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Ingreso mínimo vital concedido

80 respuestas
Ingreso mínimo vital concedido
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#46

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Es cierto, al final derecha o izquierda terminan haciendo lo mismo que criticaban del otro... En fin!!
 
#47

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Haciendo cálculos: si cobras dos prestaciones: Una del SEPE y el IMV, el IMV se ve restado al mes por la prestación del SEPE, en relación de la cuantía máxima que te corresponda de IMV. Con lo cual a la hora de actualizar aunque te corresponda el 100 por 100 de la cuota de IMV la cifra que hayas cobrado durante ese año se ve restada: y se ve restada en la cuota de el siguiente año: 
 
La SS te restas dos veces todo lo que cobras del SEPE??? 
 
En el año en curso y al siguiente. 
 
Con lo cual a quien nos actualicen ahora, digamos en octubre 2021, enero 2022: la nueva cuota actualizada (con la declaración de el 2020) nos restaran también lo cobrado de el SEPE en el 2021. 
 
Puesto que en teoría esos meses no se puede cobrar las dos prestaciones integras a la vez???!!!!!!!! Si no le resta de la prestación del SEPE respecto al máximo de cuantía de IMV que te corresponda…….??? 
 
Eso se daría si realmente  todo fuera al día??? 
 
Con lo cual que va hacer la SS??? En teoría y según la ley: las prestaciones del SEPE te las ha de restar dos veces: en el año en curso y al siguiente en el cálculo de beneficios???? 
 
Lo cual en realidad es un auténtico robo.
#48

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Ejemplo más sencillo: Si yo cobro desde enero hasta diciembre una prestación del SEPE similar al IMV... de IMV me darán digamos 30 euros durante ese año, y al siguiente nada prácticamente puesto que me tomarán esa prestación de el SEPE como beneficios en el próximo año: con lo cual la SS, efectivamente te quita la prestaciones del SEPE dos veces... me equivoco??? En el año en curso y al siguiente. 

Con lo cual aunque actualicen con carácter retroactivo desde enero de 2021, con el calculo de los beneficios de el 2020, en esa actualización según ley también te tienen que restar los cobrado del SEPE en el 2021 a la vez que el IMV. Y al siguiente año en la cuota de el 2022: Vamos que lo quitan dos veces????
#49

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Porque si realmente unas veces te lo descuenta y otras no dependiendo cuando te actualizan con los datos de la última declaración??? al igual que te regulan o no las dos prestaciones la del SEPE y la del IMV... dependiendo si coincide con la actualización de ese año???
 
La cosa sería una chapuza, puesto que a algunas personas una prestación del SEPE se le restarían dos veces y otras no, en función de como cuadre la cosa en la fecha de actualización???

En fin... creo cada vez más firmemente que solo un demente ha podido diseñar esta prestación.

Es que lo mires por donde lo mires según la legislación del IMV una prestación del SEPE se resta dos veces: en el año en la que la cobras y al siguiente al ser restada también como beneficios. Lo que es una locura es que todo parece indicar que a unas personas se lo restaran una vez y a otras dos??????

El que haya cobrado 11 meses de una prestación del SEPE y se le actualice solo con los datos de la declaración de 2020 y haya estado cobrando 2 prestaciones integras: la del SEPE y la de IMV, si solo se miran los datos de la declaración de 2020??? solo le restaran la prestación del SEPE una vez.....??? que creo que son los casos en los que si se está corriendo en la actualización: para que eso no suceda???

Esto debe ser por nuestro bien: para que nos mantengamos en forma mentalmente... 
#50

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Otro caso: Si solicitas una prestación del SEPE o de una entidad de empleo regional, que viene a ser lo mismo. Tienen tres meses para contestarte, si es afirmativa, te pagarán tres meses de retrasos y luego mensualmente los que corresponda: digamos que otros tres. En esa situación esos tres meses de atrasos, cobrando también el IMV máximo que te corresponda: Está claro que solo se descontarán una vez y no dos veces: como en teoría dice la ley???

Creo que esto de el IMV no puede tener más fallos.
#51

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Más contradicciones, no es lo mismo cobrar una prestación del SEPE similar al IMV, correspondiéndote 30 euros al mes de IMV que 470: en el primer caso: te restan la prestación del SEPE una vez y en el segundo dos. Según creo que es la ley???

Demencial todo.

Más cuando mucha gente ha solicitado el IMV obligado.
#52

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Desgraciadamente es así como dices. Es un autentico despropósito y una chapuza digna del mas memo, ya que te la descontaran dos veces, ya que la "genial idea" es que el IMV sea complementario de otras prestaciones a las que se tenga derecho, con lo cual y por errores de cálculo y prisas políticas en aprobar el IMV se producen estas situaciones que ya mas que esperpénticas rayan el absurdo en si mismo. Por que cuando no cobres ya ninguna prestación, solo el IMV, y al tener en cuenta tus ingresos de año anterior que si cobrabas otra prestación, la cantidad resultante de cuantía es irrisoria, con lo cual es la pescadilla que se muerde la cola, como ya dijiste en una ocasión "si comiste ayer, para que quieres comer hoy", que resume a la perfección el IMV. Esperemos y confiemos que lo enmienden.
#53

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Lo realmente demencial, es que una prestación te la pueden restar dos veces o una dependiendo cuando te actualicen y en que meses has estado cobrando una prestación del SEPE y el IMV. El ejemplo que pongo más arriba: cobrando la RAI y el máximo de IMV que corresponde a una persona desde enero de cualquier año=== te actualizan en diciembre: has cobrado 920 euros al mes durante 11 meses y solo se te restará lo cobrado por la RAI una vez: en la cuota de año siguiente de el IMV.

Pero si empiezas a cobrar la RAI un mes antes de que regularicen: como no se te volverá a regularizar hasta un año después: tu prestación del SEPE se vera restada dos veces, puesto que tendrá que ser ajustada al IMV que te corresponda que en el caso de ser integro, o no siéndolo: con lo que se te restas el total de lo que recibas del SEPE: dos veces.

Pero nadie pensó en eso al redactar la ley... eso y mil cosas más???

Además si eso es como digo??? que me parece que sí.. si no me lo desmientes.. eso debería poder ser reclamable???
#54

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Y todo esto viene a colación con la actualización por llegar: creo que lo que van hacer es restar al máximo de cuota lo que percibiste como beneficios en el 2020, multiplicar por 12 esa cifra y restarle lo que ya te han aportado de cuotas de IMV durante el 2021: y esos serán los atrasos. Que es lo que me da la impresión que va a dar tiempo???

Pero en realidad el cálculo en ley sería restarte de todo eso también las prestaciones cobradas del SEPE en el 2021 en su resta con el IMV que te correspondía: Con lo cual en ese caso la actualización se vuelve una cifra insignificante... pero estaría también en ley o en más ley??? (y se daría el caso de la doble resta, antes descrito)

Ya como guinda final, si ha habido un error en la cuota de el 2020 posiblemente la subsanación de ese error se calculé con el segundo sistema...???

Cómo yo o nadie va calcular sus atraso o subsanaciones si el sistema a emplear pueden ser varios¿¿¿ ??? como poco dos... y dependiendo de el tiempo que tenga la SS... o quizá el criterio del funcionario a la hora de aplicar las confusas normativas...??
#55

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Una vez que te llegue cualquier actualización, concesión de el IMV: si el tema no te cuadra = averigua cómo se han hechos los cálculos puesto que en los comunicados no se precisa??? Y vuelvo a insistir: todo esto cuando para estas prestaciones hay dinero de sobra, el estar haciendo pasar a la gente semejantes padecimientos es de  juicio divino no tan solo político.
#56

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Es tal como dices, pero mientras no se enmiende el Decreto Ley no es reclamable, o sea habría que desestimar la reclamación por que aunque razonable y lógica no tiene encaje jurídico en el Decreto. Y si, la restaran una o dos veces según actualicen, lo dicho, demencial. Si hay un error de cuota se suele subsanar de oficio siempre que sea detectado, sino será el beneficiario quien debe pedir una revisión mediante reclamación previa.
#57

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Dinero hay de sobra porque a estas alturas del año solo se ha gastado el 40% del presupuesto para IMV de 2021.
#58

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Ya lo comprendí anoche de madrugada se me encendió la bombilla, es más que mi reclamación sin embargo se calculará con lo cobrado de RAI en 2021, con lo cual: 300 euros si llega y cuando llegue??? Ya hay que calcular pedir prestaciones del SEPE en función de lo comentado: lo cual es el quebradero máximo, más lo que cada uno se rebele ante esta situación. Gracias por la ayuda que prestas, que en este ambiente alterado a veces te es difícil.
#59

Re: Ingreso mínimo vital concedido

  todo esto viene a colación con la actualización por llegar: creo que lo que van hacer es restar al máximo de cuota lo que percibiste como beneficios en el 2020, multiplicar por 12 esa cifra y restarle lo que ya te han aportado de cuotas de IMV durante el 2021: y esos serán los atrasos. Que es lo que me da la impresión que va a dar tiempo???    Esto es precisamente lo que se va a hacer. Máximo de cuantía menos ingresos de 2020 igual a total anual, dividido por 12 nos da la cuantía mensual de 2021. Si dicha actualización se produce, por ejemplo en octubre, tendrán que abonar la diferencia entre cuantía nueva y la cuantía que has percibido desde Enero y eso serán los atrasos a abonar.
#60

Re: Ingreso mínimo vital concedido

Trágico: si en el formulario al solicitar el IMV hubiera especificado que los ingresos de el 2019 eran de una renta autonómica (cosa que no se preguntaba en ningún sitio, en ese apartado), habría cobrado la RAI y el IMV durante los primero cinco meses de 2021 y ahora estaría cobrando el IMV integro hasta la actualización, una vez actualizado solo se me restaría una vez, y no dos... Cuando llegue mi reclamación sin embargo se restaran de ella los cinco meses cobrados de RAI en el 2021: doscientos y poco euros será el resultado de la reclamación.. Es delirante  las barbaridades y incongruencias que crea esta ley mal gestada. Es que el asunto es Kafkiano.