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Duro Felguera

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Duro Felguera
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Duro Felguera
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#54817

Re: Duro Felguera

Sigues sin entender nada
#54818

Re: Duro Felguera

Tú en cambio lo entiendes todo, ya lo vé todo el mundo, jajaja
#54819

Re: Duro Felguera

Debate: chopped o mortadela?
#54821

Re: Duro Felguera

Gracias Zee, con casi el 9% del capital social el SAM está a la espera de la concesión de la exención de OPA y de observar si la cotización refleja a partir de ese momento, que garantiza la entrada de los socios en el capital, si la empresa sabe trasladar al mercado la información (incluyendo el plan de negocio de los socios) que haga que el mercado cotice esas expectativas e información, pues defendemos que la AK debe ser un premio/retribución para el accionariado, sin cuyo apoyo en las Juntas, responsabilidad y compromiso nada hubiese sido posible. Es el momento de que el Consejo devuelva los accionistas el apoyo y de que se permita a los minoritarios tener voz y voto y participar en la gestión social; lo contrario sería desoír las recomendaciones de la CNMV, el código de buena conducta en la gobernanza y buen gobierno corporativo, un funcionamiento antidemocrático e ingrato con quienes hemos defendido públicamente a la empresa y hemos apoyado las propuestas y decisiones del Consejo. 
#54822

Re: Duro Felguera

Se vé que seguís sin conocer a DURO FELGUERA, que pena!!!!! 
#54823

Re: Duro Felguera

Vamos a ver. El concepto de "premio para el accionista" referido a la ampliación de capital, no va mas allá (o no debiera al menos de interpretarse mas allá) de el reconocimiento del derecho de suscripción preferente para una parte del montante total, en deferencia con los actuales accionistas de la entidad.
Y efectivamente se puede considerar como una deferencia, porque el proceso hubiera sido igualmente válido y LEGAL, si se hubiera excluido completamente el derecho de suscripción, al tratarse de una conversión de créditos.
Ese aspecto es fundamentalmente el "premio" al que se hace referencia últimamente con el actual accionista, dado que además el nuevo capital privado SUSCRIBIRÁ las conversiones de los créditos al mismo tipo de emisión que el resto de accionistas, y no a un precio inferior.

Dicho lo cual, no conviene hacer creer al accionista que una vez establecidas las condiciones de dicha ampliación de capital (como es el caso), éstas puedan ser variadas o modificadas por la acción de determinados grupos de poder dentro del accionariado.

#54824

Re: Duro Felguera

Nunca se ha dicho que las condiciones vayan a poder cambiarse, al menos nunca lo he dicho yo. Cuando nos referimos a premio para el accionista, me refiero, obviamente, a que el Consejo y los socios se reúnan con el SAM (ojo, casi el 9%) que promueve que se conozca el plan de negocio de los socios y la información sea clara y detallada para que el mercado confíe en la oportunidad de comprar derechos para suscribir. Ello sólo será posible si la cotización, una vez garantizada la entrada de los socios con la exención de capital, viene precedida de la información, transparencia y claridad necesaria sobre el plan de negocio, pues la información y la confianza del mercado es lo único que puede permitir que la acción suba y, en tal caso, los accionistas actuales podamos vender los derechos (porque tengan valor) o que la suscripción del tramo minorista sea atractivo (porque coticemos por encima del precio de ejecución de la AK). Zee, sabemos que hacemos y tras la exención los minoritarios tenemos la última oportunidad de ser tenidos en cuenta. 
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