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Es habitual que de vez en cuando veamos en los foros “rifi-rafes” con motivo de relevantes diferencias de opinión. En estos momentos en los foros ocurre con motivo de las participaciones preferentes, porque es… digamos… el momento de ello en muchas de las economías de particulares que ostentan ciertos ahorros, dentro de un tiempo será con motivo de otra cosa. Antes he indicado que “es habitual”, y añado al mismo tiempo que “es comprensible”.

El problema no es, bajo mi punto de vista, que algunos de los no afectados puedan censurar las actuaciones de los que sí lo están, en una concepción de responsabilidad de dicho afectado con motivo de los contratos que formalizó, que libremente formalizó. Probablemente a muchos sin vinculación con el problema, les traería al pairo la cuestión o, a otros únicamente un guiño de comprensión o apoyo moral a la causa, en realidad el asunto es que sin ser parte del problema, no haberlo provocado, no haber participado … tendremos que pagar parte de la factura, algunos tuvimos  el acierto, la formación académica, la experiencia, la diligencia, la cultura financiera o porque no decirlo, la fortuna, para no estar metidos ahí, y es obvio que es una “cabronada” que parte de los costes tengamos que asumirlos.

En primer lugar no tengo tan claro que el mayor problema de las entidades financieras, de la insolvencia de algunas, sean las preferentes, entiendo que solo lo ha incrementado, un añadido a la base de dicho problema, la cuestión real, en mi opinión es recurrente a todas las crisis bancarias registradas, incluso si nos vamos a la banca de la segunda mitad del siglo XIV, en síntesis, el motivo siempre es el mismo, la morosidad, la imposibilidad de recuperar los préstamos otorgados, o la dificultad de convertir de nuevo en dinero las garantías obtenidas en la concesión de las financiaciones, si bien pueden existir algunas cuestiones de matiz, y con una sola cuestión conceptual, la masa crítica, convendremos que de forma directa o indirecta el problema base es solo uno, LA MOROSIDAD.

Volviendo a finales del siglo XIX y las primeras décadas del siglo XX, existían bancos de inversión, entidades cuyo objeto eran las inversiones industriales, empresas bancarias cuyo objetivo era la financiación de grandes iniciativas empresariales, muchas quiebras bancarias fueron provocadas por la financiación de líneas de ferrocarril, con el convencimiento de que el retorno de la inversión era claro, luego se demostró que este gran invento no tuvo los ingresos previstos, llevando a la quiebra a muchos de sus financiadores, con lo cual el resultado indirecto es el mismo , la morosidad, la incapacidad de recuperar lo prestado. Esto se acabó por regular en el siglo XX, bajo la base de un control de la concentración de las inversiones o los préstamos a un solo grupo empresarial, manteniendo una proporción, y no permitiendo dichas concentraciones de riesgo mas allá de unos porcentajes que no permitan el arrastre del financiador ante la insolvencia del prestatario,

Si nos vamos a épocas mas recientes, tenemos la primera Rumasa que sus 20 bancos (18 + 2 que no se consideraban del grupo y que con la expropiación aparecieron totalmente vinculados) su insolvencia fue por la elevada dependencia de los préstamos a su grupo empresarial. El caso Banesto algo mas reciente, también fue con motivo de la morosidad, aún cuando de no concurrir la primera Guerra del Golfo, la salida a bolsa de la Corporación Industrial de Banesto, y las elevadas plus valías que se hubieran aflorado, es posible que hubiera supuesto un caudal de ingresos suficiente para cubrir el déficit patrimonial existente.

Es probable que existan quiebras bancarias registradas con un motivo distinto, debo reconocer que esto no lo he analizado, sería la falta de asunción de una masa crítica de volumen, de clientes, como para hacer viable el negocio, es posible que fuera uno de los motivos de la insolvencia del Eurobank, pero repito la inmensa mayoría de insolvencias responden de forma directa o indirecta a la morosidad.

Por lo tanto, el asunto de los híbridos financieros (participaciones preferentes, deuda subordinada, y en algunos casos, en menor medida, las cédulas hipotecarias) no es el problema, es un mero agravante. La factura que pagaremos por ello todos los ciudadanos, afectados o no, será principalmente con motivo de la morosidad, en consecuencia considero muy inexacto pretender que los no afectados por los híbridos financieros estemos cubriendo, por la vía de nuestros impuestos, actitudes, planteamientos o indemnizaciones a los afectados, ya que en la parte mas relevante lo que estamos pagando es la morosidad registrada en las entidades financieras.

Se ha indicado en los foros que una parte de los afectados, lo son por su propia negligencia, incluso se  ha vertido, si bien de forma velada, que puede ser fruto de una cierta usura en cuanto a tipos de interés, a una excesiva exigencia de rentabilidad.

Yo no dudo que en un colectivo de personas afectadas tan elevado, puedan existir algunas de estas situaciones, estadísticamente es mas que probable, sin embargo soy un convencido de que la generalidad es exactamente la contraria, un presunto engaño a gran escala, que inicialmente no se concibió como tal, los acontecimientos lo han convertido en ello, sea por error o por omisión, e insisto, tal como he comentado en diversas ocasiones, tanto en este blog, como en los foros, que a la vez estoy plenamente convencido de que nadie pensó en este catastrófico resultado. Un banco es un negocio serio, dónde se intenta ganar dinero como en cualquier iniciativa empresarial, y nunca, absolutamente nunca, se crean o se ponen en los mercados, productos pensados para estafar o engañar a nadie, otra cosa es que las circunstancias los conviertan en ello.  Aquí hay multitud de factores que han convertido a un mal diseño de un producto en algo desastroso, a mi juicio hubo mucha falta de previsión, mucha omisión, y en ocasiones un poco atención a las leyes y normas aplicables, que entre otras cosas estaban para cumplirlas, y por lo que parece los jueces ya están fallando en que así fue, que no siempre se atendió a la ley y la norma, o que en bastantes ocasiones se atendió a ella, pero no en su espíritu, sino solo para cubrir el expediente, lo cual es igualmente incumplir la ley, pero lo complicado va a ser demostrarlo.

Se ha indicado en los foros, que quien no lee lo que firma, es responsable por dejadez, lo cual es cierto y coincido, pero nada se dice de la arraigada costumbre del “firme aquí”.

Se indica que si algo no se entiende no se debe firmar, dónde también estoy de acuerdo, pero nada se dice de que la experiencia bancaria de decenios, nos asevera que  el director del banco siempre fue un persona que nos asesoraba, una persona de confianza, que haría el máximo negocio posible, pero que algo de prestaciones nos dejaba para nosotros los clientes, ello también durante decenios.

Se asegura que los ciudadanos debemos ser responsables, sigo estando de acuerdo, y nada se dice de nuestras deficiencias en formación o cultura financiera.

¿Por qué los estados legislan con discriminación positiva a favor de la ciudadanía y con elevados requisitos de obligado cumplimiento a las grandes empresas? Es obvio que tienen claro que las fuerzas no son equilibradas, pero de ello tampoco es que me suenen muchas referencias en los foros.

¿Por qué en estas cuestiones bancarias hay bastantes mas sentencias favorables a los demandantes que a favor de los demandados? Yo dudo que sea porque los jueces son anti-bancos, primeramente porque un juez no hace las leyes, no las crea, se limita a aplicar o interpretar las que ha promulgado el parlamento o el gobierno bajo decretos-ley.

¿Por qué estos híbridos afectan mayoritariamente a personas de mediana edad? En parte porque son los que ostentan el ahorro, pero al mismo tiempo los que en su mente está la figura del empleado bancario como un comerciante que a la vez es y fue asesor del cliente.

Se ha detallado también que por “sanidad empresarial” si una empresa tiene problemas, esta debe ser una cuestión que deberán afrontar solo los implicados, sus proveedores, sus clientes, sus accionistas, y no pedir auxilio al estado, en la forma ya acostumbrada de privatizar beneficios y socializar pérdidas, no obstante en lo que a los bancos y cajas afecta, tenemos un grave problema, vamos a ver … si quiebra una distribuidora de recambios del automóvil, de alguna forma, sus clientes y proveedores podrían estar en cierta igualdad de condiciones, todos serán empresarios, conocen los riesgos empresariales, están acostumbrados a ellos, y son una base de sus negocios, pero esto no ocurre con la banca, dónde las fuerzas entre la entidad y sus clientes están altamente descompensadas, al menos en lo que son sus clientes particulares, por lo tanto ya tenemos la primera pata que nos falla.  

En temas de evolución y análisis financieros, existen webs altamente especializadas, como Thomson Reuters o Bloomberg, pues que alguien sin ser empresa financiera, de bolsa, fondo de inversión, intente suscribirse, a ver que le dicen, y ello al margen del coste que según alguna información que no he podido contrastar, por tanto pido que se considere eso “sin verificar”, los mil dólares mensuales son un hecho (unos 800 €), por tanto es un hecho real lo que manifiesta en su blog el Sr. De La Dehesa, en relación a la asimetría de la información.

En toda esta complejidad de circunstancias, están los efectos que una quiebra de un banco puede provocar, creo que muchos convendremos en la percepción de que “dejar caer” a una entidad financiera, en realidad no supone solo la quiebra de ésta, lo que quebraría es la confianza en el sistema, la espiral que iba a provocar sería mucho mayor. Bueno tal vez “si probamos”, porque todo esto son percepciones, pues hagamos la prueba, y a lo mejor no pasa nada. Mucho me temo que estos inventos mejor con gaseosa, si “probamos” no podemos volver atrás, aunque luego se cubrieran los efectos, la caída de la confianza sería un hecho no recuperable en muchos años, y si al final el tiempo lo cura todo, sin embargo sigo pensando que la solución tomada de no dejar caer a ninguna, ni España ni en el mundo occidental, es la menos mala de las soluciones.

Al final, nos guste o no, el soporte a la insolvencia de las entidades bancarias, es la menos mala de las soluciones, y si, es una cabronada que no relacionados con ello, tengamos una parte de la factura contra nuestro bolsillo.

Con lo que ya no convengo para nada, absolutamente nada, es en alguna afirmación que he detectado en los hilos, en el sentido de que “POR DEFECTOS DE FORMA” hay quien va a reclamar, o se agarra a dichos defectos para decantar la balanza a su favor, lo siento, no estoy de acuerdo, porque UN CONTRATO ES BIDIRECCIONAL, ESTAS SON LA REGLAS DEL JUEGO, de la misma forma que si firmamos un contrato, una tarjeta de crédito con pago aplazado por ejemplo, cuyo interés en algunas ocasiones es del 2,10% mensual (25,20% anual nominal), ni siquiera la Ley Azcárate de Represión del Usura de 1908  (que sigue vigente) nos va a salvar de su pago, si una empresa formaliza con un contrato de adhesión  con un particular, o acepta las reglas del juego en productos complejos, perfectamente delimitados por la normativa MiFID, de aplicación para la totalidad de los 27 estados de la Unión Europea, mas tres asociados (*) e incumple algunas de sus obligaciones, no estamos ante “defectos de forma”, la realidad es otra, estamos ante incumplimiento de la ley, es así de sencillo, y el ciudadano, con todo el derecho del mundo no solo puede, sino que debe buscar estos “detalles” (que para mí no son simples “detalles”) para abogar a su favor, porque es un hecho, que las entidades si hay “detalles” a su favor, los empleará, de ello no tengo ni las mas mínima duda.

(*) Los 27 estados de la U.E.: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquía, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Paises Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia.

Mas 3 asociados: Noruega, Islandia y Liechtenstein

La emisión de híbridos financieros por parte de las entidades amplió su capitalización, sus posibilidades de crecimiento de balance, por lo tanto, si, de alguna manera su captación colaboró con la aceptación de préstamos hipotecarios que son la base de esta crisis, porque una forma de crecer en las nuevas oficinas que se abrieron, en la expansión mas o menos reciente de las cajas de ahorro, en mi opinión bastante descontrolada, fuera de sus territorios naturales, fue con negocio hipotecario, son cifras altas y por tanto suponen un crecimiento rápido, pero dicho crecimiento precisa de una base de capital, esto está perfectamente regulado, intenté explicarlo en el post  Preferentes, capitalización bancaria, cotización de los bonos (un poco de todo y n@d@ en concreto)  , yo creo por tanto, que la base del rescate bancario es la morosidad, el tema de los híbridos financieros es obvio que tiene relación, sin embargo lo tiene de manera colateral, no como la base del problema. 

Existe otro hecho que habría condicionado de sobremanera la elevadísima cifra de ciudadanos afectados por los híbridos financieros, esta cuestión  ya explotó antes en otros estados de la Unión Europea, tal vez la diferencia sea porque aquí la comercialización fue realizada de forma masiva a inversores calificados como minoristas por la MiFID, en muchos casos a ahorradores que en su vida realizaron inversión alguna, se limitaban a colocar sus ahorros en cuentas a plazo, y en algunos casos podrían tener alguna cuenta de valores (acciones del IBEX o del mercado continuo), pero no en calidad de “jugadores de bolsa”, simplemente alguna posición a la largo plazo ahí, poco mas que eso.

Para mí la explicación no sería porque las entidades financieras españolas pretendieran ser “mas listas” que sus homologas europeas, se trataría en mi opinión de la propia configuración de nuestro sistema financiero, dónde las cajas de ahorro tenían históricamente un peso muy relevante en la custodia de los ahorros de la ciudadanía. Las cajas de ahorro no cuentan con la posibilidad de emitir acciones, no pueden ampliar capital, la única forma de crecer en la cifra de recursos propios (hoy denominado patrimonio neto, tras la modificación el plan general de contabilidad, hace unos pocos años) era con la reinversión de los resultados obtenidos, pero para crecer se precisa de mayor capitalización, los resultados no distribuidos, en este caso a su obra social, serían insuficientes, con lo cual no había otra manera de ampliar la base de capital que emitir estos híbridos financieros, (ver el último enlace, dos párrafos antes del presente)  y con la amplia red financiera española, solo se trataba de dotar a las emisiones de una adecuada política comercial, y eso se hizo, pero mal, muy mal en mi opinión, básicamente por los destinatarios de dichos híbridos, que en buena parte de los casos no cumplían el perfil requerido.

Por tanto y en este punto entiendo que la pretensión de la Unión Europea de aplicar el mismo rasero a cualquier tenedor, por el mero hecho de que el producto es muy parecido, no se sostiene, las diferencias de comercialización y cliente objetivo son radicalmente distintas, si empezamos a comparar las situaciones de los distintos estados,  y los tribunales acabarán por demostrar estas diferencias. No obstante en nada ayudará nuestra escasa cultura de la reclamación, y un mal entendido concepto del ahorro, por el cual en muchos casos no acaba de cuadrar con muchos planteamientos esto de gastar para recuperar (en abogado, en perito, en procurador …) de ahí que solo unos pocos conflictos se dilucidarán en los tribunales, con lo cual en términos globales, incluso considerando los que aceptarán arbitraje, serán una pequeña parte. 

Ahora bien, aun no siendo la base del problema, es un hecho que lo agrava e incrementa, y consecuentemente las cifras del “rescate bancario” tendrán en cuenta esta circunstancia a la hora de determinar los importes precisos, y comparto con muchos foreros la idea de “injusticia” que supone no habiendo participado en esto, tener que pagar la factura, o parte de ella, no obstante me temo que la menos mala de las soluciones es la recapitalización bancaria, la otra, dejarlas caer nos iba a suponer un coste mucho mayor, infinitamente mayor, y también a todos, no solo a los afectados. 

 

www.yoreklamo.com

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  1. en respuesta a Jtorres
    -
    Top 10
    #26
    08/01/13 09:53

    Sin embargo el amigo Karansun12 tiene razón en varias cosas, entre ellas que en EE.UU. han quebrado bancos y no ha ocurrido nada, para mi es un tema cultural, una forma distinta de percepción del riesgo que en Europa no se da, nuestra legislación (la de toda la UE) es mucho mas protectora y en todos los ámbitos, aquí es inconcebible lo de la sanidad privada, ahí la gente lo tiene claro el que quiere sanidad se la tiene que pagar, y el que decide no tenerla sabe que si tiene un problema será atendido por algo así como la beneficencia ....

  2. en respuesta a Jtorres
    -
    #25
    cabreado76
    08/01/13 08:52

    Hombre,,,, en todo ,, en todo no la tiene....

    Esta es la ultima sentencia publica sobre preferentes,,, si se le pega un vistazo rápido se puede entender todo muy bien.... LA ENTIDAD FINANCIERA ESTA OBLIGADA A INFORMAR DE TODOS LOS DETALLES DE LA OPERACION , NO SOLO DE LA PARTE QUE LE INTERESA Y ADEMAS DEBE ESTAR EN DISPOSICIÓN DE DEMOSTRAR QUE LO HIZO. Si esto no es asi y el cliente puede demostrar que su perfil no es adecuado para esta tipo de inversiones,,, ¿como lo dice en la sentencia?,,, a si NULIDAD RADICAL

    http://asuapedefin.com/sentencias/OTROS/S_121226_LIBERBANK_CCANTABRIA_JPI8_SANTANDER_PREFERENTES_PART_SIN.pdf

    Decir que los jueces hacen esto porque se creen una especie de Robin Hood, pues es una percepción , pero la realidad es que los jueces lo que hacen es aplicar las leyes, que en estos temas son muy explicitas....

  3. Top 100
    #24
    08/01/13 00:32

    "Al final, nos guste o no, el soporte a la insolvencia de las entidades bancarias, es la menos mala de las soluciones, y si, es una cabronada que no relacionados con ello, tengamos una parte de la factura contra nuestro bolsillo"

    Esto lo he discutido millones de veces con decenas de personas, y algunas me han defendido que se la trae el pairó. Que hay que dejar caer a todos los bancos insolventes a pelo. Le he explicado que eso llevaría a una retirada de depósitos y de activos en masa, hundiendo lo poco de sistema financiero que quedaría. Le he dicho que la prima de riesgo subiría mil puntos y que la deuda no la compraría ni el tato. Seguian en sus trece. Les reflexionaba con que el estado dejaría de financiarse y suspendería pagos a pensionistas, policia, bomberos, médicos, desempleados, y maestros. Nada, les ha seguido dando igual.

    De forma que a veces es complicado discutir con cabezas cuadradas.

    Buen post (como siempre!). Saludos!

  4. en respuesta a Karansun12
    -
    Top 100
    #23
    08/01/13 00:20

    Excelente post. Te felicito. Tienes toda la puñetera razón.

  5. en respuesta a cabreado76
    -
    Top 25
    #22
    07/01/13 23:00

    La lectura del proyecto de escritura de una hipoteca es un derecho que concede la legilacion española y el banco TIENE la obligación de "recordarlo" al entregar el http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/o2899-2011-eha.html#anexo2

    Ver art. 30 de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

    Es una normativa relativamente reciente pero lo mismo ya se contemplaba en la derogada Orden de 5 de mayo de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios. (Vigente hasta el 29 de abril de 2012) donde en el art 5 se indicaba expresamente que en la oferta vinculante se debia advertir el derecho a examinar el proyecto de escritura publica.

  6. en respuesta a Karansun12
    -
    Top 100
    #21
    05/01/13 02:48

    Yo no temo que se acabe el mundo. Yo temo que siga igual.