Ha respondido al tema
Santander - Ingreso mínimo vital
ritekg501/04/26 17:44
Ha respondido al tema
Santander - Ingreso mínimo vital
Buena respuesta... a mí me choca leer el tocho que ha puesto el otro para no decir ni preguntar nada 😏 pero eso sí, al menos va merendado con tantas letras comidas.
ritekg501/04/26 15:49
Ha respondido al tema
Cuánto tardan en incluir a hijo recién nacido? Ya me han pedido su documentación.. - Ingreso mínimo vital
Con suerte, en menos de un mes te notificarán algo... sin suerte, pues más tiempo 😏
ritekg501/04/26 15:36
Ha respondido al tema
Subida Imv 2026 - Ingreso mínimo vital
Jaleo ninguno, es solo hacer unas simples sumas y restas casi 😏En tu caso, con esas cifras que indicas, tu IMV se quedará en la renta garantizada para tu unidad de convivencia (un adulto y dos menores, monoparental, que son 16.021,80 € anuales) MENOS tus ingresos del 2025 que dices fueron 9600€, MÁS incentivo al empleo de 300€ (la diferencia de ingresos del 2025 menos los del 2024) que arroja 6721.80€ anuales o 560,15€/mes de IMV, más aparte el CAPI mensual que va en función de las edades de los menores.Así se te debería quedar lo tuyo (más o menos claro, si cambia alguna cifra en ingresos computables del 2025 o del 2024, pues varían todas las cifras, pero la forma de calcularlo ya se ha explicado muchas veces)... de todas formas, cuando recibas la notificación a finales de mayo del ajuste realizado en tu IMV la revisas y nos cuentas.
ritekg501/04/26 15:28
Ha respondido al tema
Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Solo te puedo decir lo mismo que ya te han dicho en la Seguridad Social. En todo caso, si quieres, puedes plantear una queja de servicio https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/Sugerenciasyquejas reflejando todos los detalles posibles a ver si te responden algo o al menos agilizan tu expediente.
ritekg501/04/26 09:41
Ha respondido al tema
Santander - Ingreso mínimo vital
Lo sé y como ya sabes, algunas veces "las preguntas" que se hacen en el foro son muy parcas en contenido 😏 pero bueno, es lo que dices, se intenta ayudar de la mejor manera posible y lo que cuenta siempre es la intención.Paz, luz y amor.
ritekg501/04/26 08:15
Ha respondido al tema
Subida Imv 2026 - Ingreso mínimo vital
No te compliques; ahora calcular el "incentivo al empleo del IMV" es más simple: >> Si tus ingresos del año pasado NO SUPERAN los del anterior, tienes cero "incentivo al empleo".>> Si tus ingresos por trabajo del año pasado SUPERAN a los del anterior, la diferencia (ingresos del 2025 menos los del 2024) define la base sobre la que se calculará la cifra de "incentivo al empleo del IMV" en la revisión del IMV, que básicamente es dinero de tus ingresos del año pasado que no te restarán para calcular que IMV te corresponde.El "incentivo" será el resultado de hacer un cálculo por tramos sobre dicha base: los primeros 6000€ son el 1er tramo y lo que supere dicha cifra, dividido entre dos, el 2º tramo... sumas ambos tramos y lo que arroje es lo que te bonificarán.Te pongo unos ejemplos sencillos: Ingresos del 2025 = 7000€Ingresos del 2024 = 9000€Como en 2025 no superaste tus ingresos del 2024, no tienes ningún incentivo al empleo, así que de tu IMV se te restarán todos tus ingresos del año pasado y no tendrás bonificación alguna. Ingresos del 2025 = 9000€Ingresos del 2024 = 500€Diferencia de ingresos: 9000€ menos 500€ = 8500€Tramo 1 = primeros 6000€ de los 8500€Tramo 2 = lo que supere esos 6000€ hasta 8500€, dividido entre dos = 1250€Incentivo al empleo que te pueden aplicar: 6000€ + 1250€ = 7250€ así que, por tanto, te restarán tus 9000€ de ingresos y te bonificarán 7250€ de los mismos, por lo que solo te quitarán realmente 1750€Guardaros este tipo de post y así cada uno se puede hacer sus cuentas fácilmente.
ritekg531/03/26 19:18
Ha respondido al tema
¿Nuda propiedad cuenta como patrimonio para el IMV? - Ingreso mínimo vital
Avises o no avises, les aparecerá el año que viene... aunque claro, "si avisas" pueden interpretar que renuncias al IMV por haber percibido una herencia (ya les ha pasado a otras personas en el pasado y así lo han comentado en el foro).Si el valor de la vivienda heredada (tu 50%) supera el valor máximo de umbrales de patrimonio para poder cobrar el IMV, en mayo 2027 durante la revisión del IMV se te suspenderá cautelarmente y en la revisión de octubre se te extinguirá. Eso si, solo te reclamarían lo cobrado en 2027.Lo que importa es que el saldo a 31 diciembre (o el saldo medio del 4T, el mayor de ambos) junto al valor de referencia de inmuebles que no sean tu vivienda habitual, no superen tu umbral máximo de patrimonio permitido para el IMV. Esa es la regla de valoración de Hacienda y la de la Seguridad Social que debes respetar.E insisto en que si fuera mi caso, no avisaría de la herencia a la Seguridad Social... ya ellos cuando se enteren en 2027 si tienen que hacer algo que lo hagan.
ritekg531/03/26 19:10
Ha respondido al tema
Entra en vigor nuevo incentivo al empleo - Ingreso mínimo vital
Ni idea... yo soy +18 pero -99 😉 En realidad no tengo ni idea del perfil de edad de la gente que percibe el IMV y mucho menos del perfil de la gente que entra al foro... si me tengo que mojar dando una cifra seria sobre 40 años, pero ya te digo que sería más una apuesta que algo demostrable con datos.
ritekg531/03/26 18:09
Ha respondido al tema
¿Nuda propiedad cuenta como patrimonio para el IMV? - Ingreso mínimo vital
El impuesto de sucesiones se presentó el año pasado Entonces lo que habéis realizado es la aceptación de la herencia por completo pero en 2025, no ahora.Fíjate en tus datos fiscales del 2025 https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/DFPA-D182/SvVisDF25Net porque debería aparecerte imputado el 50% del inmueble de la herencia y su valoración. Si no te aparece ahí este año genial, pero te aparecerá el año que viene.Insisto en que personalmente no diría nada y que fuese la Seguridad Social la que haga lo que tenga que hacer, pero ya te anticipo que como te aparezca el inmueble en los datos fiscales del 2025 y superes patrimonio por dicha historia lo más normal es que en la revisión de mayo te suspendan el IMV (y si no te aparece el inmueble ahora, seguro te aparecerá en la consulta de datos fiscales 2026 para la renta del año que viene).Básicamente, ahí en tu caso, el problema es la valoración del inmueble que Hacienda te impute más el saldo bancario de tus cuentas a 31 de diciembre de 2025 o el saldo medio del 4T 2025 (el mayor de ambos es el que se considera a efectos de patrimonio)... por eso te comentaba que mires tus datos fiscales en Hacienda en el enlace anterior y revises bien lo que te aparece, porque esa información es la que usará la Seguridad Social ahora en mayo para la revisión provisional del IMV.