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Cómo declarar las pensiones del extranjero: Renta 2026

Si cobras una pensión del extranjero y eres residente fiscal en España, puede que debas incluirla en la renta. Todo depende del país pagador, del tipo de pensión, de si hay doble imposición y de los límites de ingresos aplicables en cada caso.
Entender cómo declarar pensiones del extranjero es clave para no cometer errores en la renta. Si eres residente fiscal en España, Hacienda puede exigirte incluir esa prestación en el IRPF, pero no todas tributan igual. El convenio con el país pagador, el tipo de pensión y la posible doble imposición son los factores que realmente cambian el resultado. 
 
Imagen de portada sobre cómo declarar pensiones del extranjero. Presenta a una mujer joven en actitud reflexiva frente a documentos tributarios, billetes de euro y el logo de Rankia.
Cómo declarar pensiones del extranjero

Requisitos para declarar pensiones del extranjero 

 Para determinar si estás obligado a declarar tus rentas mundiales en España y si los jubilados deben presentar la Declaración de la Renta, primero debes confirmar si eres residente fiscal. Según la Agencia Tributaria, cumples este criterio si se da al menos una de estas situaciones:

Para determinar si estás obligado a declarar tus rentas mundiales (incluyendo tu pensión extranjera) en España, primero debes confirmar si eres residente fiscal. Según la Agencia Tributaria, cumples este criterio si se da al menos una de estas situaciones:

  • Permanencia física: Vivir en España más de 183 días durante el año natural (contando ausencias esporádicas salvo que se acredite residencia en otro país).
  • Intereses económicos: Que el centro de tu actividad profesional o la base de tus intereses económicos radique en territorio español.
  • Presunción familiar: Que tu cónyuge (no separado legalmente) y tus hijos menores de edad que dependan de ti residan habitualmente en España.

Límites para declarar pensiones del extranjero

 La clave para saber si debes presentar la Renta reside en el número de pagadores y en quién está obligado a hacer la declaración de la renta. La pensión extranjera, al no tener retenciones de la AEAT, cuenta como un pagador adicional: 
Situación
Límite para declarar
Solo cobras la pensión extranjera
22.000 € anuales
Pensión extranjera + Pensión española
15.000 € anuales*
Rentas por encima de 1.500 €
Obligatorio si el 2º pagador supera esta cifra

Tipos de pensiones extranjeras y su tributación

El tratamiento fiscal depende de si la pensión es de carácter público o privado, según el Convenio de Doble Imposición:

Pensiones de Organismos Públicos

Son las pagadas por haber sido funcionario del Estado extranjero. Generalmente, tributan en origen (en el país que las paga). En España están "exentas con progresividad": no pagas por ellas, pero se suman para determinar el tipo de impuesto que aplicarás al resto de tus ingresos.

Pensiones Privadas (Seguridad Social o Planes de Empresa)

Son la mayoría (derivadas de trabajos en empresas privadas). Estas tributan siempre en España (país de residencia). Si el país de origen también te retiene impuestos, deberás aplicar la deducción para no pagar dos veces.

¿Qué pensiones del extranjero están exentas de declarar?

Existen casos muy limitados de rentas exentas de tributar en los que la pensión no paga IRPF en España: 

  • Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez: Siempre que el grado de invalidez sea equiparable al exigido por la normativa española.
  • Pensiones de guerra o terrorismo: Derivadas de hechos ocurridos en el ejercicio de funciones públicas o por actos terroristas.

Paso a paso para declarar pensión recibida del extranjero

  1. Suma el importe bruto: No declares lo que recibes netos en el banco. Debes declarar la cantidad antes de que el país de origen te descuente sus impuestos.
  2. Conversión de moneda: Si cobras en libras, francos suizos o dólares, usa el tipo de cambio oficial del día del cobro o el medio anual del BCE.
  3. Casilla 0001: Introduce el importe total bruto en la sección de "Rendimientos del trabajo" al hacer la Declaración de la Renta.
  4. Casilla 0588 (Deducción por Doble Imposición): Si el otro país te ha retenido impuestos, introduce aquí esa cifra. Hacienda te restará ese pago de lo que te corresponda pagar en España.

Preguntas frecuentes sobre declarar pensiones del extranjero 


 Las pensiones del 1er y 2º pilar suizo (AVS y LPP) tributan en España como rendimientos del trabajo. Si recibiste el pago en forma de capital único, existen reducciones fiscales que puedes aplicar si las aportaciones son anteriores a 2006. 


Sí. España tiene acuerdos de intercambio automático de información con la UE y la OCDE. No declarar una pensión suele terminar en una liquidación paralela con intereses y recargos.


Hacienda recibe información automática de casi todos los países de la OCDE y la UE. Si no declaras, la Agencia Tributaria te enviará una liquidación paralela. Además de pagar la cuota correspondiente, te enfrentarás a intereses de demora y sanciones que oscilan entre el 50% y el 150% de la cantidad no declarada.


 Sí. El hecho de que te hayan retenido impuestos en el extranjero no te exime de declarar en España si eres residente fiscal. Lo que debes hacer es aplicar la Deducción por Doble Imposición Internacional para que ese importe se reste de lo que debes pagar en España, evitando así pagar dos veces por el mismo dinero. 


 La pensión en sí no se declara en el Modelo 720, ya que es un flujo de renta. Sin embargo, si como consecuencia de esa pensión tienes acumulados más de 50.000 € en cuentas bancarias extranjeras, o si tienes inmuebles o valores fuera de España que superen esa cifra, estarás obligado a presentar esta declaración informativa cada año. 
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  1. en respuesta a dracarys
    -
    Top 100
    #20
    18/04/16 15:51

    Buenos días, si resides en España y estás obligado a realizar la Declaración de la Renta, tendrás que incluir todos los rendimientos obtenidos durante el ejercicio fiscal, independientemente de donde se generen.
    Saludos,

  2. #19
    16/04/16 19:29

    Buenas tardes, espero que me puedan ayudar con una duda.

    En el caso de que la pensión del extranjero se perciba íntegramente en el extranjero (el dinero no llega a España), ¿hay que declararla igualmente?.

    Gracias

  3. en respuesta a rosyrosy
    -
    #18
    13/04/16 23:44

    Yo no trabajo, soy jubilado, pero por rendimientos capital mobiliario salió la devolución.
    Saludos,

  4. en respuesta a Sigma48
    -
    #17
    13/04/16 21:20

    Hola, tu también trabajaste ese año y tenias un segundo pagador, me imagino q lo q te devolvieron fue lo q te retuvieron en el trabajo, porque sino de donde te devolvieron, saludos

  5. en respuesta a rosyrosy
    -
    #16
    13/04/16 18:43

    Buenas tardes:

    La Pensión de Venezuela se considera cómo rendimiento de trabajo, mi caso es igual que el tuyo, recibo la Jubilación por vejez. En la declaración 2014 casilla, aplicando reducción casilla 017, da resumen casilla 021, pasa después a las casillas 424 y 430 etc. Cierto es que al final me sale algo a devolver por IRPF española.

    Por al Año 2010 hasta 2012 tuve que hacer declaraciones complementarias, ¡correcto es que Montoro Si se enteró, mandándome una carta de invitacion!

    Cordiales saludos desde Barcelona,

  6. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #15
    13/04/16 17:23

    Hola, gracias por tu respuesta, mi caso es que el primer pagador es Venezuela y no retiene nada y me pagaron 12046.25 desde enero a diciembre y el segundo pagador entre marzo y mayo y fueron 37,84 mensuales o sea 113,52. Por lo cual a mi entender no estoy obligada a declarar, pero me preocupa que Montoro en una oportunidad persigio a los pensionistas.
    Saludos y gracias

  7. en respuesta a rosyrosy
    -
    Top 100
    #14
    11/04/16 09:42

    Buenos días, si el segundo pagador no supera los 1.500€ brutos anuales, tu límite para presentar la Declaración de la Renta serán 22.000€ y por tanto, como no llegas a esta cantidad no estará obligada a presentar la Declaración de la Renta: Declaración de la renta e IRPF: ¿estoy obligado a declarar?

    De todos modos, aunque no llegues al límite; si en la pensión del extranjero te aplican una retención seguramente al hacer la Declaración de la Renta esto se regule y puede salirte a devolver. Puedes hacer una prueba y comprobar si sería ventajoso en tu caso presentarla.

    Saludos,

  8. #12
    08/04/16 16:29

    Hola, por favor necesito ayuda en cuanto al IRPF 2015, mi caso es que recibí en pensión procedente del extranjero la cantidad de 12046,00 euros a lo largo del año y durante 3 meses a partir de marzo realice trabajos a una empresa por horas, por lo cual cobre 113.50 euros, en total la suma seria de 12159.50. MI pregunta es: Puedo considerarme dentro del rublo de por ser menos de 22000,00 euros y porque el segundo pagador el cual si me retuvo fue menor de 1500,00 euros

  9. en respuesta a Lyn12
    -
    Top 100
    #11
    29/06/15 09:32

    Así es, se debe tributar por ella e incluir las retenciones que ya se aplican en Italia, además tienes que marcar la casilla de la Deducción por doble imposición internacional. Saludos,

  10. Nuevo
    #10
    25/06/15 12:45

    Buenos días. Me gustaría saber si una pensión recibida de Italia, de carácter publica, por la cual ya se paga una retención en Italia, habría que incluirla en la Renta del 2014.
    La llevo percibiendo ya varios años y nunca la he declarado, pero como he visto que a partir de este año se ha creado la amnistía para declarar años anteriores, no tengo muy claro si esto supone que todas las pensiones recibidas de otros países deben incluirse en la renta en España o hay supuesto en los que no.
    Me imagino que si la tuviera que incluir tendría que tener también en cuenta las retenciones que me aplican en Italia, para no tributar doblemente.
    Muchas gracias

  11. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #9
    15/06/15 13:50

    Gracias por tu rapida respuesta, un saludo

  12. en respuesta a atalantas
    -
    Top 100
    #8
    15/06/15 13:31

    Bienvenido a Rankia, como dices, con este grado de minusvalía estás obligado a tributar por las pensiones, siendo el mínimo personal más elevado. Si en el certificado de Suiza no hay efectuada ninguna retención, seguramente no llevará nada. De todos modos consultarlo con un asesor fiscal.
    No hay ninguna deducción a aplicar en este tipo de casos.

    Un saludo,

  13. #7
    15/06/15 12:43

    Buenos días, estoy tramitando unas liquidaciones complementarias de IRPF derivadas de unas pensiones por Invalidez cobradas de Suiza.
    Tras muchas conversaciones con la AEAT y tras quedarme claro que mientras no equiparen la PENSIÓN DE INVALIDEZ TOTAL PROCEDENTE DE SUIZA, en la cual tiene un 80% de grado de minusvalía reconocido, al grado de España, en el cual tras pasar TRIBUNALES MÉDICOS, nos han concedido una minusvalía comprendida entre 33% y 65% sin ayuda de terceras personas, por lo que la AEAT NOS OBLIGA A DECLARAR LA PENSION DE INVALIDEZ PROCEDENTE DE SUIZA. ¿Es esto correcto? imagino que si.

    Ahora mi consulta es , si bien tengo que declarar el importe de la pensión como RENDIMIENTOS DE TRABAJO, pero como puedo saber si existe doble imposición, ya que en el CERTIFICADO QUE NOS ENVÍAN DE SUIZA, NO VEO QUE FIGURA NINGUNA RETENCIÓN EFECTUADA EN LA PENSIÓN.

    Y también me gustaría saber si existe alguna deducción especial a la que poder acogernos, puesto que el importe de la pensión de suiza no declarada es de unos 40.000€ anuales, lo que genera unas diferencias a pagar bastante importantes, y me gustaría asegurarme de todo antes de enviarlas.

    Un saludo y gracias de antemano por vuestra ayuda.

  14. en respuesta a chefer
    -
    Top 100
    #6
    15/06/15 11:02

    Como el importe de los atrasos son solo 600€ no es necesario que haga complementaria. Deberá regularizar este ingreso tributando por ellos en la Declaración de la Renta, con la suma del total de los ingresos por la pensión en el extranjero.

    Saludos,

  15. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #5
    12/06/15 21:30

    Gracias Amparo por contestar tan rápido. Si me permites me gustaría preguntarte otra cosa acerca de la pensión del extranjero. Mi madre esta cobrando sobre 65 euros al mes, empezó en agosto del año pasado a cobrarla y le pagaron más de 600 por los atrasos. Sobre esos atrasos, ¿se declaran en la declaración del 2014, que es cuando los ha cobrado realmente o debería fraccionarlos y pagar la parte que corresponda en 2014 y el resto hacer una complementaria del 2013?

  16. en respuesta a chefer
    -
    Top 100
    #4
    12/06/15 09:02

    Buenos días, el formulario G2299 es una comunicación informativa, un formulario específico que permite a la Agencia Tributaria identificar que esa declaración incluye pensiones procedentes del extranjero que se están regularizando. En vuestro caso, no se está regularizando ya que es el primer año que la percibe pero como es una documentación informativa yo si que la presentaría.

    En cuanto a las retenciones de la pensión practicadas en Francia, seguramente no tendrá retención ya que por el convenio hispano francés, el pagador de la pensión francesa no está obligado
    a practicar retenciones a cuenta del IRPF español. Por tanto:

  17. Si no tiene retenciones en el país de origen: no hay que hacer nada, porque tributa de forma íntegra en España.

  18. <ñi>Si tiene retenciones en el país de origen: se debe aplicar la deducción por doble imposición internacional.

    Un saludo,

  19. #3
    12/06/15 01:39

    Buenas noches, mi madre cobra una pequeña pensión del extranjero a partir de 2014. Mi pregunta es ahora que tengo que realizar la declaración de ese año, ¿es suficiente con incluirla en la declaración o también hay que rellenar el formulario G2299? Y otra pregunta, ¿como puedo saber si se le ha practicado retención en Francia por esa pensión ya que en la cuenta solo me aparece el concepto de pensión y la cantidad cobrada únicamente?