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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a mfmelo
    -
    #7240
    04/04/17 11:57

    Muchas gracias, mfmelo, como siempre.
    En realidad la pregunta iba más a pipiolillos como yo que no llegan al 1M de facturación y que tienen bastante tiempo libre como para ponerse a estudiar fiscalidad, jeje.
    Supongo que a medidas que manejas más dinero sí compensa.
    Es que me parece una pasta.

  2. #7239
    04/04/17 11:17

    Alguien conoce a los de esta pagina web urbandataanalytics.com Al parecer es una empresa que trabaja el Big Data inmobiliario y ofrece una herramienta que parece buena, para analizar precios de venta así como plazo medio de venta según zona, barrios etc... no pinta mal, a ver cuanto piden por ese programa.
    Saludos!!

  3. en respuesta a loto10
    -
    Top 100
    #7238
    04/04/17 07:58

    Jejeje, veo que se ha puesto de moda lo de subir los precios con el argumento del Plan Gral Contable de las promotoras que nos aplican también a nosotros. A mi me querían duplicar el coste y he dicho que no, que les follen. Pero por supuesto que compensa que alguien te lleve la contabilidad.

  4. en respuesta a Orgaz1987
    -
    #7237
    04/04/17 07:19

    El administrador es difícil que te facilite las deudas pendientes, yo todavía no lo he conseguido. Averigua a través de un vecino que se paga de comunidad y calcula 3 años más el año en curso.

    Saludos

  5. en respuesta a Djgarnacha
    -
    #7233
    03/04/17 23:38

    Claro que te lo adjudicas. Y tanto que sí. Si pujas el 70% o más y eres el máximo pujador, esa subasta o ese lote es tuyo seguro. Si ofreces esa cantidad, ya no te importan nada las costas ni los intereses ni nada de eso. La subasta es tuya al 100%. O casi.....y me explico. Si se da el caso, exige que te entreguen el decreto de remate cuanto antes (segun la ley, el mismo día o al siguiente, pero a saberse.....), ya que el deudor puede pagar lo que debe hasta la aprobación de ese decreto.

  6. #7232
    03/04/17 23:12

    Cuando hay varios lotes en una subasta provocada por el mismo embargo de un banco, si por ejemplo, te interesa uno de ellos y pujas por el 70% del valor de subasta no habiendo más pujas que la tuya (pero no completando la cantidad reclamada), ¿te lo puedes adjudicar? Ejemplo práctico: 2 bienes embargados por la misma cantidad (20.000eur principal+4000eur costas), salen a subasta por 20.000eur cada uno, ofreces el 70% del valor de subasta del que te interesa (14.000 eur) y por el otro no puja nadie, estarías cumpliendo con el art670LEC, pero no cubres la cantidad reclamada por el banco (20.000+4000), si bien, el banco podría adjudicarse el otro bien y con ello cubrir el montante total de la deuda reclamada ¿se puede dar este supuesto? ¿Quién pagaría las costas en ese caso?¿se dividen las costas entre los dos lotes? gracias.

  7. #7231
    03/04/17 23:10

    Una duda:
    Con la Ley de Protección de Datos me podrían facilitar el administrador de fincas las deudas que tiene un inmueble con la comunidad de propietarios??

  8. en respuesta a loto10
    -
    #7230
    03/04/17 23:03

    Por curiosidad cuanto te cobran al mes? Yo tengo una sociedad patrimonial pero que tiene pocos movimientos y pocas facturas y me cobran una cuota asumible.

  9. en respuesta a loto10
    -
    #7229
    03/04/17 19:05

    Me compensa.
    Hoy hay programas para todo: facturación, nóminas,balances, etc, pero el llevarlo todo integrado, todo por menos de 200 €/mes IVA incluido y empresa compensa.
    Es cierto que dos veces al año cobran dos cuotas extras: presentación de BORME y otra, pero para ellos no todo son ganancias y te hacen un control antes de presentar en orgnismos oficiales. Al llevar muchas empresas, además de la tuya, están al tanto de los cambios de leyes y normas que te afectan, las cuales cambian todos los años.
    Es un gasto, que paga la empresa, la cual lo deduce diréctamente de beneficios.

    Saludos

  10. #7228
    03/04/17 17:59

    Duda para los que tenéis una SL de reventa de inmuebles: ¿os compensa pagar a un gestor para la contabilidad o la lleváis vosotros mismos?
    Para los pocos movimientos que tengo al trimestre (en torno a 2 compraventas), el tener que pagar una cuota mensual le duele a mi bolsillo.
    Encima, los gestores enseguida meten "un plus" con la excusa de que nuestro Plan General Contable es especial.
    Comparado con estudiar subastas, estudiar la contabilidad de empresas inmobiliarias no debe ser tan complicado, no? ;)

  11. en respuesta a Djgarnacha
    -
    #7227
    02/04/17 18:49

    De nada, es una posibilidad, que también dependerá de las pujas por el otro lote, si las hay.
    En todo caso, quedarás a expensas de lo que quiera el ejecutante, primero, y lo que decida el LAJ, después (no estaría de más comparecer/escribir alegando que se te puede adjudicar por concurrir las circunstancias del 670.4, 2a parte del 3r párrafo).
    Saludos,

  12. en respuesta a Jotaerre
    -
    #7226
    02/04/17 18:40

    Hola Jotaerre, el caso es que el embargo recae 2 propiedades que salen a subasta en 2 lotes, a mi solo me interesa una de ellas, ¿seria posible que aun no cubriendo costas con la puja se acepte al ser mayor la cantidad ofrecida al 50% del tipo de subasta y el banco puede quedarse con la otra propiedad por la que no quiero pujar si no puja nadie más para cubrir esas costas? En otras palabras, no se si al practicarse el embargo sobre varios bienes, las costas se dividen en partes proporcionales, en las dos notas simples de los dos bienes viene la misma cantidad reclamada y las mismas costas, muchas gracias.

  13. en respuesta a Djgarnacha
    -
    #7225
    02/04/17 17:22

    Hola, se cancelarían, pero cuando un banco ejecuta una carga anterior a otras suyas, se guarda el as en la manga de pujar por el importe de todas sin tener que desembolsar un duro.
    Y, de todas formas, deberías cubrir la suma por la que se despachó la ejecución, no solo el principal.
    Saludos,

  14. #7224
    02/04/17 00:47

    Hola a todos, en primer lugar agradecer todas las aportaciones en especial al maestro Tristán, llevo meses empapándome de vuestros conocimientos y ahora me decido a escribir porque estoy viendo una subasta de una propiedad que me interesa, pero tengo unas dudas:
    Se trata de un garaje, que sale a subasta por 22.000 euros con cargas con una entidad bancaria por 11.000 eur de principal+ 3.000 de costas(lo de las costas lo veo en la nota simple porque en el edicto solo hablan de la cantidad reclamada-11.000eur-). El bien sale a subasta por el primer embargo, letra A (coincide con la cantidad de 11.000 eur), pero observo en la nota simple que la misma entidad bancaria en fechas posteriores, vuelve a hacer varias anotaciones de embargo sobre la propiedad, de distintos importes con letras B y C y después aparecen otras anotaciones de embargo de otro acreedor (la seguridad social) también posteriores. Dudas:
    1)¿Si se me adjudica el bien en la subasta tendría que hacerme cargo de los embargos B y C al tratarse de embargos de la misma entidad bancaria ejecutante? o ¿se cancelarían dichas cargas al ser posteriores a la que originan la subasta como pasaría con las de la seguridad social?
    2)Si pujo por ejemplo por 11.500 euros que es superior al 50% del valor de subasta y además cubro la cantidad reclamada por el banco(11.000eur), pero inferior a la cantidad reclamada + costas (11.000+4.000) ¿podría adjudicármelo si el ejecutante (banco) no puja por un valor superior al mio o necesariamente aparte de ser superior mi puja al 50% tiene que cubrir también las costas?
    Muchas gracias.

  15. en respuesta a Callate
    -
    #7223
    01/04/17 23:02

    Buenas, no solo no desaparece, sino que puede que su subasta se celebre antes, o después pero el adjudicatario inscriba antes que el de la primera.
    Así que es cuestión de controlar ambos procedimientos.
    Saludos,

  16. #7222
    01/04/17 22:15

    Buenas, estoy analizando otra subasta y me encuentro los siguiente:

    Sale a subasta por la primera hipoteca de una entidad, con una ejecución hipotecaria de 2014, pero el bien tiene además otra hipoteca, con otra entidad, que también solicitó ejecución hipotecaria algo después en 2014. Es la primera vez que veo que un bien tenga abierto dos ejecuciones hipotecarias distintas.

    Esta segunda ejecución desaparece con la celebración de la subasta de la primera ejecución?

    Gracias


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