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Nuevas comisiones de Inversis

31 respuestas
Nuevas comisiones de Inversis
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Nuevas comisiones de Inversis
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#16

Re: Nuevas comisiones de Inversis

Yo cerré las 2 cuentas que tenía abiertas, carta por correo ordinario a Madrid, 0,49€ de sello cada una,y listo.
Me mandaron el remanente que había, y hasta otra; he abierto cuenta cte. en Selfbank.

Saludos.

#17

Re: Nuevas comisiones de Inversis

Yo es que los fondos que tengo en inversis no los tengo ni en selfbank ni en bankinter que son con los otros que trabajo.
Inversis tiene unos 8.000 y los otros creo que menos de 2.000.
Además, la platraforma de selfbank me parece muy básica. No he conseguido ver por ejemplo las plusvalias/minusvalias latentes de los fondos, y es algo que me parece bastante importante para cuando tienes que vender fondos compensar.

#18

Re: Nuevas comisiones de Inversis.. cobradas 8 años después

Despues de más de 10 año sin tocar la cuenta, en la que habia 1,41€, en un solo dia han cobrado 8 años de mantenimiento.

Les he escrito a Atención al cliente, pues me parece excesivo
Estimados sres:
Recibo hoy comunicacion de que mi cuenta ES8 xxxx xxxx xxxx xxxx presenta un descubierto de 194,59 euro.


Despues de revisar los movimientos desde la pagina web, a la que no accedia desde junio de 2018,  les informo mi disconformidad con los débitos apuntados y que no reconozco dicha deuda.
Consultados los extractos de los ultimos 10 años, la cuenta ha estado de forma continua con el mismo saldo de 1,41 €, sin ningun tipo de movimiento, al menos, como decia desde 2010.

Desde al menos tambien ese año no se ha recibido ninguna notificacion de comisiones pendientes de anotar, ni cambios de tarifas, ni aviso de ningún tipo (he listado todas las comunicaciones enviadas).

La entidad tiene la obligación de informar en todo momento de los gastos que pueden originar las cuentas es desuso, según establece la Circular del Banco de España 5/2012 en su norma quinta, apartado 4.b): "sin perjuicio de la normativa especial que regule los saldos en presunción de abandono, facilitar a los titulares información sobre la existencia de depósitos a la vista u otros aparentemente en desuso, advirtiéndoles de que dicha situación podría generarles gastos o perjuicios".

Es decir que si no se tuvo, durante los años de abandono de la cuenta, noticia ni reclamo del cobro de comisiones de mantenimiento ni de ningún otro tipo el banco no puede reclamar ahora las mismas y mucho menos supuestos intereses por descubierto. El Banco de España es claro al respecto: "Acorde con las buenas prácticas bancarias, el banco no puede cargar comisiones e intereses por el descubierto cuya única causa sea el cargo de comisiones en la cuenta".

No es de recibo, y va contra la buena fe contractual y contra la buena práctica bancaria, que de golpe, sin haber mediado ningun tipo de comunicacion,y en un mismo dia se carguen y reclamen comisiones de que abarcan 8 ejercicios (del 2013 al 2020), dejando además la cuenta en descubierto.
Por tanto, sirvanse en hacer lo que consideren oportuno, pero es una deuda que no reconozco y no está en mi animo saldar.

Por otra parte, indicarles que desde este momento NO AUTORIZO la cesión de mis datos personales a terceros, revocando cualquier consentimiento previo que en dicho sentido les constara
Atentamente.....

#19

Re: Nuevas comisiones de Inversis

Mucho ojo con Andbank!! Yo la matuve por lo mismo que tu hasta que me cargaron de golpe 240eur de comisionds. Y ni caso a las reclamaciones. Ojo!!!!
#20

Re: Nuevas comisiones de Inversis

Mucho ojo con Andbank!! Yo la matuve por lo mismo que tu hasta que me cargaron de golpe 240eur de comisiones. Y ni caso a las reclamaciones. Ojo!!!!
#21

Re: Nuevas comisiones de Inversis

Gracias, estaré pendiente. De momento no me lo han cobrado.
En principio estoy exento por: tener fondos best por un lado y aun así porque me identifiqué como usuario de Rankia que había una promoción donde nos quitaban las comisiones.
#23

Re: Nuevas comisiones de Inversis.. cobradas 8 años después

Me acaban de responder del SAC de Andbank

Estimado cliente,

Acusamos recepción de su escrito, recibido en este Servicio de Atención al Cliente en fecha 23 de diciembre de 2020 y dado de alta con el nº de expediente que figura en la cabecera de este correo y en el cual nos traslada sus consideraciones en relación con los cargos efectuados en su cuenta corriente, en concepto de comisión de mantenimiento.

A este respecto, en primer lugar, debemos advertir que: (i) La cuenta corriente fue contratada por usted como una cuenta corriente a la vista y principal para iniciar la relación con la Entidad, con el objetivo de registrar sus saldos de efectivo, ingresos y disposiciones, así como para realizar domiciliaciones, cargos y abonos derivados de otros productos y servicios que pudiera contratar adicionalmente también con la Entidad; (ii) La comisión de mantenimiento de dicha cuenta corriente principal viene expresamente establecida en el Contrato Marco de Productos y Servicios Financieros suscrito por usted, reflejándose en el Anexo de Tarifas Comerciales su coste específico, y que; (ii) La comisión de mantenimiento, por lo tanto, es una comisión lícita que, conforme con la normativa y criterios de Banco de España, remunera los servicios prestados y puestos a su disposición por parte de la Entidad, que incluyen una serie de operaciones que en la práctica bancaria reciben la denominación de “servicio de caja básico”, comprendiendo como tales, entre otros, (a) los servicios de ingreso y reintegro en efectivo, (b) los adeudos e ingresos que se derivan de las liquidaciones periódicas de la propia cuenta, u (c) otros servicios o apuntes, como la custodia del dinero o el mantenimiento de los registros necesarios para el funcionamiento del depósito o el derecho a ordenar cargos y abonos en cuenta.

En consecuencia, atendiendo a lo expuesto anteriormente, se considera procedente el cobro de la comisión de mantenimiento, por tratarse de una comisión legítima, debidamente informada y que remunera un servicio prestado y puesto a su disposición por parte de la Entidad, en relación con una cuenta corriente principal que se encuentra operativa y sobre la que, además, se le ofrece información periódica.

Rogamos acepte nuestras más sinceras disculpas por los posibles inconvenientes ocasionados por el particular, y no dude en volver a contactar con su canal comercial habitual para cualquier cuestión que considere.
 
Le informamos, no obstante, que en caso de no estar de acuerdo con la presente comunicación, puede dirigirse al Banco de España, Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones, sito en la c/ Alcalá, 48, 28014 Madrid, que también dispone de un teléfono de atención (900 545 454), así como de una página web en la que puede encontrar toda la información e indicaciones al respecto (https://clientebancario.bde.es/).

Reciba un cordial saludo.
 
Servicio de Atención al Cliente
Andbank España, S.A.U.

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#24

Re: Nuevas comisiones de Inversis.. cobradas 8 años después


Me parece que te estan invitando a que tienes que pagar las comisiones atrasadas. o sino carta al BANCO DE ESPAÑA. 
#25

Re: Nuevas comisiones de Inversis.. cobradas 8 años después

Yo desde luego reclamaba al banco de España. El no ya le llevas.
#26

Re: Nuevas comisiones de Inversis.. cobradas 8 años después

Buenas tardes,

Yo estoy en la misma situación. Tengo una cuenta de valores de tiempos de inversis con saldo 0
y que no había vuelto a revisar desde hace años y ahora me encuentro un saldo negativo de -159€ de comisiones de mantenimiento que vienen desde el 2016 hasta ahora.
Amí me parece una estafa.
#27

Re: Nuevas comisiones de Inversis

Memoria del Banco de España 2019 que es la última publicada.
https://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/19/Documentocompleto.pdf

Página 369 (lo marcado en negrita, no viene así en el informe, lo he marcado yo ex profeso)
 
iii.- Cuentas inactivas:
 Los titulares de las cuentas deben ser los primeros interesados en llevar un correcto control de sus posiciones y de sus productos bancarios, de tal manera que, si lo que desean es cancelar su cuenta, esa es la actuación que deben llevar a cabo, no siendo suficiente a estos efectos la retirada total del saldo, pues en tales casos la cuenta seguiría habilitada para soportar movimientos. La entidad, en los supuestos en que la cuenta no está cancelada, puede legítimamente, pese a no registrar movimiento alguno, percibir comisiones de mantenimiento, dentro de los límites del contenido del contrato formalizado. Transcurrido un tiempo sin que el cliente realice movimientos en la cuenta, algunas entidades la pueden clasificar como «inactiva», pero solo a efectos internos.
Ahora bien, una cosa es que la entidad, con carácter general, se encuentre legitimada para el cobro de comisiones de mantenimiento en supuestos en los que la cuenta presenta saldo cero o no registra movimientos, y otra cosa bien distinta es que gire en esa cuenta por tal motivo —el cargo de comisiones de mantenimiento— liquidaciones por ese descubierto, que se generó exclusivamente en provecho de la entidad para poder cargar tales comisiones; esto no lo consideramos equitativo. En los casos en que las entidades han cargado comisiones e intereses por el descubierto cuya única causa fue el cargo de comisiones en la cuenta, hemos apreciado en su conducta quebrantamiento de las buenas prácticas bancarias. Además, consideramos que las entidades deberán estar en condiciones de acreditar que han continuado con la remisión de los extractos y otros documentos informativos exigibles al domicilio correspondiente, y que han reclamado periódicamente el saldo pendiente a sus clientes, evitando así que este se vea sorprendido después de transcurrido un largo período de tiempo con la exigencia de cantidades cuya existencia y reclamación desconocía 
 A mi entender (y no soy ningún experto), si se pueden cargar las comisiones de cuentas inactivas (no canceladas), lo que no se puede hacer es cobrar intereses y comisiones de descubierto por tales cargos. Sin embargo si os cargan 3 o 4 años de comisiones acumuladas de tal cuenta, parecería que vuestro banco está haciendo una lectura "muy generosa" de este criterio de buenas prácticas del Banco de España  (que no es Ley, repito, criterio de buenas prácticas), entonces si yo estuviera en vuestro caso lo que haría es lo siguiente:

Cursaria la reclamación:

Servicio de Atención al Cliente (SAC) de  AndBank España, S.A.U.
Calle Serrano 37, 2ª planta
28001, Madrid

Pero dividiendo la petición en una solicitud principal que contendria el importe total que me habrían cargado, una petición "subsidiaria" de únicamente las comisiones que corresponden a cargos anteriores a los últimos 12 meses ¿y eso porqué? pues con la misma interpretación, pero en este caso a mi favor el último párrafo del criterio del BdE, exactamente las últimas frases:  " ..... que han reclamado periódicamente el saldo pendiente a sus clientes, evitando así que este se vea sorprendido después de transcurrido un largo período de tiempo con la exigencia de cantidades cuya existencia y reclamación desconocía"

¿Qué creo iba a conseguir con ello? aun a riesgo de que solo me abonasen una parte, tendría la oportunidad de acudir al Banco de España en base a sus propios criterios, porque si uno va al SAC con una reclamación y luego al Banco de España, con otra algo distinta, existe el riesgo que que me "inviten" a volver a iniciar el proceso ante dicho SAC, con los argumentos que estoy planteando al BdE.

En fin ... no sé si esta reflexión os puede ayudar !!!! 


#28

Re: Nuevas comisiones de Inversis.. cobradas 8 años después

Tal como indico en la 27 ... yo reclamaría como petición principal los 159 € y como subsidiaria este importe menos lo que corresponde a 2020 
#29

Re: Nuevas comisiones de Inversis.. cobradas 8 años después

Pues no lo veo, en realidad las dos comisiones semestrales de 2020 procederian al mismo paquete,  puesto que una corresponde al 6/20 y otra al 12/20 y la primera comunicación que se recibe (al menos en mi caso) de tales comisiones e importes adeudados en descubierto, no ha sido hasta los primeros dias de enero de éste año cuando ya estaban devengadas aunque ésta última la adeudasen ya en Enero. Yo desde luego voy a incluir todo en mi reclamación al Bco.España incluidos los intereses por el descubierto, ya que están originados exclusivamente por tales adeudos retrospectivos y en beneficio propio
Ahora sí, ahora ya estamos enterados ( ya se están cuidando a partir de éste mes de avisar de todo )  y cualquier comisión semestral que adeuden a partir de ahora sería nuestra responsabilidad
#30

Re: Nuevas comisiones de Inversis

Te han dicho eso por teléfono ? jajaja
Si a los que lo teníamos por escrito nos han cobrado ahora 5 años sin preaviso!!!!!
Como para creerles.