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Cómo tributan los intereses recibidos por un préstamo entre particulares??

19 respuestas
Cómo tributan los intereses recibidos por un préstamo entre particulares??
Cómo tributan los intereses recibidos por un préstamo entre particulares??
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#1

Cómo tributan los intereses recibidos por un préstamo entre particulares??

Buenos días,

Abro este espacio con una pregunta para fiscalistas ya que se me ha dado esta situación en la vida real y no se cómo me puede afectar fiscalmente el año próximo.

La situación es la siguiente: Un familiar me acaba de pedir prestados 30.000€. Hasta aquí todo bien, bueno bien... hubiera preferido que se los pidiera a su padre pero que le vamos a hacer. Digo todo bien porque tiene una buena situación laboral, lo gana bien y es de confianza. Necesita el dinero de forma puntual y sabe que me lo puede devolver de aquí a un año. A salido de él mismo pagarme un tipo de interés por dicho préstamo.

Por eso mi pregunta, Si por ejemplo el tipo lo establecemos en el 10%. Cómo se considera, a ojos de Hacienda, esos 3.000€? Tengo que tributar por ellos??

Quedo a la espera de vuestras respuestas no sin daros las gracias por adelantado.

Siempre que tengais una duda sobre Hipotecas, Bolsa, Fondos ó Derivados no dudeis en poneros en contacto conmigo ya que son los campos que mejor controlo.

De nuevo Muchas Gracias y Un Saludo

#2

Re: Cómo tributan los intereses recibidos por un préstamo entre particulares??

Los prestamos entre particulares soporta un interés como mínimo “de mercado”, y esta palabra es muy confusa, por ello habitualmente se redactan los contratos al tipo de interés legal del dinero, que hasta el 31/03 era en 5,50%, y ahora está en el 4,00%, hay quien piensa que poner el tipo medio de 12 meses del Euribor hipotecario también es de mercado, pero no sería la primera vez que un inspector de hacienda indique que si le sumas un diferencial “no es de mercado”, cosa que es incierta porque los bancos a sus empleados hacen préstamos al Euribor pelado, si bien son casos especiales y bien pueden considerarse “mercado”, pero “mercado especial o poco habitual”.

Bien, las liquidaciones de intereses se presumen trimestrales, a no ser que el contrato estipule otra cosa, y cuando el que cobra es una empresa o un empresario sujeto a obligaciones fiscales diversas (aparte de la declaración de renta a la que muchos estamos obligados), tiene que ingresar trimestralmente el 18% de retención sobre las cantidades devengadas en concepto de intereses, (devengadas, se cobren ya o más tarde), así en un préstamo de 30.000 € para todo este 2009 y al interés legal del dinero:

Capital………………30.000 €

Liquidación del 31/03/2009 al 5,50%: 4 trimestres = 412,50 x 18% de retención = 74,25 que tendrían que ingresarse en hacienda por parte del receptor del préstamo en el modelo fiscal número 123.

Liquidación de los otros trimestres ya seria al 4% y son 300 euros x 18% de retención 54 euros a ingresar con el modelo 123.

Al final del año tendrías 424,50 + 300 + 300 + 300 = 1.616,50 euros a detallar en tu declaración de hacienda como “ingresos por capital mobiliario”, y se tendrían en cuenta las retenciones que he efectuado el que recibió el préstamo como “pago a cuenta”.

No obstante, si el contrato es entre particulares no empresarios, creo que no hay obligación legal de presentar la retención, pero en este caso te recomendaría que redactes un contrato por dos motivos básicos.

Si se genera la retención ya existe una prueba de la existencia de tal préstamo, pero si no hay retención (tendrías que consultarlo en hacienda) ¿Qué prueba tienes de su existencia mientras no hagas la renta?, ¿no pueden interpretar que es una donación?, por ello y para tener constancia de la fecha se lleva el contrato a liquidar a la oficina liquidadora del registro de la propiedad, y no se paga nada, está exento, pero con la liquidación y unos sellos que ponen en el contrato ya que queda constancia, y esto a mi juicio va a misa.

Si es entre padres e hijos para pongamos la compra de su vivienda creo que se permiten préstamos sin interés, pero esto tendrías que consultarlo también en la Agencia Tributaria.

¿Y cómo consigo un modelo de contrato?, pues mira una idea es pedir a un amigo de un banco o caja un modelo de los suyos, y en un Word copias los pactos que creas convenientes, ¿y si no tengo tanta confianza con el gestor de mi banco?, pues en la hipoteca de uno salen pactos con los que se puede hacer un refrito.

#3

Re: Cómo tributan los intereses recibidos por un préstamo entre particulares??

Xavier,

Muchísimas Gracias por tu amplia exposición.
Me ha quedado todo pero que muy claro

De nuevo Muchas Gracias y un saludo

#5

Re: Cómo tributan los intereses recibidos por un préstamo entre particulares??

Si es para salvar el tema fiscal entre padres e hijos vale perfectamente, pero si es para un tercero es demasiado simple en mi opinión.

#6

Re: Cómo tributan los intereses recibidos por un préstamo entre particulares??

Yo también estaba interesado en el tema, ya que es posible que en breve tenga que hacer un préstamo a interes 0, pero en mi caso a mi hermana para la compra de la vivienda. Tenía pensado usar dicho modelo, ¿ crees que puede haber algún problema ?

Saludos.

#7

Re: Cómo tributan los intereses recibidos por un préstamo entre particulares??

Yo creo que Xavier está equivocado y que no hay ninguna obligación de que los préstamos tributen como mínimo a tipo de mercado. ¿Por qué no se va a poder prestar a un familiar a tipo cero? Es lo más común del mundo, aunque la verdad es que seguramente lo más común sea no declarararlo. Por una vez, voy a hacer apología del fraude fiscal y voy a decir, que en mi opinión, en préstamos entre familiares hechos sin ánimo de lucro, me parece perfectamente legítimo en la mayoría de los casos dejar al margen a nuestra amiga Hacienda, que no tiene por qué meterse en este tipo de berenjenales. De todas formas, tengo entendido que existen en algunas CCAA unos formularios específicos.

Creo que Xavier se confunde con los préstamos entre empresas y personas o sociedades vinculadas. Lo típico del pequeño empresario que en lugar de hacer un préstamo a su empresa o una ampliación de capital para meter dinero en ella, lo pone directamente por las bravas (imaginemos, por ejemplo, que compra un ordenador para la empresa). Aquí sí que creo que se exige que se considere que existe un préstamo en todo caso, y que además éste tiene que ser a mercado.
Saludos

#8

Re: Cómo tributan los intereses recibidos por un préstamo entre particulares??

Trayetes yo lo veo muy simple y si hay que ir a las malas me temo que vale para bien poco, no obstante hablamos de un familiar por tanto creo que esto de las malas no ha a lugar .....

Para extraños, o que se quiera hacer tratos como un extraño con la perspectiva de que las cosas bien escritas y claras a la larga suponen menos problemas ….. (esto ya tu veras …..) adolece de:

1 – No queda clara la forma de liquidación de los intereses, debería ser claro e indicar algo así como “La fórmula de cálculo de los intereses será: Principal dispuesto, multiplicado por el tipo de interés anual nominal, multiplicado por el número de días del periodo de liquidación, partido por treinta y seis mil”

2 – En el pacto tercero yo sería más claro en la forma de pago poniendo una tabla de amortización detallada por meses, trimestres, años o lo que sea, con el capital los intereses y la cuota final, se puede calcular la tabla por el portal del cliente banco de España e insertarla, y si el interés es variable poner que “la tabla será revisada al alza o a la baja en función de lo que sea ……”

3 – Esto que dice que el pago del capital se hará en casa del acreedor (cuarta) …. Yo lo indicaría por transferencia a la cuenta bancaria tal ….., para que quede constancia.

4 – El pacto primero de reconocimiento de deuda lo confirmaría mediante un abono bancario por transferencia o cheque para constancia de ello, de lo contrario ¿Cómo demuestras la realidad de la entrega del préstamo? …..

5 – No pone en ningún sitio temas de intereses de demora.

6 – Faltaría algo así como: “Serán de cuenta del deudor todos los gastos e impuestos que origine este contrato durante su vigencia incluidos los gastos de formalización detallados anteriormente, los judiciales o extrajudiciales, comprendidos los de abogados y procuradores que pudiera ocasionar su ejecución y cobro, y asimismo los que se satisfagan por la formalización.

7 – Para mi falta detallar la forma de liquidación en caso de ejecución, algo así como: Se pacta expresamente por las partes que la liquidación para determinar la deuda reclamable será la resultante de la liquidación del saldo deudor. Esta liquidación la practicará el Acreedor en la forma convenida en este contrato.

8 – El tema de los domicilios a efectos de notificaciones, algo así como: Para todos los requerimientos, notificaciones, citaciones o comunicaciones, se entenderá como domicilio de cada uno de los intervinientes para efectuar las que fueran necesarias, el señalado en el presente documento para cada uno de ellos y en todo caso, se entenderá por bien efectuada la notificación, cuando fuera intentada en dicho domicilio.
Los titulares prestatarios de esta operación, podrán modificar los domicilios en este documento señalados, siempre que el cambio sea notificado a la parte acreedora

No sé si me dejo algo …….. pero insisto nuevamente en tu caso es un familiar, y no es lo mismo, yo te escribo como “generalizado” ……