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Participaciones del usuario ritekg5 - Economía

ritekg5 05/04/26 22:40
Ha respondido al tema Bbva IMV ingresos previstos - Ingreso mínimo vital
creo que me la suspendieron.  Llama mañana o el martes al 020 e infórmate de los motivos, aunque en esos casos te lo notifican por DEHú... ¿har mirado si tienes allí algo?
ritekg5 05/04/26 21:43
Ha respondido al tema Bbva IMV ingresos previstos - Ingreso mínimo vital
Ambos funcionan perfectamente (aunque como sabes el certificado integral de prestaciones solo refleja el último pago recibido del IMV)... si pruebas de nuevo y no funciona, inténtalo más tarde o bien desde otro navegador de internet (a mí por ejemplo, desde firefox me da problemas a veces, así que uso otro navegador en el portátil y arreglado)https://carpetaciudadana.gob.es/https://revista.seg-social.es/-/certificado-integral-de-prestaciones
ritekg5 05/04/26 21:38
Ha respondido al tema Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Por las fechas de notificación del IMV seguramente tu primer pago del mismo será a finales de este mes de abril.
ritekg5 05/04/26 21:36
Ha respondido al tema Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital
Necesitas adjuntar certificado de empadronamiento colectivo de tu nueva dirección a través de https://prestaciones.seg-social.es/servicio/comunicar-datos-ingreso-minimo-vital-complemento-ayuda-infancia.htmlAhora bien, recuerda que una vez realizado el trámite de cambio de dirección, Hacienda (y, por tanto, la Seguridad Social en sus revisiones del IMV) os imputará el valor de tu vivienda en propiedad como patrimonio (cosa que ahora mismo no hace, porque resides en la misma) además de que los ingresos obtenidos por su alquiler os los computarán como ingresos a descontar de tu IMV.Evidentemente, cuando hagan dicha revisión es muy probable que sufras una extinción de tu IMV por tales circunstancias, algo que deberás evaluar.
ritekg5 04/04/26 23:08
Ha respondido al tema Bbva IMV ingresos previstos - Ingreso mínimo vital
Si es como el año pasado, el pago de finales de mayo ya será con la revisión realizada y se empezarán a ver a finales de mayo las notificaciones de los ajustes a los "afortunados".Si hay suerte y lo adelantan, pues igual en lugar de mayo será ya para este mes de abril.Tocará estar pendiente.  Otra cosa no puedo decirte.
ritekg5 03/04/26 19:21
Ha respondido al tema Entra en vigor nuevo incentivo al empleo - Ingreso mínimo vital
570€ que vienen de 4270 menos 3700 (suponiendo esas cifras que indicas).
ritekg5 03/04/26 13:31
Ha respondido al tema Santander - Ingreso mínimo vital
Como te pasas 🤣🤣🤣
ritekg5 03/04/26 13:13
Ha respondido al tema Entra en vigor nuevo incentivo al empleo - Ingreso mínimo vital
Réstale a tus ingresos del 2025 los del 2024 y ese será el máximo "incentivo" que te bonificarán sobre tus ingresos del 2025 que te restarán para determinar que IMV te pertenece este 2026.Está explicado más arriba en www.rankia.com/foros/economia/temas/7258624-entra-vigor-nuevo-incentivo-empleo-ingreso-minimo-vital?page=1#respuesta_7258727De todas formas todo eso te vendrá detallado en una tabla en la notificación del ajuste que nos hagan el mes que viene.
ritekg5 03/04/26 10:49
Ha respondido al tema Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Que sean tan lentos en el departamento de Estadística de tu Ayuntamiento es un palo, pero eso ni nos va, ni nos viene, ni depende de ti... cuando te puedan dar dicho documento acreditativo comunicas la variación y arreglado, es que no se puede hacer más ... ¿qué otra cosa puedes hacer? ... ¿acudir todos los días a meterle prisa al funcionario de turno?, ¿pagarle un almuerzo para que te haga el certificado más rápido?, ¿ponerle una queja formal por ser más lentos que un caracol?
ritekg5 03/04/26 10:45
Ha respondido al tema Subida Imv 2026 - Ingreso mínimo vital
Perdona, pero ¿qué parte de todo lo comentado antes y otras cosas al respecto mencionadas en este mismo hilo, no entendiste o no puedes aplicar a tu caso?La base para calcular el incentivo son todos los ingresos fuera del IMV obtenidos por la unidad de convivencia del año pasado (año 2025 para esta revisión del 2026) MENOS los del año anterior (año 2024 para esta revisión del 2026)Si vosotros, en 2024, tuvisteis 17200€ de ingresos, en 2025 tiene que salirte más de esa cifra si quieres "incentivo"...  la DIFERENCIA entre ambos años será la base sobre la que se calcule el "incentivo al empleo del IMV" aplicable en cada caso.Ya se explicó "la novedad" de este año en www.rankia.com/foros/economia/temas/7258624-entra-vigor-nuevo-incentivo-empleo-ingreso-minimo-vital?page=1#respuesta_7258727 así como en varios post con ejemplos dentro de este mismo hilo:👉  www.rankia.com/foros/economia/temas/7108545-subida-imv-2026-ingreso-minimo-vital?page=31#respuesta_7261437👉  www.rankia.com/foros/economia/temas/7108545-subida-imv-2026-ingreso-minimo-vital?page=30#respuesta_7258999👉  www.rankia.com/foros/economia/temas/7108545-subida-imv-2026-ingreso-minimo-vital?page=29#respuesta_7258754Recordemos siempre que el IMV en importe anual que nos apliquen en la revisión será el de la renta garantizada para nuestra unidad de convivencia MENOS los ingresos computables del año pasado MÁS el posible incentivo al empleo que puedan aplicar... lo que resulte lo divides entre doce y tienes el importe mensual de IMV para este año al que tendrás que sumarle el CAPI, que va en función de las edades de los menores que puedan convivir con nosotros.Y, obviamente, si tus ingresos del año pasado superan los de la renta garantiza para el año en curso y no te pueden aplicar una buena "bonificación de incentivo al empleo" (que impida te resten todos esos ingresos del IMV), pues te dejarán un IMV super reducido como siempre ha ocurrido más aparte tener que devolver lo cobrado de más... lo del incentivo al empleo ya sabemos que funciona de cine cuando el año pasado trabajaste pero no el anterior, pero cuando trabajas dos años seguidos el crujido que le meten al IMV es de cuidado como ya se ha dicho muchas veces a lo largo de los años en el foro y más de uno lo ha experimentado.Con los ejemplos de los enlaces anteriores cada uno se lo puede calcular fácilmente aplicando sus cifras, aunque lo mejor y más sencillo es esperar a que la Seguridad Social nos notifique el ajuste realizado en la revisión del IMV y revisar la tabla de dicha notificación que reflejará sus cifras usadas en los cálculos y será más simple de comprobar que coincida con nuestras cábalas e IRPF, y si vemos errores o fallos, pues tocará reclamar.