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Participaciones del usuario Sofise

Sofise 19/10/10 01:40
Ha respondido al tema Consulta sobre codiciables en caso de siniestro por robo en domicilio.
Buenas noches: Imagino que tu poliza te indicara el importe a partir del cual se tendria qe declarar el objeto de valor, asi mismo puedes solicitar a tu mediador que a peticion del tomador del seguro se relacionen aquellos objetos que relaciones. Ademas de lo anterior y ante la falta de factura se puede demostrar a posteriori la preexistencia con fotografias y por ultimo nos basaremos en el articulo 38 de la LCS 50/80 que indica " Incumbe al asegurado la prueba de la preexistencia de los objetos. No obstante, el contenido de la póliza constituirá una presunción a favor del asegurado cuando razonablemente no puedan aportarse pruebas más eficaces." Un saludo www.sofise.es
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Sofise 17/10/10 21:29
Ha respondido al tema Siniestro de coche
Buenas tardes: Imagino que la oferta estara entre 1000 a 1500 €, deduciendo de dicho importe restos. El seguro esta contratado a traves de algun mediador?. Si asi fuera imagino que podra negociar un importe superior. Recordar que quien ha efectuado la valoracion es tu propia entidad aseguradora (en base a los convenios establecidos entre ellas) ese aspecto en el caso que nos ocupa es un arma de presion con el fin de elevar la indemnizacion de un siniestro total. Un saludo www.sofise.es
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Sofise 17/10/10 21:15
Ha respondido al tema Seguros Mapfre con Cajaespaña
Buenas tardes: En primer lugar te preguntaria que te lleva a contratar el seguro a traves de un operador de banca seguros? Quizas como has elegido dicha via para la contratacion de tu seguro deberian de ser ellos quien te contestaran y los diferentes pasos a seguir (aunque me imagino que no, habida cuenta de que seria ir contra sus intereses) Lo que yo haria si mi mediador fuera un operador de Banca seguros vinculado y tuviese un caso como tu: a.- Segun parece tienes una documentacion facilitada por dicho operador, el problema me imagino viene porque no han diligenciado con Mapfre la solicitud b.- Con dicha documentacion y entendiendo que es una responsabilidad de dicha entidad basandome en el articulo 18 de la Ley 26/2006 exigiria el resarcimiento del pago c.- como imagino que en la oficina bancaria no te haran ni p... caso exigiria me facilitaran los datos del servicio de atencion al cliente y les expondria el caso. d.- Asi mismo plantearia reclamacion ante la DGS, pero no exponiendo el caso, sino informandole que dicha entidad esta intermediando seguros con Mapfre cuando en su publicidad del ramo de automoviles indican (copio y pego) CAJA ESPAÑA ASESORES. OPERADOR DE BANCA SEGUROS VINCULADO, S.A. Inscrito en el Registro Especial de Mediadores de Seguros de la DGSyFP, con el número OV-0025. Compañías aseguradoras: Caser, Fiatc, Groupama, Pelayo y Reale. Por tanto efectua un incumplimiento del articulo 25 apartado 3º de la citada Ley donde indica (y cito textualmente) En la publicidad que el operador de banca-seguros vinculado realice con carácter general o a través de medios telemáticos, además, deberá hacer mención a las entidades aseguradoras con las que hayan celebrado un contrato de agencia de seguros e.- Asi mismo remitiria la documentacion a Mapfre informandole de la actuacionn de uno de sus operadores. Asi es como actuaria yo, ademas de contratar mis seguros con un mediador de mi confianza y esa confianza no me la merecen los operadores de banca-seguros. un saludo Conclusion: Si tienes ganas de tocarles las narices tienes medios mas que suficientes. www.sofise.es
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Sofise 15/10/10 01:59
Ha respondido al tema Tema siniestro sin resolver
Buenas noches: Y su compañia es?, mas que nada porque 17 dias despues es tiempo mas que suficiente para que su entidad aseguradora tenga datos sobre la cia de seguros del adverso (por lo que comenta imagino que sera una cia de contratacion telefonica). Llame a su entidad aseguradora, indiqueles que si desconocen la entidad aseguradora efectuen una localizacion en trafico (para conocer el propietario del vehiculo) asi mismo les comenta que les da x dias (ponga ud. el numero de dias) para que le faciliten datos del vehiculo y de su entidad aseguradora o en su defecto de comunicacion de que carece de seguro para efectuar reclamamcion al CCS ya que en caso contrario pondra el caso en manos de un letrado particular (compruebe el limite que tiene establecido en poliza) y por ultimo cuando contrate un seguro no solo vea el precio (importe economico) sino el coste (precio + sus gestiones) que por desgracia a ud le esta tocando sufir. Un saludo www.sofise.es
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Sofise 08/10/10 00:06
Ha respondido al tema Seguros Vitalicio no cumple
Buenas noches: Imagino que la comunicacion extraviada por parte de la cia sera exactamente igual a la recibida por tu parte, dirigete a la oficina mas cercana que te sellen una copia y que la remitan por valija y desde esa misma oficina que contacten con la persona a quien le tiene que llegar la comunicacion. Un saludo www.sofise.es
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Sofise 07/10/10 20:40
Ha respondido al tema Comunicacion del seguro de vida al beneficiari@
Buenas tardes: NO, la aseguradora no tiene ningun tipo de obligacion. Una vez dicho esto entiendo particularmente que cuando se produzca el fallecimiento de una persona es mas que conveniente "invertir" 3´50 € y que el supuesto beneficiario no tenga ninguna duda Un saludo Nota: Creo recordar asi mismo que el citado modelo 790 sirve para solicitar el registro de "ultimas voluntades", asi que a la vez que se solicita para la declaracion de herederos no esta de mas solicitar las anotaciones de contratos de seguros en el registro (entiendo que NO existe ningun tipo de desproteccion para los beneficiarios, aspecto que anteriormente si se producia.) www.sofise.es
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Sofise 06/10/10 23:20
Ha respondido al tema Comunicacion del seguro de vida al beneficiari@
Buenas noches: Tan sencillo como pedir mediante el modelo 790 del Ministerio de Justicia y abonar la tasa de 3.50 € aportando: .- certificado de defunción .- el Número de Identificación Fiscal (NIF) del solicitante y del fallecido. .- el resguardo del abono de la tasa correspondiente Esta regulado mediante la Ley 20/2005 http://www.sofise.es/index.php?option=com_phocadownload&view=file&id=297:ley20-2005&Itemid=111 Y el desarrollo de la Ley mediante el Real Decreto 398/2007 http://www.sofise.es/index.php?option=com_phocadownload&view=file&id=298:desarrllo-ley20-2005&Itemid=111 Un saludo www.sofise.es
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Sofise 06/10/10 00:10
Ha respondido al tema Dudas culpabilidad accidente por cambio de carril
Buenas noches: Te comento: a.- Tema culpabilidad: Tu compañia aplica culpabilidad e convenio, con respecto a que efectuas un cambio de carril (te acompaño tabla de culpabilidad CIDE) http://www.sofise.es/index.php?option=com_phocadownload&view=file&id=4:culpabilidadcide&Itemid=111 Asi mismo puedes observar como tratan las compañias (en el convenio establecidas entre ellas el tema de Giros (apartado 18, pagina 36) y circulacion en paralelo/cambio de carril (apartado 8, pagina 15) http://www.sofise.es/index.php?option=com_phocadownload&view=file&id=14:apliccideascide&Itemid=111 b.- Reglamento de circulacion: El mismo indica en su C A P Í T U L O VII, ADELANTAMIENTO SECCIÓN 1; ADELANTAMIENTO Y CIRCULACIÓN PARALELA ARTÍCULO 82- en su apartado tercero se indica "Dentro de los poblados, en las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de marcha, delimitados por marcas longitudinales, se permite el adelantamiento por la derecha a condición de que el conductor del vehículo que lo efectúe se cerciore previamente de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios". Conclusion: Culpa Un saludo www.sofise.es
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Sofise 05/10/10 19:08
Ha respondido al tema Que motiva a un cliente para hacerse un seguro de vida
Buenas tardes: Mal vamos cuando se habla de “vender”, esto para mi es como cuando los bancos te “colocan” sus seguros. Particularmente yo planteo al cliente la “necesidad” pero dejando bien claro que es SU necesidad (no la mía o la de la entidad aseguradora, ). Si eliminamos los seguros “obligatorios” nos tenemos que basar en como digo la necesidad del cliente, imagínate que me lo quieres ofrecer a mi y me planteas el precio (40 €), esta claro que el capital no será muy elevado y por tanto dejarle a mi esposa un seguro con un capital ínfimo NO me interesa, otra cosa es que hablemos de mi nivel de vida, mis gastos fijos (o los de mi mujer) y cual seria el resultado si yo faltara, que duda cabe que el capital resultante seria superior al que ofreces con esos 40 € ya que ese que me ofreces no crea en mi una necesidad (lo mas normal es que si te lo hago es por un favor, no porque me resuelvas nada). Por tanto mi planteamiento reitero es la necesidad que tenga el cliente. Pongámonos en que después de hablar con el cliente entiende que tiene ese interés, nos encontramos con dos aspectos, capital y coste del seguro y lamentablemente ambos son incompatibles entre si, me explico: Volvamos a mi como cliente tipo y te indico que el capital que deseo son 600.000 €, en cuanto me digas la prima resultante la necesidad se convertirá en un aspecto claro que será la imposibilidad de pagar la prima. En ese momento es cuando uno tiene que asesorar al cliente, un planteamiento puede ser desglosar esos 600.000 € de capital en un capital de muerte con doble y triple capital (sigues hablando del mismo capital pero el importe total varia sensiblemente), innegablemente la prima será lo suficientemente alta para seguir efectuando planteamientos y en ese momento ya entran las acciones comerciales que uno conozca y las mismas únicamente las da la experiencia (aunque insisto que sea el cliente quien asuma que la contratación de dicho seguro de vida es necesario ya que sino el resultado es que te esta haciendo un favor regalándote 40 € (aunque no sea así). Un consejo, la gestión de venta de un contrato de 40 € es la misma que un contrato de 200 € o de 600 € y el tiempo dedicado a su comercialización sin duda será inferior a la comisión que te ofrezca la cia. Por ultimo cuando un cliente te solicite tu intermediación se sincero y no intentes “vender” un contrato en el cual no crees (por ejemplo el decesos, yo no creo en el y existe clientes que lo demandan (quizás por aspectos tan recurrentes que lo han vivido en casa de sus padres o un mal entendido servicio en esos momentos en los que se pierde un ser querido, cuando si vas a un tanatorio y pones 3500 € sin duda te ofrecerán un servicio mas que digno) Conclusión: primero necesidad del cliente y cuando esta exista, asesoramiento (incluso para decirle que el contrato que tiene (sea de vida u otro) esta perfecto y que no puedes llegar a dichas coberturas (perderás una “venta” pero ganaras prestigio) y a la larga en este negocio es estar aunque cierres una operación 5 años mas tarde. Un saludo www.sofise.es
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