Acceder

Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a sotillo8
    -
    Top 100
    #741
    26/10/11 20:51

    Las garantías bancarias son avales que te da un banco por garantías hipotecarias se refieren a que ofrezcas alguna propiedad que avale mediante hipoteca el pago aplazado. Pero no te pierdas por los cerros de Úbeda que esta parte no es para profanos. Céntrate más bien en los siguientes puntos.

  2. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #740
    26/10/11 20:45

    tristan en este punto:
    3. Si sólo se hicieren posturas superiores al 70 % del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias, del precio aplazado, se harán saber al ejecutante quien, en los veinte días siguientes, podrá pedir la adjudicación del inmueble por el 70 % del valor de salida. Si el ejecutante no hiciere uso de este derecho, se aprobará el remate en favor de la mejor de aquellas posturas, con las condiciones de pago y garantías ofrecidas en la misma.

    si el mejor postor aportase garantias, pero el ejecutor no la aceptase, se adjudicaria la subasta al siguiente postor con mejor postura?

    las garantias bancarias o hipotecarias no se q son?

  3. en respuesta a sotillo8
    -
    Top 100
    #739
    26/10/11 20:27

    No tiene nada que ver. Escribe en Google "art 670 de la lec" y lo podrás leer tú mismo

  4. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #738
    26/10/11 19:56

    Ammmmmmm, y el articulo ese en resumidas palabras en que consistes, podria ser como una "adjudicacion directa" de las de hacienda?

    Muxas gracias

  5. en respuesta a sotillo8
    -
    Top 100
    #737
    26/10/11 19:53

    Claro que te la pueden adjudicar en un euro, solo que la adjudicación no quedaría firme y entraría en acción el artículo 670 de la LEC. Al final, con muchíííísima suerte puede que la adjudicación quedase firme.

  6. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #736
    26/10/11 19:49

    pero entonces sino te la van a adjudicar por menos del 70% porque empiezan en un euro, no seria mas normal empezar directamente por el 70%.

    GRACIAS.

  7. en respuesta a sotillo8
    -
    Top 100
    #735
    26/10/11 19:45

    Porque las pujas en las subastas judiciales empiezan desde un euro. Otra cosa es a partir de qué precio queden firmes las adjudicaciones, que es a partir del 70% en las subastas de bienes inmuebles, como es este caso.

  8. #734
    26/10/11 19:15

    hola, he visto en la web de ministerio de justicia una plaza de garaje tasada en 24.185,42 y el deposito es 7.255,63 y luego miro los tramos de subasta empiezan

    1 0 €
    2 241,86 €
    3 483,72 €
    4 725,58 €
    5 967,44 €

    mi pregunta es, porque la subasta no empieza x el precio del deposito?

    Gracias.

  9. en respuesta a Victorsubasta
    -
    Top 100
    #733
    25/10/11 22:27

    debe ser una formula general que aplican a todos los edictos. Si esta finca no tiene cargas anteriores no hay nada de qué preocuparse.

  10. en respuesta a Victorsubasta
    -
    #732
    25/10/11 21:31

    Indagando mas en el tema, cuando dice:

    Todos los gastos que se generen a consecuencia de la compra, como son los impuestos, la inscripción en el Registro de la Propiedad de su titularidad," así como las cargas anteriores al crédito objeto de ejecución", las cuotas ordinarias de Comunidad de Propietarios de los meses en curso del año en el que se produzca la adjudicación más el año anterior y, en su caso, el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) del año en curso más el anterior, deberán ser satisfechos por el nuevo propietario)

    Sobre todo lo que dice entre comillas a que se refiere, "las cargas anteriores al crédito objeto de ejecución".

    El credito que tuviera esa finca en concreto????
    a parte del credito por el que se embarga esa finca????

    Gracias

  11. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #731
    25/10/11 20:48

    Muchas gracias Tristán, te mantengo informado, de todos modos tengo de tiempo hasta el 18 del mes que viene, ya tengo activadas las certificaciones de hacienda, tengo que mirar que trabajo con una entidad adherida para depositar la fianza, en este caso el 20% creo de la primera licitación. De todos modos me pasaré por hacienda de Castellón a ver si me pueden dar un certificado de cargas o alguien amable me certifica lo aqui dicho en papel de la aeat, ya te cuento Tristán, Gracias.

  12. en respuesta a Victorsubasta
    -
    Top 100
    #730
    25/10/11 20:31

    Hola Victor, escribo desde Madrid, así que la comida la tendremos que dejar para cuando me acerque por allí. Bueno, no importa. No te hace falta notaría, sino que los de la AEAT te dan un documento que hace las veces de escritura y que tienes que llevar al Registro de la Propiedad tras pagar el ITP.

  13. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #729
    25/10/11 16:18

    Muchas gracias Tristán, que decirte, rapido, conciso, vamos, estupendo, te cuento como quedo, porque si que me interesa, a ver si me decido cuanto voy a poner, acabo de recibir mail de la aeat ya que me estoy certificando para poder pujar por internet, veremos si me aclaro, además pienso que ahora segun los detalles de subasta podría ofrecer la mitad de la mitad como bien describes, si no se hiciera, creo, que la pondrían 6 meses en adjudicación directa, pudiendo volver a pujar, ya que hacienda cuando estime una oferta oportuna la dara por valida, veremos.

    Otra cosa, de ganar la subasta, donde hay que ir a escriturar, a la aeat, a una notaría que elloos te manden, como funciona eso???

    Gracias Tristán, no se de donde eres, pero esta información que das vale su precio en oro, un saludo y si estuvieras cerquita, bien merecias una invitación a comer, por lo menos,

    Saludos desde CAstellón

    VICTOR

  14. en respuesta a Victorsubasta
    -
    Top 100
    #728
    25/10/11 14:58

    Respecto a la tipa que sin tener ni idea sobre subastas se atreve a opinar y a meter miedo no te voy a hacer ningún comentario porque no tengo nada positivo que decir sobre ella, así que mejor me callo. Sobre el certificado que pretendes, desengáñate porque no te lo van a dar. Simplemente te manifiestan que no tiene cargas y con eso les basta. Ten en cuenta que si ellos han manifestado eso en el edicto de subasta, la cosa va a misa, y que aunque se hubieran equivocado no tendrías que pagar las cargas porque ellos mismos suspenderían la adjudicación, aunque me extrañaría mucho que hubiera sido así.

    Por otra parte ya te he dicho que en lo que has enviado NO SE VEN MÁS CARGAS QUE LA DE LA SUBASTA, y esa queda cancelada en la finca subastada tras la subasta y el mandamiento de cancelación.

    Y finalmente, sobre la cantidad que puedes ofrecer tampoco te puedo aconsejar nada. cada vez estoy más divorciado con las tasaciones que se están haciendo últimamente, así que ignoro el valor de la finca. No se, quizá puedas ofrecer el 50% de lo que tú creas que vale.

  15. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #727
    25/10/11 14:16

    Gracias Tristán, hace 1 hora me he pasado por la notaria que tengo la hipoteca, donde vas por alguna herencia o algo de escrituras, al pueblo que yo voy hay solo 2, hasta hace poco solo una, la chica de alli, que he coincidido alguna vez, no es conocida, me ha dicho, que ella no se meteria, que ve un marron, y que podria ser que me quedara una propiedad en subasta con un embargo sobre esa finca, y que tuviera problemas incluso para escriturar, ignorancia??, no sabe de esto, cosa que me ha constatado ella??, no lo se, pero me ha dejado intranquilo, se nota que no sabe del tema, por eso te vuelvo a decir si sería recomendable ir a la aeat a por un certificado de cargas, yo entiendo que si me la dieran en subasta, de ahi atras no tendría ninguna carga.

    Tambien decirte, si ofreciendo 4100 euros en adjudicación directa, con la tasacion en 17000 euros, si sería probable que me la dieran?? y si luego podrían rescatarla el antiguo propietario por 4101 euros???, no se , desconozco el tema totalmente y la finca me hace gracia..

    Gracias Tristán...

    un saludo

    VICTOR

  16. en respuesta a Victorsubasta
    -
    Top 100
    #726
    25/10/11 12:28

    Pues yo solo veo una carga de 435.002+102.000 euros, que es la de Hacienda y que sin duda se refiere a la deuda por la que el bien salió a subasta y ahora está en Adjudicación Directa. Da igual que el montante de la deuda sea enorme. Hacienda subasta todos los bienes que haya encontrado o que pueda encontrar en el futuro y con lo que recaude saldará lo más que pueda la deuda de la empresa esa.

    Solo faltaría que por adjudicarte uno de los muchos lotes subastados te hicieras deudor del total y te pudieran obligar a pagar. Nada de eso. Tú ofrece lo que consideres oportuno y que Hacienda decida si le parece suficiente o si te has quedado corto.

  17. en respuesta a Victorsubasta
    -
    #725
    25/10/11 10:51

    añadir que la subasta es de varios bienes, de un lote con pisos coches, fincas, esta es la de menos valor, por lo cual entiendo que por quiebra, embargo o problemas de esta empresa le han embargado estos bienes que son un lote, y puede que al anotar embargos se refiera a lo que debe esta empresa por lo que le han embargado distintos bienes, ¿puede ser? no estoy muy puesto en el tema..

    gracias de nuevo

  18. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #724
    25/10/11 10:49

    Disculpa Tristan, el texto era mas extenso, pero copie y pegue y lo hice mal.
    En primer lugar felicitarte y agradecerte que compartas todos los conocimientos en subastas, realmente parece un mundo tabu, solo al alcance de unos pocos, otra vez, muchas gracias por todas tus respuestas, interes y por compartir tu experiencia en este mundo.

    VAmos al lio, resulta que subastan una finca rustica al lado de mi casa, a 600 metros, me he enterado de casualidad navegando por la aeat, la finca es de 800 metros, valorada en 17000 euros, 1era licitacion desierta, 2ª desierta, ahora la han puesto 1 mes en adjudicacion directa.

    Estoy dandome de alta en certificados de la aeat, ya que la subasta es el barcelona, y yo soy de la comunidad valenciana, la finca esta aqui en un pueblecito de castellon.

    Quisiera saber si puedo ofrecer lo que sea, 1 euro, entiendo por lo que he leido que no me la daran, ¿pero si ofrezco 4500 euros? no llegando al 30% den su tasación, la verdad es que las fincas no valen nada ahora, no se venden pisos, y a mi esta finquita el lado de mi casa, pues me vendria muy bien para entretenerme en mi tiempo libre.

    En la subasta, en los detalles, figura, no constan cargas. ¿deberia pedir un certificado en hacienda de aqui?, me lo darian pese a subastarse en barcelona???.

    La duda grande que me asusta es que he ido al registro de la propiedad, he pedido nota simple, y alli figura la siguiente:

    CARGAS

    AFECCION: AUTOLIQUIDADA DE TRANSMISIONES
    AFECCION: Esta finca queda afecta durante el plazo de CUATRO AÑOS, contados a partir de hoy, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados.
    LIBERACION: DE dicha afeccion esta finca queda liberada, por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUEENTA MIL EUROS, satisfechas por autoliquidación, de la que se archiva copia. Castellón a 21 de septiembre de 2006.

    Nota numero 1 AL MARGEN DE INSC/ANOT 4 TOMO 1700 LIBRO 111 FOLIO 28 FECHA: 21/9/2006

    ANOTACION:EMBARGO ADMINISTRATIVO

    ANOTACION A FAVOR DE: AGENCIA TRIBUTARIA DE BARCELONA
    PARTICIPACION: TOTALIDAD
    DEUDOR: EDIR GEST SL
    FECHA PROCEDIMIENTO: 20 Julio de 2009

    PRINCIPAL: 435.002 EUROS
    INTERESES: 102.000 EUROS

    TOTAO: 536.000 EUROS

    AUTORIDAD: AGENCIA TRIBUTARIA

    PROCEDIMIENTO: XXXXXXXXX DE FECHA: 7/10/09

    AFECCION: AUTOLIQUIDADA DE TRANSMISIONES

    Esta finca queda AFECTA durante el plazo de cuatro años contados a partir de hoy, al pago de la liquidación o liquidaciones que , en su caso puedan girarse por el Impuesto de Transmisiones Patrimonialesn y actos juridicos documentados, quedando archivada copia de la autoliquidacion en la que se alega la EXENCION/NO SUJECION AL referido impuesto. Castellon 13 noviembre 2009

    nota numero: 1 AL MARGEN DE INSC/ANOT: A TOMO, 1700 LIBRO: 111 FOLIO: 22

    FECHA: 13/11/2009

    OTRA CARGA.

    Expedida Certificacion ordenada en el mandamiento motivo de la adjunta anotacions, Castellon a 13 de Noviembre de 2009

    Tristan, disculpa por todo el rollo, lo que veo son muchas cargas y no se si se refiera al lote completo por el cual esta empresa ha sido embargada o a ver si quiero pujar por una finca de 4000 a 6000 euros y luego tengo que pagar 500.000¡¡¡¡¡.

    Gracias tristan, espero tu ayuda..

    un saludo

  19. en respuesta a Victorsubasta
    -
    Top 100
    #723
    25/10/11 10:09

    Hola Victorsubasta, con tan pocos datos y sin explicaciones poco o nada te puedo decir

  20. #722
    25/10/11 00:10

    Entiendo que esta es la deuda que tenia el propietario de este bien y por el cual le han embargado bienes donde se encuentra esta finca rustica entre otras, o por mi ignorancia, a ver si voy a pujar por una finca de 4000 euros y voy a tener que pagar 537000 euros. ¿me podias aclarar esto tristan? muchas gracias...TEngo el procedimiento, el numero, deberia ir a la oficina mas cercana de hacienda para que me explicaran bien el procedimiento, desconozco totalmente esta munco, pero la finquita me vendria de perlas para mi jubilación.GRacias tristan.

Nueva Sección
Ventas Desesperadas