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Todos a prestar al insolvente

La crisis económica que a todos nos tiene abrumados y temblando por las posibles consecuencias de las medidas que están tomando los gobiernos, está teniendo también toda una serie de "efectos colaterales". La crisis no sólo está poniendo de manifiesto la falta de ética y de sentido común de quienes manejan los resortes de las entidades financieras; la irresponsabilidad de los dirigentes de los organismos de control del sistema financiero de todo el mundo; que la avaricia dominaba el mundo económico y que mucha gente vivía por encima de sus posibilidades. Está también permitiendo que se descubran toda una multitud de estafas, malas prácticas, falsificaciones y engaños de las más variadas especies, a veces por personas de las que nunca se podría haber esperado tal cosa. Y no me refiero sólo a Madoff y otros de su pelaje, sino a casos mucho más cercanos.

Voy a dedicar toda una serie de artículos a casos que se me van presentando porque creo que tienen un interés general para poner de manifiesto las malas prácticas de los más diversos agentes del mercado y para que todos adopten las precauciones debidas para evitar encontrarse en alguna de las situaciones que voy a describir. Y es que en muchos casos los efectos colaterales de la crisis afecta a las personas más previsoras, conservadoras y prudentes en cuanto al manejo de sus finanzas. También como una muestra de la degradación a que se ha llegado en el sistema económico español y mundial, que llama a inventar otra cosa distinta.

Primer caso: préstamos masivos.

El primer caso a examinar es el de una persona trabajadora algo más que mileurista después de retenciones. Trabajo fijo pero no tiene ninguna propiedad, sólo su sueldo; tampoco tiene avalistas. Desarrolla una profunda depresión y un trastorno de la personalidad que le conduce a realizar compras compulsivamente; y para satisfacer esa compulsión también solicita financiación sin medida.

Límites a la financiación.

Cabe presumir que sus posibilidades de obtener financiación habían de tener un límite. Una persona que no puede aportar garantías reales y que no tiene quien le avale tiene una capacidad muy limitada de obtener financiación por parte de las entidades financieras sometidas al riguroso control del Banco de España y que además presumen de ser las más solventes y rigurosas del mundo, que se ponen como modelo para el resto del planeta financiero.

Presunción errónea. En este país de pandereta una persona sin ninguna garantía puede llegar a obtener préstamos y financiación por vía de tarjetas de crédito de más de una docena de entidades simultáneamente; algunas de esas entidades están dispuestas incluso a facilitarle dos o más préstamos o vías de financiación, con lo que el total de préstamos acumulados puede exceder de docena y media. La cantidad a pagar mensualmente por la prestataria por el conjunto de préstamos y tarjetas de crédito supera su sueldo.

Bien, leído lo anterior supongo que nadie creerá que estoy hablando en serio, todos han entendido que es una exageración, que es imposible que nadie pueda superar los controles de riesgos de las entidades de una manera tan exagerada.

La realidad.


Pues no, no es ninguna broma ni exageración, es la puñetera realidad. Las entidades que operan en este país son tan modélicas que tenían que crecer a toda costa, entraron en una competición entre ellas que las llevaba a demostrar al mercado que cada una crecía más que las demás, que tenía más clientes y concedía más créditos. Por supuesto, para ello todas tenían que saltarse los más elementos controles de calidad y de riesgo.

No piensen que estoy hablando sólo de pequeñas entidades financieras de esas que anuncian en televisión préstamos instantáneos; estoy hablando de esas y de bancos y de cajas de ahorro, españolas y filiales o sucursales en España de bancos extranjeros. Estoy hablando de entidades cuyos presidentes han salido en estos días públicamente a protestar por los excesos de la banca extranjera, que afectan a las entidades que dirigen injustamente...

Situación legal del control de riesgos en Europa.


Debo advertir que el control de riesgos no es una mera advertencia o consejo del Banco de España: la vigente Directiva europea sobre crédito al consumo obliga al prestamista (art. 8) a evaluar la solvencia del consumidor, a partir de la información que éste debe suministrarle pero también acudiendo a las bases de datos existentes, para lo que en España tiene particular relevancia el CIRBE.

La diligencia del profesional financiero.

Pico zapatoAnteriormente, en un Informe de la Comisión europea de fecha 11 de mayo de 1995, ésta recomendaba, siguiendo el ejemplo belga, que se obligase al prestamista a aconsejar al solicitante del préstamo sobre el mismo, su cuantía y posibilidades de devolución; se consideraba que esta obligación forma parte de su diligencia debida como profesional y que su incumplimiento debería dar lugar a que si el consumidor prestatario finalmente no pudiese devolver el préstamo en razón de circunstancias que el prestamista debió haber advertido, se redujesen los intereses de mora o incluso a que se eliminasen totalmente y sólo se debiese devolver el capital prestado (ver los parágrafos 177 a 180, págs 152-3 del informe).

Préstamo responsable.

En concordancia con esas recomendaciones, la inicial Propuesta de Directiva introducía el concepto de "préstamo responsable" en su artículo 9:
Si un prestamista suscribe un contrato de crédito o de garantía, o aumenta el importe total del crédito o el importe garantizado, se supone que ha estimado previamente, por cualquier medio a su disposición, que el consumidor y, en su caso, el avalista, podrán razonablemente cumplir las obligaciones que se deriven del contrato.
Y la irresponsabilidad en la concesión de préstamos no quedaba sin sanción (art. 31 segundo párrafo):
Si el prestamista no respetara las disposiciones relativas al préstamo responsable, las sanciones podrán suponer que pierda el derecho a cobrar intereses y gastos y que el consumidor mantenga el beneficio del pago fraccionado del importe total del crédito.


Financieros irresponsables.

Lamentablemente, la presión del lobby financiero consiguió eliminar esas previsiones, por lo que ahora pueden conceder préstamos irresponsables, como acabamos de ver. Y no es sólo que puedan otorgarlos legalmente o de facto; es que las consecuencias desastrosas para todo el sistema financiero de que lo hayan estado haciendo sistemáticamente se trasladan a toda la sociedad merced a las ayudas que los gobiernos están concediendo a estos trileros irresponsables. Ayudas que, según acabamos de leer, están llegando a que las instituciones públicas lleguen a comprar no sólo "activos tóxicos", sino incluso las propias acciones de esas entidades irresponsables. La irresponsabilidad se consagra y respalda al más alto nivel y a costa de nuestros impuestos. ¿Desde cuándo es cuestión de Estado el precio de las acciones que cotizan en Bolsa?

La solución del prestatario en masa.

En cuanto a la resolución del problema de nuestro prestatario en masa, le he recomendado que deje de pagar todos los recibos y en ese sentido hemos enviado una carta a los prestamistas. Dada la (in)solvencia de esta persona, era imposible que pudiese pagar todos los préstamos, por lo que de todas formas iba a ser demandado por una prestamista tras otra; ya estaba recibiendo llamadas amenazantes de representantes de varias de esas benéficas financieras; no sólo el prestatario, sino también sus familiares y superiores en el trabajo. En definitiva, lo único que puede ocurrirle es que le embarguen el salario con los límites establecidos por la Ley de Enjuiciamiento Civil: una cantidad equivalente al salario mínimo es inembargable; por la siguiente cantidad equivalente se le puede embargar el 30% y por la siguiente el 50%. Hemos advertido a las financieras de la situación existente y que pueden ejercer sus derechos por vía judicial, si les parece pertinente y creen que van a obtener algo con ello (el más rápido sí, el que haga el nº 18 no sé si va a alcanzar para cobrar algo). También están advertidos de que se ejercerán contra ellos acciones legales en el caso de que continúen amenazando o llamando a terceras personas, distintas al propio prestatario; pero también si acosan a éste, ya que su postura es clara y terminante y las llamadas recibidas pueden agravar su mala salud mental. Ver sobre este tema mi anterior artículo sobre las prácticas abusivas de las entidades de recobro de créditos.

El concurso de acreedores no procede.


Advierto que en casos como el presente el procedimiento del concurso de acreedores no es viable, ya que el deudor no tiene patrimonio alguno que se pueda repartir entre los acreedores. Además, en general, este procedimiento ayuda poco a los particulares, está pensado para las empresas.






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  1. #6
    Anonimo
    18/02/09 18:04

    Que nadie olvide que la burbuja inmobiliaria la inflaron los bancos concediendo préstamos hipotecarios hasta por la calle. Que no nos vengan ahora dando lecciones...como sigan así van a hundir el país y las revueltas sociales no tardarán en llegar.

  2. #5
    Anonimo
    08/02/09 17:40

    Caso interesante, lo que no acabo de entender es a dónde quieres llegar.
    La banca tiene criterios de riesgo que se han saltado a la torera; hasta aquí ok. La banca debe intentar dar los préstamos en función de que se los puedan devolver. También de acuerdo. Lo que no entiendo es que tu cliente pase por una víctima; si estaba enfermo, los bancos no lo podían saber. Responsabilidad de su familia y allegados por no haberle incapacitado.
    Los bancos se van a joder, ya que como tu has dicho en el mejor de los casos solo los primeros cobrarán vía embargo de nómina. Pero este caso es una putada para los bancos, no me da mucha pena el deudor. Hay muchas enfermedades mentales, pero la de pedir préstamos compulsivamente no es precisamente la que más pena me da.

  3. #4
    04/02/09 12:29

    Estilpón, tienes una explicación sencilla de las reglas de funcionamiento del Cirbe en el enlace que he puesto en el artículo. Se deben inscribir los préstamos superiores a 6.000 euros, y precisamente en este caso los préstamos de mayor cuantía los otorgó la primera entidad prestamista, el banco con el que venía trabajando la prestataria. Que es lo más frecuente.
    Y sí, en Estados Unidos y Gran Bretaña el índice de endeudamiento familiar es históricamente superior al continental europeo; y tradicionalmente el español era inferior, pero en los últimos años se aproximó al de los anglosajones superando a los continentales, y hubo varias advertencias de responsables del Banco de España.
    Y me mantengo en lo del país de pandereta, porque no me vale con que salgan autoridades y banqueros a poner de modelo nuestro sistema, cuando invertían en la porquería que otros diseñaban, cuando habitualmente siguen prácticas como las que expongo en este blog y cuando ahora no pueden conceder ya crédito porque están al límite de la insolvencia.

  4. #3
    Anonimo
    04/02/09 09:46

    Eso de "pais de pandereta" es totalmente innecesario. El problema que se describes -concesión masiva de tarjetas de crédito- afectó en mucha mayor medida a... los Estados Unidos y Gran Bretaña. Países de pandereta ¡ja!

    Por otro lado, no estaría de más que te informases sobre el funcionamiento de la CIRBE con respecto a los créditos de pequeña cuantía... no son las entidades financieras quienes la definen, ni en límites ni en periodicidad de información.

    -Estilpón

  5. Top 25
    #2
    04/02/09 00:41

    Supongo que igual que han habido compradores compulsivos, también han habido prestadores compulsivos... y es que han sido demasiados años buenos, en los que el que más arriesgaba más ganaba!!

    s2

  6. #1
    Anonimo
    03/02/09 22:16

    Excelente artículo, no es raro escuchar versiones diferentes a la oficial sobre los imprudentes deudores.

    Cada uno tiene su culpa, pero los errores de unos no deben exculpar a los de otros y en este caso quien tenía un interés en mantener esta situación eran las EEFF mucho más que los solicitantes de préstamos.