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Cómo declarar las pensiones del extranjero: Renta 2026

Si cobras una pensión del extranjero y eres residente fiscal en España, puede que debas incluirla en la renta. Todo depende del país pagador, del tipo de pensión, de si hay doble imposición y de los límites de ingresos aplicables en cada caso.
Entender cómo declarar pensiones del extranjero es clave para no cometer errores en la renta. Si eres residente fiscal en España, Hacienda puede exigirte incluir esa prestación en el IRPF, pero no todas tributan igual. El convenio con el país pagador, el tipo de pensión y la posible doble imposición son los factores que realmente cambian el resultado. 
 
Imagen de portada sobre cómo declarar pensiones del extranjero. Presenta a una mujer joven en actitud reflexiva frente a documentos tributarios, billetes de euro y el logo de Rankia.
Cómo declarar pensiones del extranjero

Requisitos para declarar pensiones del extranjero 

 Para determinar si estás obligado a declarar tus rentas mundiales en España y si los jubilados deben presentar la Declaración de la Renta, primero debes confirmar si eres residente fiscal. Según la Agencia Tributaria, cumples este criterio si se da al menos una de estas situaciones:

Para determinar si estás obligado a declarar tus rentas mundiales (incluyendo tu pensión extranjera) en España, primero debes confirmar si eres residente fiscal. Según la Agencia Tributaria, cumples este criterio si se da al menos una de estas situaciones:

  • Permanencia física: Vivir en España más de 183 días durante el año natural (contando ausencias esporádicas salvo que se acredite residencia en otro país).
  • Intereses económicos: Que el centro de tu actividad profesional o la base de tus intereses económicos radique en territorio español.
  • Presunción familiar: Que tu cónyuge (no separado legalmente) y tus hijos menores de edad que dependan de ti residan habitualmente en España.

Límites para declarar pensiones del extranjero

 La clave para saber si debes presentar la Renta reside en el número de pagadores y en quién está obligado a hacer la declaración de la renta. La pensión extranjera, al no tener retenciones de la AEAT, cuenta como un pagador adicional: 
Situación
Límite para declarar
Solo cobras la pensión extranjera
22.000 € anuales
Pensión extranjera + Pensión española
15.000 € anuales*
Rentas por encima de 1.500 €
Obligatorio si el 2º pagador supera esta cifra

Tipos de pensiones extranjeras y su tributación

El tratamiento fiscal depende de si la pensión es de carácter público o privado, según el Convenio de Doble Imposición:

Pensiones de Organismos Públicos

Son las pagadas por haber sido funcionario del Estado extranjero. Generalmente, tributan en origen (en el país que las paga). En España están "exentas con progresividad": no pagas por ellas, pero se suman para determinar el tipo de impuesto que aplicarás al resto de tus ingresos.

Pensiones Privadas (Seguridad Social o Planes de Empresa)

Son la mayoría (derivadas de trabajos en empresas privadas). Estas tributan siempre en España (país de residencia). Si el país de origen también te retiene impuestos, deberás aplicar la deducción para no pagar dos veces.

¿Qué pensiones del extranjero están exentas de declarar?

Existen casos muy limitados de rentas exentas de tributar en los que la pensión no paga IRPF en España: 

  • Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez: Siempre que el grado de invalidez sea equiparable al exigido por la normativa española.
  • Pensiones de guerra o terrorismo: Derivadas de hechos ocurridos en el ejercicio de funciones públicas o por actos terroristas.

Paso a paso para declarar pensión recibida del extranjero

  1. Suma el importe bruto: No declares lo que recibes netos en el banco. Debes declarar la cantidad antes de que el país de origen te descuente sus impuestos.
  2. Conversión de moneda: Si cobras en libras, francos suizos o dólares, usa el tipo de cambio oficial del día del cobro o el medio anual del BCE.
  3. Casilla 0001: Introduce el importe total bruto en la sección de "Rendimientos del trabajo" al hacer la Declaración de la Renta.
  4. Casilla 0588 (Deducción por Doble Imposición): Si el otro país te ha retenido impuestos, introduce aquí esa cifra. Hacienda te restará ese pago de lo que te corresponda pagar en España.

Preguntas frecuentes sobre declarar pensiones del extranjero 


 Las pensiones del 1er y 2º pilar suizo (AVS y LPP) tributan en España como rendimientos del trabajo. Si recibiste el pago en forma de capital único, existen reducciones fiscales que puedes aplicar si las aportaciones son anteriores a 2006. 


Sí. España tiene acuerdos de intercambio automático de información con la UE y la OCDE. No declarar una pensión suele terminar en una liquidación paralela con intereses y recargos.


Hacienda recibe información automática de casi todos los países de la OCDE y la UE. Si no declaras, la Agencia Tributaria te enviará una liquidación paralela. Además de pagar la cuota correspondiente, te enfrentarás a intereses de demora y sanciones que oscilan entre el 50% y el 150% de la cantidad no declarada.


 Sí. El hecho de que te hayan retenido impuestos en el extranjero no te exime de declarar en España si eres residente fiscal. Lo que debes hacer es aplicar la Deducción por Doble Imposición Internacional para que ese importe se reste de lo que debes pagar en España, evitando así pagar dos veces por el mismo dinero. 


 La pensión en sí no se declara en el Modelo 720, ya que es un flujo de renta. Sin embargo, si como consecuencia de esa pensión tienes acumulados más de 50.000 € en cuentas bancarias extranjeras, o si tienes inmuebles o valores fuera de España que superen esa cifra, estarás obligado a presentar esta declaración informativa cada año. 
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  1. en respuesta a Sara sarrabeita
    -
    Top 100
    #40
    23/09/16 09:00

    Buenos días Sara, en tu caso parece que permaneces menos de 183 días, durante el año natural, en territorio español por tanto tendrías que presentar el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) siempre que superes los límites establecidos: Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)

    Saludos,

  2. #39
    22/09/16 22:02

    Soy extranjero comunitario, tengo residencia en ESpaña hace años y cuando tenía actividad hacía la declaración. Ahora no. Recibo en cuenta una pensión del exterior que no llega a 11200 anuales.
    Tengo un piso que lo alquilo desde hace unos meses. Solo estoy en España unos 120 días al año.
    ¿Debo declarar el año que viene? y de hacerlo conviene hacerlo como residente o no residente?

  3. en respuesta a Noelia Granero Lopez
    -
    Top 100
    #38
    21/06/16 12:48

    Buenos días Noelia, según el Convenio de doble imposición entre España y Argentina se prevé la tributación exclusiva de las pensiones en el Estado de Residencia del perceptor, con lo cual la pensión argentina está sujeta al IRPF y tienes que incluirla en la Declaración de la Renta, aunque no se ingrese en ningún banco. Saludos,

  4. Nuevo
    #37
    21/06/16 11:27

    Hola buenos dias, tengo una duda con respecto en a pensiones extranjeras-
    una pensión de Argentina se declara si la cobra en el país de origen y no la ingresa en ningún banco de España?

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #36
    03/06/16 18:48

    Buenas tardes.
    En este caso es de aplicación el 40% de reducción ?
    Los residentes en España que perciban pensiones desde Suiza solo pueden someterse a imposición en España salvo que se trate de las pensiones y retribuciones públicas del artículo 19 del Convenio Hispano-Suizo la pensión deberá tributar con el resto de rentas obtenidas durante el año. No obstante si se percibe de una sola vez se aplicará la reducción del 40% siempre que se trate de las prestaciones establecidas en el artículo 17.2.a) 1ª y 2ª de la Ley.
    Saludos.

  6. en respuesta a Carlos Salamanca
    -
    #35
    03/06/16 18:46

    Buenas tardes.
    En este caso es de aplicación el 40% de reducción.
    Los residentes en España que perciban pensiones desde Suiza solo pueden someterse a imposición en España salvo que se trate de las pensiones y retribuciones públicas del artículo 19 del Convenio Hispano-Suizo la pensión deberá tributar con el resto de rentas obtenidas durante el año. No obstante si se percibe de una sola vez se aplicará la reducción del 40% siempre que se trate de las prestaciones establecidas en el artículo 17.2.a) 1ª y 2ª de la Ley.

    Saludos.

  7. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #34
    03/06/16 17:09

    Gracias Amparo.

  8. en respuesta a Carlos Salamanca
    -
    Top 100
    #33
    03/06/16 10:09

    Buenos días Carlos, todas las pensiones privadas o públicas del extranjero, tendrán que incluirse en la Declaración de la Renta, y también las retenciones practicadas en su caso, para aplicar la deducción de doble imposición internacional.

    Saludos,

  9. #32
    02/06/16 18:40

    Buenas tardes.
    Un familiar retornado de Suiza, opto al jubilarse por cobrar la cantidad que le correspondía del Pilar II del sistema de protección social suizo, habiéndole practicado la retención de impuestos en Suiza.
    Esa cantidad cobrada está sujeta al I.R,P.F. aquí en España?

    Un saludo.

  10. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #31
    02/06/16 16:04

    Gracias Amparo

  11. en respuesta a ritacasanueva
    -
    Top 100
    #30
    02/06/16 08:54

    Si según el convenido entre las dos naciones este rendimiento está exento de tributación, no tendrías que incluirlo como rendimientos del trabajo en la Declaración de la Renta. Saludos,

  12. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #29
    01/06/16 22:28

    Gracias Amparo, mi duda no es la pensión que es privada. Tengo claro que esa pensión si la declaro sino la otra que es pensión pública de 350e que si está retenida aunque sea poca cantidad. El convenio dice que tiene exención absoluta.

    Gracias!

  13. en respuesta a ritacasanueva
    -
    Top 100
    #28
    01/06/16 09:34

    Bienvenida a Rankia, si la primera no está exenta y no se le ha aplicado ninguna retención, tendrás que tributar por ella en la Declaración de la Renta. Saludos,

  14. Nuevo
    #27
    01/06/16 03:22

    Si cobras dos pensiones de Finlandia; una es privada de 18.000euros sin retenciones y la otra es pública 350euros y con deducciones apenas tiene retenciones y la última según convenio Hispano-Finlandes estaría exenta, con exención absoluta. Mi duda es la declaro o no?
    Gracias de antemano.

  15. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #26
    26/04/16 14:41

    Gracias Amparo,
    Sí, en Andorra le han retenido durante todo el 2015 un 10%. Y este año sólo los meses de enero y febrero. A primeros de año recibió una carta anunciándole que a partir de la paga de marzo ya no le iban a retener para evitar la doble imposición.

    Muchas gracias de nuevo

  16. en respuesta a Bolbo20
    -
    Top 100
    #25
    26/04/16 12:32

    Si desde Andorra te han aplicado retenciones en esta pensión debes de incluirlas y aplicar la deducción por doble imposición internacional, te recomiendo que lo consultes con un asesor fiscal. Saludos,

  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #24
    26/04/16 11:17

    Gracias Amparo, Entiendo que en la casilla 001 he de reflejar cada una de las pensiones en una pestaña cada una. La de pensión de Andorra reflejaré la cantidad bruta recibida y las retenciones.
    Las dos pensiones de España no tienen retención por lo que solo pondremos el bruto de cada una de ellas. Con respecto a la pensión de Andorra, he visto que en el apartado: "N. Cálculo Impuesto y resultado declaración" en "Deducciones" dice: "Por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero" ¿Significa esto que debo incluir también aquí los datos de la pensión de Andorra?

    Gracias por tus comentarios.

  18. en respuesta a Bolbo20
    -
    Top 100
    #23
    25/04/16 12:38

    Buenos días, por este tipo de pensiones se tributa como rendimientos del trabajo en la casilla 001: Casillas más utilizadas en la Declaración de la Renta 2015 Saludos,

  19. en respuesta a Bolbo20
    -
    #22
    24/04/16 13:23

    Perdón, quería decir el 10% por IRNRF.

  20. #21
    24/04/16 13:20

    Buenos días:

    Mi madre cobra una pensión de viudedad del CASS andorrano. Hasta el año 2015 no le aplicaban ninguna retención, por lo que tampoco recibía certificado de retenciones. Con la nueva ley, el año pasado ya incluyó la mencionada pensión en la declaración de 2014 (sobre la misma cantidad que le era ingresada en la caja) y regularizó con complementarias los años 2010,2011,2012 y 2013. Hasta aquí todo bien. Durante el 2015 le retuvieron un 10% de IFPFNR y 179.4 de cotizaciones al CASS según certificación de retenciones recibido del CASS. Además de esta pensión, también cobra pensión de viudedad (clases pasivas) y otra de jubilación de España. La duda nos viene en saber como ha de declarar la pensión de Andorra en el programa padre y en que casillas hay que incluirla, así como las retenciones que ha tenido.

    Muchas gracias por vuestra ayuda.