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La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles

164 respuestas
La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles
La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles
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#49

Re: La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles

Así es Lucanor, a los afectados cualquier vía les sirve para poder lograr lo que quieren,recuperar su dinero. Pero algunos, que se creen con la verdad verdadera están empeñados en una sola vía anteponiendo los intereses de la empresa y sus exdirectivos a los de los afectados sin cortase un pelo a la hora de insultar a quienes no les siguen, están tan ciegos que no dudan en inventarse calumnias y difamaciones contra todos aquellos que no comulgan ciegamente con ellos y solo ven en sus paranoias que quienes no le siguen quieren meter a la cárcel a Cano y cía. Esta visto que las prioridades de esta gente y la de la inmensa mayoría de los afectados no son las mismas, yo diría que en la inopia no están por tanto bien pueden encajar dentro de tu segunda opción.

Por cierto Lucanor, ante tan cuantiosa fianza que pidió el juez de 1928 millones€, ¿los abogados de los procesados podían haber solicitado que se redujese hasta llegar a una cantidad más fácil de reunir?
Ahora veremos si esos mismos abogados solicitan lo que expones, esa inmediata terminación del sumario y el dictado de un auto para que se sobresee y archive las actuaciones penales. De no ser así, qué podemos pensar¿que no tienen prisa en poner fin al caso o que realmente sí hay indicios y pruebas para que el caso no se archive?

#50

Re: La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles

Atribuir un delito, no es culpar de un delito. Por atribuírsele a alguien un delito, no hay menoscabo de ninguno de sus Derechos, como los de cualquier inocente. Siendo esto así, su condición permanece en lo esencial, igual, a la de inocente y aunque sea presunto inocente. La distinción es poco más que formal o nominal, pero de ningún modo es sustancial. Todos somos susceptibles de que se nos pueda atribuir un delito en cualquier momento.

Lo que a ti te sucede con Cano es, que, criticas que ejerza algunos de sus Derechos (solo porque a ti no te conviene), con lo cual se infiere, que, desearías deslegitimarlo de su condición de presunto inocente. Esto indica o sugiere lo mismo, que, quererle atribuir otra condición diferente como es la de presunto culpable, en lugar de la de presunto inocente.

Por otra parte, he comprendido la explicación que ofrece Lucanor, perfectamente y no veo que contradiga lo que yo he escrito, fundamentalmente. Al contrario, él habla muy claro de indicios racionales, que, entiendo que reconoce (o al menos no lo dice) que, bajo ningún concepto, son equiparables a pruebas fehacientes.

De igual modo, es un error pensar a estas alturas, que, existen otras posibles vías para recuperar el dinero o defender nuestros intereses y que diverjan, en lo sustancial, con los intereses de los propios procesados. Después de las Sentencias emitidas y del rechazo, sobre todo, de la RPE por "in vigilando", los destinos de los afectados y de los procesados, tendrán que ir, inexorablemente, unidos de la mano (aunque a muchos les pese). Es por eso, solamente, por lo que algunos hemos visto desde siempre, que, defender a los encausados es la mejor y casi única forma de, proteger los intereses de los mismos afectados.

#51

Re: La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles

Creo que vas por el buen camino. En cuanto a los intereses que puedan tener los dirigentes de las empresas, es obvio que son, si no incompatibles, SÍ muy diferentes a los de los perjudicados, a saber:

Ellos quieren salir airosos de polvo y paja de este asunto, y lo que menos les importa es el tiempo que se tarde en los procesos, pues ellos están muy ricamente viviendo en sus chalets y disferutando de un apetitoso tren de vida. Otra cosa bien distinta sería si estuvieran en prisión opreventiva. y cuando hablo de "libres de polvo y paja" me refiero tanto a los cargos penales como a las créditos de los Clientes contra Afinsa, pues en este sentido, si se les absuelve de la vía penal, para ellos había terminado el problema y nosotros tendríamos que empezar otra vez de cero a reclamar a la Administración la responsabilidad por provocar el cierre de las empresas y en consecuencia, la imposibilidad sobrevenida de cumplimiento o pago de dichos créditos en las fechas prefijadas en los respectivos contratos con la clientela.

Para ellos sólo les vale esa salida de la absolución. Digamos que en el campo penal se dirime su ser o no ser, aunque como es obvio, no tienen prisa pues para ellos lo importante es el resultado final.

Por el contrario, nuestros intereses (cobrAR la totalidad de nuestros derechos de crédito, más intereses, y daños morales, aún se pueden conseguir por varias posibles vías, aunque la más rápida podía ser la de la absolución penal de los directivos pero la necesidad que tienen de recurrir todas las resoluciones judiciales recurribles de los Jueces y Tribunales penales, hace que la vía penal se vaya a demorar durante al menos 5 ó 6 años, En esto chocan los intereses de los directivos (la vía lenta penal) con los nuestros (que prefimos una pronta solución de lo penal, en el sentido que sea, pues nos es indiferente). EL FACTOR TIEMPO, ESENCIAL PARA LOS PERJUDICADOS, nos enfrenta a los directivos. Digamos que hay una discordancia de intereses.

En cuanto a la fianza de 1928 millones impuesta por el Juez de lo Penal, equivale al importe del déficit patrimonial del concurso, es decir, la diferenciaque en su Informe
estimaron los Concursales que existía entre la Masa Activa y la Masa Pasiva de la Concursada, cantidad que yo estimo que en los momentos actuales es mucho mayor por la caída importante del valor de los activos que ha creado la crisis duradera en la que estamos inmerso durante años pasados y futuros, y como prueba no hemos cobrado un duro y no creo que en los próximos años cobremos más del 10% de los créditos ordinarios y sin al tiempo.

#52

Re: La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles

A Cano y demás se les presupone inocentes y seguirán así hasta que se les declare culpables o no culpables, si se les declara no culpables entonces dejarán de ser presuntos inocentes para ser inocentes ¿puedes tú entender eso? Bien, veo que no puedes entenderlo.Nadie ha hablado de menoscabo de ningún derecho.Lo que tú puedas inferir de lo que me pase a mí me importa un comino, tú sigue infiriendo así que llegarás siempre a conclusiones muy pintorescas y desde luego equivocadas. Yo critico que en ocasiones los imputados tengan derecho por ejemplo a mentir en sus declaraciones Ya le contesté en estos términos a tu colega, y critico que en el caso de Cano y cía tengan derecho a costearse sus defensas con el dinero que por justicia, no por Derecho, debería ser destinado a pagar la ruina de los afectados. Eso es lo que a mí me sucede con Cano y sus derechos, nada más.Y eso no es que me convenga a mí, eso les convendría a todos, todos los afectados,por mucho que tú te empeñes en otra cosa ¿Y a ti que te pasa con Cano? explícanoslo que seguro es interesante.

#53

Re: La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles

Como siempre más claro agua, a ver si algunos ven ya que los intereses de los procesados y los de los afectados no van uniditos de la mano, ni que nuestros destinos van inexorablemente unidos cosa más ridícula por Dios,dicen algunos. Aunque no, la cerrazón de esos cuantos es total y ya aunque quisieran no podrían dar marcha atrás sin dejar al descubierto algo más que sus vergüenzas.

#54

Re: La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles

¿Quieres que se nos pague a los afectados con un dinero que tú supones que debe ser destinado a pagar nuestra ruina? El dinero, entonces, no es de ellos o de su empresa, sino que pertenece a los afectados.

De modo que ya para ti es un hecho que los procesados son culpables. No son presuntos inocentes, sino que ya los consideras presuntos culpables. Pues por ahora, va a resultar que no, por lo menos hasta que concluya el Juicio. Seguirán así hasta que se les declare culpables o no culpables y si se les declara no culpables entonces dejarán de ser presuntos inocentes para ser inocentes. ¿Ves cómo yo lo entiendo? A lo mejor eres tú quien no lo entiendes tan bien como te supones.

En todo caso, el matiz parece perfecto, porque ya veo que ando en lo cierto cuando digo que tú a Cano, lo presupones culpable, en lugar de presuponerlo inocente. A mí lo único que me pasa con Cano es justamente eso, que, lo considero un presunto inocente. Nada más ni nada menos.

De igual modo, criticar lo que nos parece injusto, contraviniendo el Derecho, es un ejercicio tan estéril como iluso. Lo malo es que con ello se ofende a quien solo hace, de ese Derecho, un legítimo uso.

Respecto al tema de la carta para la solicitud de los sellos, te responderé brevemente y aquí mismo. Yo no sé si esa carta ya les ha llegado a todos o si les ha llegado a pocos o a muchos, ni tampoco sé a cuantos, exactamente, ha sido. Lo que me acaban de comunicar desde la Administración Concursal, precisamente hoy mismo es, que, para la semana que viene a más tardar saldrá, para quienes no la han recibido (por las circunstancias que sea), un duplicado en camino. Por tanto, ahora sí espero recibirla en forma y procederé de inmediato a reclamar mis sellos.

Tal y como me comprometí te doy el aviso, con lo cual, puedes estar satisfecho o por lo menos quedarte un poco más tranquilo. Yo suelo cumplir lo que digo y si indiqué que mi propósito era el de reclamar mis sellos, lo haré así tal como lo digo.

#55

Re: La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles

Iba a contestar que de dónde sacas eso de,De modo que ya para ti es un hecho que los procesados son culpables. Pero veo que tus conclusiones son solo productos de tu paranoia y te digo solo que te cuides porque de seguir interpretando lo que lees como lo vienes haciendo, pronto comenzarás a sentir tu cerebro por la nariz. Háztelo mirar, anda.
Me alegra mucho que por fin puedes pedir tus sellos y gracias por la deferencia.

#56

Re: La verdadera razón de las cuentas de Afinsa Bienes Tangibles

¿Qué de dónde saco eso? Pretendes hacer ver que el dinero que todavía pertenece a Afinsa o a sus propietarios, debe destinarse a pagar a los afectados, como si fuera ya nuestro y todavía me preguntas que como he podido llegar a deducir o a concluir, eso. Francamente, el que consiga razonar como lo haces tú, no es que pueda sentir su cerebro por la nariz, es que se le habrá tenido que escurrir por la misma, como pasa contigo.

Pues bien, volviendo a tu soñado asunto, ese dinero podría ser realmente nuestro, si y solo si, los procesados fuesen declarados culpables, con lo cual, responderían de sus presuntos delitos con la totalidad de sus bienes. Lo cierto es que tú te has querido adelantar en apropiarte de ese dinero y te crees que ya es tuyo. En tal caso debe ocurrir necesariamente, también, que tú piensas que en Juicio se va a dictaminar, a su vez, en contra de los procesados y a favor de los afectados, así como a favor tuyo.

Por lo visto, a ti te obsesionan mucho las paranoias, porque pareces querer descubrirlas en todas partes, incluso allí donde no las hay, menos donde están realmente. Esto es, en el interior o dentro de tu "coco", mismo.