Jueces y posible sentencia.
En el ordenamiento jurídico español el juez instructor (desde hace no muchos años) no dicta sentencia, tan sólo se dedica a instruir el caso.
En la Audiencia Nacional sentenciarán en este caso tres jueces, es decir, con dos votos habrá condena o absolución.
Ninguna prueba es vinculante y los jueces se basan tan solo en su convicción al finalizar el proceso.
Dan unos hechos por probados (si hay apelación tan solo se puede basar en ellos) y su fallo.
Hipótesis:
-1Hecho probado: Captación masiva de ahorro.
-2Hecho probado:Entrega como garantia de unos sellos sobrevalorados.
-3Hecho probado: Empresa piramidal.
No hace falta que diga cual es la sentencia probable.
Todo el proceso va encaminado a que los magistrados del tribunal tengan una firme convicción del caso en cuestión basada en los hechos dados como probados.
Lo importante no es que esto o aquello quede fehacientemente demostrado sino la convicción que alcance el tribunal.