto a 2024 cuando actualicen,pues igual,si todos estos meses cobras una cantidad y en noviembre te la suben tendrás derecho a atrasos y si la bajan( ojalá que no) habrías generado deuda.
Referente a 2023: Fíjate lo que cobrabas en agosto( por ejemplo) y en diciembre.
Si en diciembre cobrabas más que en agosto,tendrías derecho a atrasos( que ya se pagaron) y si cobraste menos,tendrías deuda con la SS.Si cobrabas lo mismo pues ni deuda ni atrasos.
Respecto a 2024 cuando actualicen,pues igual,si todos estos meses cobras una cantidad y en noviembre te la suben tendrás derecho a atrasos y si la bajan( ojalá que no) habrías generado deuda.