Re: La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles
No quiero pecar de dogmático, ni deseo que se condene a los responsables de las Empresas. Lo único que quiero - y supongo que el 99,99% de los afectados - es que la Justicia emita su veredicto sobre los presuntos delitos y LO ANTES POSIBLE, para que todos sepamos a qué atenernos.
No es que me haya inventado la teoría de la estafa piramidal, sino que , en principio ese es el criterio al que han llegado los Inspectores de la AEAT, la Fiscalía Anticorrupción y , recientemente el Magistrado-Juez Central de Instrucción nº. 1 de la Audiencia Nacional, TRAS BASTANRTES AÑOS DE INVESTIGACION EN LOS lIBROS, cUENTAS Y DOCUMENTACIÓN DE AFINSA. Y los Informes de los Inspectores cde Tributos, las Querellas de la Fiscalia y el Auto de Procesamiento dejan constancia de una serie de hechos probados y documentación que los acredita, que al provenir de funcionarios públicos y ser DOCUMENTOS PUBLICOS, GOZAN DE UNA PRESUNCIÓN DE VERACIDAD Y CERRTEZA QUE DEBERÁN DEJAR SIN EFECTO LOS aBOGADOS pENALES DE aFINSA MEDIANTE OTRAS PRUEBAS QWUE LOS ANULES E INVALIDEN.
Por otra parte, está la presunción de INOCENCIA DE LOS RESPONSABLES DE aFINSA, PERO ESA PRESUNCIÓN, SI BIEN hace recaer la carga de la prueba de los hechos y conductas delictivas sobre la acusación , ello no quiere decir que los procesados puedan dormirse en los laureles y permanecer "pasivos" esperando que las acusaciones no consigan probar algunos de los múltiples hechos y conductas presuntamente delictivas, SINO QUE LOS PROCESADOS DEBERAN HACER "los deberes" Y APORTAR PRUEBAS CATEGÓRICAS QUE INVALIDEN LAS QUE CONSTAN - A CENTENERES - EN LOS MILES DE FOLIOS DE LOS aUTOS - Y RESUMIDAS EN EL aUTO DE pROCESAMIENTO.
eN UNA PALABRA, LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA SIGNIFICA QUE A NADIE se le puede condenar sin pruebas, pero si hay pruebas que los incriminan como autores de conductas delictivas - como parece ser el caso -, los procesdados deberán aportar pruebas en su defensa que justifiquen su inocencia, por no existir los hechos dolictivos o no ser ellos los autores de los mismos, pues si no consiguen probar estos extremos, PREVALECERAN LAS PRUEBAS APORTADAS POR LA AEAT, LA fISCALÍA Y LAS PARTES ACUSADORAS, TODAS LAS CUALES OBRAN EN EL SUMARIO PENAL.
Finalmente reitero lo que ya he dicho en algunas ocasiones en ese foro. ! LA MEJOR NOTICIA QUE PODRÍAN DARNOS A TODOS LOS AFECTADOS ! SERÍA QUE LO ANTES POSIBLE SE DICTASE UN aUTO DE SOBRESEIMIENTO y archivo del sumariuo o una Sentencia absolutoria de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, LO ANTES POSIBLE (repito9, pues en ese caso, la responsabilidad patrimonial de la Administración sería inmediata.
Con esto te quiero demostrar que no existe animadversión ni postulamos la condena penal de los responsables de las empresas sí o sí, aunque esta alternativa también ser´'a provechosa para los afectados, aunque mucho más lejana en el tiempo. Por eso, ojalá hubiese un nAuto de sobreseimiento antes de remitirse el sumario a la Audiencia Nacional para juicio, o hubiese Sentencia absolutoria de la Sala de lo Penal antes de 2 ó 3 años, pues eso nos permitiría ver la luz al final del túnel.
Pero mucho me temo que los políticos del PPSOE necesitan un "cabeza de turno" al que ejecutar en la plaza pública para distraer la atención de la opinión pública y evadir su responsabilidad, y aquí, el cabeza de turco elegido por los políticos son los dirigentes de Forum, Afinsa y Arte y Naturaleza.,