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El G7, de acuerdo en hacer frente a la evasión fiscal ¿ah .. si, y cómo? *107*

 

Los ministros de Finanzas del G7 están de acuerdo en luchar contra la evasión fiscal mediante una «acción colectiva» y reafirman su decisión de no hablar de los tipos de cambio, ha anunciado este sábado el ministro británico de Economía, George Osborne.

Cada vez que veo alguna “idea” de este tipo, empiezo a ver “pegas” por todos lados, lo siento pero mi “anchura de miras” no me permite ver mas soluciones que “parches” y más “parches”, pero no un ataque real y posible a todo esto.

Vamos a ver, creo que básicamente tenemos dos problemas de difícil solución, incluso dentro de la propia Unión Europea

1 – La existencia de “pseudo paraísos” fiscales

2 – Ausencia de una armonización fiscal

En el punto 1, es cierto que algunos estados o principados ya no tienen la consideración de paraísos fiscales, se ha avanzado algo en su opacidad, pero creo que es una falacia creer que con la mera declaración ya no existen, hablo de Andorra, o incluso zonas cuya “nacionalidad” pertenece a miembros de la propia Unión Europea, o son territorios autónomos dependientes de estados miembros, como Isla de Man, Jersey, Guernesey, Gibraltar, Antillas Neerlandesas .

Ciertamente, muchos de los estados incluidos en listados anteriores al año 2000, o incluso más tarde, y que hoy no se consideran como tales, y que están liquidando retenciones impositivas a los estados de origen de depositantes en los bancos de dichos territorios, salvo error por mi parte, no lo hacen de forma “nominativa”, liquidan en global, no dan listas de los perceptores de los rendimientos, y si la Agencia Tributaria Española o su homóloga en cualquier estado se la pide, me temo que mandaran directamente al cuerno al “funcionario de la idea brillante”, otra cosa es que bajo alguna imputación judicial, se pida información a dichos estados, porque entonces sí “cantan como canarios”, por tanto el depósito en estas zonas autónomas, sigue disfrutando de cierta opacidad.

Ahora compliquemos un poco la cosa, un ciudadano español, constituye una sociedad en Andorra, en Gibraltar ... y es esta la titular de los depósitos que el español ha desembolsado en concepto de capital o de préstamo a esta sociedad, entonces la cuenta no es de un español, es de una sociedad andorrana o gibraltareña (siguiendo con los ejemplos) ... aun cuando a través del modelo fiscal 720 dicho ciudadano debería declarar tales inversiones en la sociedad, no obstante ¿si se olvida de hacerlo, como le pillan? Me temo que es algo complicado, si no es que algún empleado bancario de estos estados “venda” listas, no sería la primera vez, o que el sujeto estuviera imputado en algún caso de corrupción, como los que últimamente estamos viendo regularmente en prensa.

En cuanto al punto 2 , pues se genera un nuevo problema, son diferencias impositivas del Impuesto de Sociedades en los distintos estados de la Unión, si en España el tipo general es del 30% y en Irlanda del 12,50% , me temo que es bastante simple constituir una sociedad en Irlanda, que va a ser la matriz de la filial española, y a través de facturas de compras y ventas, traspasar los resultados de dicha filial española a la irlandesa, pero no en forma de dividendos, sino simplemente hacer generar el grueso de los resultados a la sociedad matriz, dejando a la filial con unos beneficios muy exiguos, consiguiendo aplicarse un 12,50% de impuesto, en lugar de un 30%.

No obstante existe el artículo 16 del impuesto de sociedades

Artículo 16 Operaciones vinculadas

1.

1.º Las operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas se valorarán por su valor normal de mercado. Se entenderá por valor normal de mercado aquel que se habría acordado por personas o entidades independientes en condiciones de libre competencia.

2.º La Administración tributaria podrá comprobar que las operaciones realizadas entre personas o entidades vinculadas se han valorado por su valor normal de mercado y efectuará, en su caso, las correcciones valorativas que procedan respecto de las operaciones sujetas a este Impuesto, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o al Impuesto sobre la Renta de No Residentes que no hubieran sido valoradas por su valor normal de mercado, con la documentación aportada por el sujeto pasivo y los datos e información de que disponga. La Administración tributaria quedará vinculada por dicho valor en relación con el resto de personas o entidades vinculadas.

La valoración administrativa no determinará la tributación por este Impuesto ni, en su caso, por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes de una renta superior a la efectivamente derivada de la operación para el conjunto de las personas o entidades que la hubieran realizado. Para efectuar la comparación se tendrá en cuenta aquella parte de la renta que no se integre en la base imponible por resultar de aplicación algún método de estimación objetiva.

Hay que reconocer que una cortapisa si es, y con la misma pues dejar a cero a la filial española, tributando al 100% en la matriz irlandesa, no va a ser posible, pero al mismo tiempo hay que entender que esto de “valor de mercado” no siempre es tan sencillo de determinar, en consecuencia a mi entender “traspasos” de este tipo son perfectamente posibles, dentro de unos límites. 

Aquí al final el esquema siempre es el mismo, se trata de un ejercicio de “voluntarismo”, probablemente en muchas ocasiones otro “de cara a la galería”, o séase un “pseudo populismo”, y algo tendrá que ver que se acercan las elecciones al parlamento europeo , pero al mismo tiempo una imposibilidad real de atajar el asunto de raíz. 

Para “inventos” de este tipo, en mi opinión solo es necesaria una premisa, se trata de que el patrimonio o la generación de ingresos sea inusualmente alta, porque estos “montajes” precisan de unos gastos medianos o elevados, una pyme con 4 millones de facturación, y resultados de 150.000 € al año, no se le sale a cuenta, adquirir una oficina en Dublín (en Galway, Cork ...) tener uno o dos empleados de la matriz ahí ... y para el punto 1 anterior tampoco, ya que para  “ex patriar” no es tan simple como hacer una transferencia a un banco de Andorra o de la Isla de Man ...  por tanto al final los “paganos” son los de siempre, las clases trabajadoras, las clases medias, y puede que alguno de la parte baja de las clases medias-altas, las altas me temo que a la mayoría les salen rentables este tipo de “inventos”, y los políticos se podrán poner acuerdo en lo que quieran, pero esto no lo pueden cortar de raíz, al menos hoy por hoy, y ya ni os digo si la cosa se complica con paraísos fiscales declarados, como Belice, Nauru, Niue, etc., etc. ... ahí si que no les pilla ni Cristo.

Alguien preguntará, pues si es tan simple (mas o menos) mandar el dinero a Niue (por ejemplo) ¿de que algunos se emperran en Suiza? Si resulta que cuando se imputa a alguien los helvéticos “cantan como canarios”, supongo que es un tema de seguridades ... jurídica, de solvencia bancaria ... y recientemente se ha demostrado con el asunto Chipre, un gigante sistema bancario con pies de barro.

Sin “salir del país”, también existe una forma para obtener una baja tributación, en este caso de los patrimonios elevados y los rendimientos que se obtienen sobre los mismos, se trata de “organizar” Sicav’s ... fondos de inversión que solo tributan al 1%, al igual que cualquier fondo de inversión en el que un ciudadano de la calle participe, esto no hay que olvidarlo, y solo pagarán un porcentual mas elevado en el momento que el partícipe reembolse sus participaciones, entonces, y repito como cualquier ciudadano, esto va al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y tributará al 21, 25 ó 27% (en función del importe) , pero como decía mi difunto padre, “no es pot dinar dues vegades”  (no vas a comer dos veces), con lo cual si los rendimientos del capital se invierten en un fondo de inversión, creado al efecto por el acaudalado ciudadano, solo reembolsa lo que precisa para vivir, el resto seguirá en la Sicav, generando mas rendimientos, que repito, no tributan hasta que no reembolsa, y seguramente le importa tres carajos, si el dinero está a su nombre (persona física) o al de un fondo de inversión que en realidad es prácticamente suyo, no puede ser solo suyo, porque salvo error son necesarios 100 partícipes para constituirlo, pero vamos uno puede perfectamente ser dueño del 97, 98 ó 99% de su capital. 

 

 

www.yoreklamo.com

 

 

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  1. Top 10
    #23
    23/05/13 22:14

    Me encanta tener a dos lectores de vuestra categoría ... de verdad, muchas gracias Pedgardie y Geoff007. No me merezco lo que tengo en mi blog, podría enumerar a bastantes foreros que con argumentos, debate ... participan, lo de menos es si están de acuerdo o no, la discusión sana es la idea ....

  2. en respuesta a Geoff007
    -
    #22
    Kcire369
    23/05/13 21:39

    Hola Geoff007, muchas gracias por estos dos brillantes comentarios, donde punto por punto has puesto lo que muchos añoramos que debería ser el capitalismo moderno, y de la importancia de una economía LIBERAL.
    Un s2 compy

  3. en respuesta a Geoff007
    -
    #21
    23/05/13 00:23

    Entiendo lo que tratas de explicar, no hace falta que lo simplifiques porque está claro como el agua, pero no estoy de acuerdo, y creo que tu interpretación de la crisis es incorrecta. Intentaré justificar mis argumentos con enlaces a fuentes fiables.

    El gobierno americano no obligó a los bancos privados a dar préstamos a gente con mal crédito o pocos ingresos, utilizaba las agencias públicas Fannie Mae y Freddie Mac para ello, pero no jugaron un papel determinante en la crisis. Fueron los bancos privados los que dieron más préstamos ninja cubiertos por productos sintéticos, y lo hicieron porque ganaban mucho con ello (los famosos bonus) y se creían librarse de la responsabilidad con dichos productos - esos productos creados por la banca privada fueron los verdaderos responsables de la explosión del número de préstamos ninjas.
    https://en.wikipedia.org/wiki/Subprime_mortgage_crisis

    La Glass-steagal act fue eliminada en los 90, mucho antes de que el número de préstamos a personas sin ingresos se disparara, no después de que se armara el lío, aunque estoy de acuerdo en que si no se hubiera eliminado podrían haber dejado caer a los bancos problemáticos. Pero el lobby bancario es el culpable de la eliminación de esta ley. Fíjate en este artículo del WSJ:
    http://blogs.wsj.com/economics/2009/10/27/john-reed-on-glass-steagall-then-now/

    Resúmen: Sandy Weill and John Reed announce a stock swap merging Travelers (which owned the investment house Salomon Smith Barney) and Citicorp (the parent of Citibank), to create Citigroup Inc., the world’s largest financial services company. There was one catch.
    The marriage couldn’t last unless Congress repealed the Depression-era Glass Steagall Act, which forbid the mixing of insurance underwriting, securities underwriting, and commercial banking. After strenuous lobbying by Weill and Reed, among many others, Congress repealed the law in late 1999.

    Las tensiones sociales en USA están bastante justificadas en mi opinión, fíjate en este vídeo que explica cómo está distribuída la riqueza en USA:
    http://youtu.be/QPKKQnijnsM

    Si tienes tiempo, dime que piensas de los puntos restantes de mi post anterior.

    Un saludo