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Me han robado la tarjeta e Ibercaja también me quiere robar!

46 respuestas
Me han robado la tarjeta e Ibercaja también me quiere robar!
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Me han robado la tarjeta e Ibercaja también me quiere robar!
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#17

Re: Me han robado la tarjeta e Ibercaja también me quiere robar!

No voy a entrar en lo que otros rankianos ya han comentado porque coincido.
Has tenido una mala experiencia, cierto, pero no pienses que otros bancos/cajas habrían actuado mejor.

Sólo decirte que soy cliente de ibercaja desde hace más de 10 años y en Rankia he comentado siempre que, personalmente, para mi es una entidad buena, con sus pros y contras como todas.

Opiniones en contra hay, también a favor.

Y que conste que , en el momento que no me cuadre como usuario y consumidor, me iría, como me he ido de otros bancos.

Hasta el momento, para mi, es una entidad razonablemente buena.

Saludos

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#18

Re: Me han robado la tarjeta e Ibercaja también me quiere robar!

Buenos días.,

Mi caso es con La Caixa de Pensions, resulta que el Miércoles robaron con fuerza el bolso a mi padre en un centro comercial de carrefour y salieron corriendo, lo primero que hicimos con los nervios de lo ocurrido fue acudir a la seguridad del centro comercial y después de darles la descripción de las dos ladronas llamé para anular la tarjeta de mi padre al número de la caixa de anulaciones. Pusimos la denuncia correspondiente y el Jueves al pasar la cartilla del banco observamos que habían sacado 600€ de la cuenta, los sacaron a las 17:49H y yo anule la tarjeta a las 17:50H, o sea fue de un minuto, después intentaron seguir sacando pero ya no pudieron (según nos indican en la caixa). Resulta que la caixa no dice que el dinero está perdido, porque sacaron el dinero con el PIN de seguridad (creemos que como habíamos comprado anteriormente en el centro comercial, nos estaban siguiendo para quedarse con el pin...esto gracias a las nuevas técnicas bancarias de poner el PIN en todas las compras), pues como pusieron el PIN correctamente ya nadie se hace cargo de este robo. Hemos ido a ampliar la denuncia para hacer costar que sacaron estos 600€ llevando los extractos del banco. Hemos llevado la denuncia ampliada a la caixa para ver quien se hace cargo almenos de una parte puesto que esta tarjeta debe tener un seguro y tenemos una denuncia del día de los hechos...además que los bancos y centros comerciales tienen cámaras, con lo cual, alguien debería darnos alguna solución a lo ocurrido, no??
A ver si alguien puede ayudarme y decirme cómo podemos proceder con este tema en el caso (que creo que es el que va a ser) que la caixa se lave las manos y no nos devuelvan nada de nada.

#19

Re: Me han robado la tarjeta e Ibercaja también me quiere robar!

Voy a haer de abogado del diablo (no te lo tomes como algo personal) para anticiparte cuales son los argumentos que te van a dar para no devolverte 1 euro

Lo tienes complicado: Elproblema es que los seguros de las tarjetas no cubren operaciones autorizadas con PIN, el banco no es responsable del robo de tu tarjeta con lo que no tiene porque responder.

Puedes intentar ir a juicio, pero dificilmente el centro comercial te va a ceder las imagenes de las grabaciones de seguridad, y menos todavía el banco (a menos que haya orden judicial de por medio, y aún en el dudoso caso de que la consiguieses -la gravedad del délito no justifica tal medida- lo único que se demostrara es que unas persona te robó la cartera y la usó en el cajero... Pero eso es irrelevante, porque insisto La caixa no tiene que devolverte nada porque no te ha robado nada (salvo que en el contrato de la tarjeta se diga exolicitamente lo contrario).

Dices que el sistema del PIN es inseguro, y es cierto, pero tu padre lo aceptó cuando contrató la tarjeta.

De todos modos, a modo de consejo para otra vez, hay que cubrir con una mano el teclado mientras teclea el PIB.

Un saludo.

#20

Re: Me han robado la tarjeta e Ibercaja también me quiere robar!

Esa es una de las razones por las que he modificado el sistema de autentificación de mi tarjeta de pin a firma tradicional.

Otra es que de esta forma el comercio tiene la "obligación" de identificarte con el DNI, cosa que el con el pin no está muy claro todavía.

Un saludo.

#21

Re: Me han robado la tarjeta e Ibercaja también me quiere robar!

El comercio no tiene ninguna obligación de identificarte con tu dni. Eso es una histeria española.

#22

Re: Me han robado la tarjeta e Ibercaja también me quiere robar!

No hace ni dos semanas un empleado de uno de nuestros establecimientos pidió el pasaporte a un ciudadano Noruego creo, el cual no entendió nada ... trabajo tuvimos en explicarle que era para su seguridad, yo que solo chapurreo el inglés, y él que no es su habla ... te puedes imaginar.

#23

Re: Me han robado la tarjeta e Ibercaja también me quiere robar!

obligación ya sabemos q no tiene, pero claro si se denuncia el robo y han aceptado la tarjeta, entonces se quedan a dos velas, no?

#24

Re: Me han robado la tarjeta e Ibercaja también me quiere robar!

Tengo dos terceras partes de la solución, vamos que creo que te puedo dar una idea legal para recuperar exactamente 450 € y comerte los 150 € restantes .... ¿como? pues amparándote en la ley 16/2009 de servicio de pago, cuyo articulo 32 dice exactamente esto:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l16-2009.t4.html#a29

Artículo 30. Prueba de la autenticación y ejecución de las operaciones de pago.

1. Cuando un usuario de servicios de pago niegue haber autorizado una operación de pago ya ejecutada o alegue que ésta se ejecutó de manera incorrecta, corresponderá a su proveedor de servicios de pago demostrar que la operación de pago fue autenticada, registrada con exactitud y contabilizada, y que no se vio afectada por un fallo técnico o cualquier otra deficiencia.

2. A los efectos de lo establecido en el apartado anterior, el registro por el proveedor de servicios de la utilización del instrumento de pago no bastará, necesariamente, para demostrar que la operación de pago fue autorizada por el ordenante, ni que éste actuó de manera fraudulenta o incumplió deliberadamente o por negligencia grave una o varias de sus obligaciones con arreglo al artículo 27.

Artículo 31. Responsabilidad del proveedor de servicios de pago en caso de operaciones de pago no autorizadas.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 29 de la presente Ley, y de las indemnizaciones por daños y perjuicios a las que pudiera haber lugar conforme a la normativa aplicable al contrato celebrado entre el ordenante y su proveedor de servicios de pago, en caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada, el proveedor de servicios de pago del ordenante le devolverá de inmediato el importe de la operación no autorizada y, en su caso, restablecerá en la cuenta de pago en que se haya adeudado dicho importe el estado que habría existido de no haberse efectuado la operación de pago no autorizada. (te pongo el 30 y 31 también proque guardan relación)

Artículo 32. Responsabilidad del ordenante en caso de operaciones de pago no autorizadas.

1. No obstante lo dispuesto en el artículo 31, el ordenante soportará, hasta un máximo de 150 euros, las pérdidas derivadas de operaciones de pago no autorizadas resultantes de la utilización de un instrumento de pago extraviado o sustraído.

2. El ordenante soportará el total de las pérdidas que afronte como consecuencia de operaciones de pago no autorizadas que sean fruto de su actuación fraudulenta o del incumplimiento, deliberado o por negligencia grave, de una o varias de sus obligaciones con arreglo al artículo 27.

3. Salvo en caso de actuación fraudulenta, el ordenante no soportará consecuencia económica alguna por la utilización, con posterioridad a la notificación a que se refiere el artículo 27.b, de un instrumento de pago extraviado o sustraído.

4. Si el proveedor de servicios de pago no tiene disponibles medios adecuados para que pueda notificarse en todo momento el extravío o la sustracción de un instrumento de pago, según lo dispuesto en el artículo 28.1.c, el ordenante no será responsable de las consecuencias económicas que se deriven de la utilización de dicho instrumento de pago, salvo en caso de que haya actuado de manera fraudulenta.

Entonces yo en tu caso iniciaría POR ESCRITO una reclamación a la oficina en base a esta ley, les daría 15 días de plazo en dicho escrito, y a partir del 16 cursar la reclamación al SAC de la entidad con el mismo motivo.

¿Se pueden "escapar" de atender esto? yo creo que no, su única salida es acusarte de negligencia grave, cosa que no se sostiene porque denunciaste de inmediato, y que medien unos pocos minutos bvajo ningún concepto es negligencia, esto sería aplicable por ejemplo si se recupera el plástico, y resulta que en el dorso de tu puño y letra estuviera anotado el PIN (por ejemplo).

Yo creo que si haces una carta, indicando la ley y copias esta parte, las cosas empezarán a moverse.