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Participaciones del usuario ritekg5 - Economía

ritekg5 11/06/25 12:47
Ha respondido al tema Atrasos imv - Ingreso mínimo vital
La renta garantizada máxima para una persona adulta y un menor en este 2025 son 10277,52.- euros anuales (856,46,- al mes) más aparte el CAPI que irá en función de la edad del menor.A dicho importe máximo anual se le restan los ingresos que hubieras tenido en el año anterior, los cuales se ven en varias casillas de la declaración de la renta, junto a otras cosas que no aparecen, pero que pueden estar computándote, como por ejemplo pensiones de alimentos percibidas por el menor... el resultado es tu IMV para este año 2025.Como te dije antes, a todos se nos ha revisado el IMV con datos provisionales de ingresos del año pasado, y se nos ha enviado una notificación telemática en DEHú https://dehu.redsara.es/ o carta certificada con dicho resultado... revisa la misma y comprueba en la tabla que va en la segunda página (por detrás) que ingresos te han computado del año pasado y si te cuadra con los ingresos que tuviste en 2024, que por eso te lo comenté antes.Las pensiones de alimentos que tengas concedidas mediante sentencia de divorcio y convenio regulador son consideradas ingresos a restarte para obtener el IMV que te corresponda, aunque el deudor no esté abonándolas, también se te descuentan.  Si fuera tu caso (es decir, que no las estés percibiendo y no quieres que te las descuenten del IMV) tendrás que solicitar en el juzgado ejecución de sentencia por impago de pensiones alimenticias, comunicándoselo a la Seguridad Social para que lo tengan en cuenta en tu expediente.
ritekg5 11/06/25 08:33
Ha respondido al tema Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Bueno, en el fondo es la misma solicitud y gestión, solo que conceden IMV + CAPI o solo CAPI en función de ingresos y patrimonio... el CAPI no te pedirán devolverlo a no ser que superéis patrimonio de 89555,93.- euros en IRPF 2024 como ya te he comentado... en años anteriores los importes se han revisado con la última declaración de la renta a partir de octubre y te avisan con una notificación telemática en DEHú a quien solicitó la prestación.
ritekg5 11/06/25 07:56
Ha respondido al tema Ayuda del complemento de la infancia - Ingreso mínimo vital
Para percibir el IMV en una unidad de convivencia de dos adultos y dos menores (que es vuestro caso) y que para 2025 son 15021,02.- euros anuales de IMV, no debes haber superado dicho umbral de ingresos en el 2024 ni superar un patrimonio de 44777,96 euros. En caso de superar dichos umbrales de ingresos o patrimonio y existiendo menores en dicha unidad de convivencia, solo podrás recibir CAPI siempre que el patrimonio de la unidad de convivencia no supere los 89555,93 euros. Toda esa información está indicada en https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/En vuestro caso, solo os han aprobado CAPI porque en 2024 o 2023 superasteis ingresos y/o patrimonio, el cual incluye tanto cuentas bancarias de las que seamos cotitulares aunque no sean nuestras (por ejemplo, si figuramos en la cuenta de un familiar allegado, la parte proporcional de su saldo a todos los efectos fiscales es nuestro aunque sea la cuenta de nuestra madre donde tiene una cifra interesante que son los ahorros de toda la vida), inmuebles y locales excepto nuestra vivienda habitual y valorados a precio de mercado, criptomonedas, pensiones de alimentos o compensatorias que se reciban, etc.En unos meses se nos revisará a cada uno las cuantías que le corresponde de IMV en base a las declaraciones de la renta del IRPF 2024 y, si se detecta que no sumerias el límite de ingresos para percibir el IMV, se os activará de oficio el mismo en la cuantía que corresponda tras restar los ingresos del año pasado, como es la norma habitual.También te recuerdo que, como beneficiarios del IMV, todos los miembros de vuestra unidad de convivencia están obligados a realizar declaración de la renta https://revista.seg-social.es/-/renta-2024-preguntas-respuestas-para-perceptores-imv
ritekg5 10/06/25 22:18
Ha respondido al tema Cambio domicilio IMV - Ingreso mínimo vital
 me pueden hacer lio por hacer el cambio de domicilio al coliving?? Posiblemente sí... cuando notifiques el cambio de dirección, adjúntales contrato de alquiler y facturas / pagos realizados, e insísteles y deja bien claro que tu unidad de convivencia NO ha cambiado, que se trata solo de un cambio de domicilio.  Suerte.
ritekg5 10/06/25 21:18
Ha respondido al tema Duda declaración renta e Imv - Ingreso mínimo vital
  
ritekg5 10/06/25 21:11
Ha respondido al tema Cobro imv Openbank - Ingreso mínimo vital
   
ritekg5 10/06/25 21:09
Ha respondido al tema IMV, ayuda al alquiler y bono social termico. - Ingreso mínimo vital
No sé al final como actuarán pero cada caso es un mundo... personalmente pensaba que las dejarían todas en el limbo hasta que lanzasen la revisión definitiva (que posiblemente este año sea un pelin antes, en septiembre, quizás), pero ya he leído a una o dos personas que tras reclamar se lo han revisado y ajustado bastante rápido, así que genial.
ritekg5 10/06/25 21:05
Ha respondido al tema Cobro de herencia - Ingreso mínimo vital
Tranquilo, se interpretó correctamente que te comiste la "m" jajajaja no pasa nada, somos humanos y cometemos errores... incluso yo que a veces repaso las respuestas que doy, veo a veces alguna que otra letra cambiada o comida jejee
ritekg5 10/06/25 18:03
Ha respondido al tema Atrasos imv - Ingreso mínimo vital
¿Desde cuándo percibes el IMV?¿Qué cobraste en marzo de IMV y que has cobrado en el último pago de IMV hace unas semanas?¿Cuántas personas adultas forman tu unidad de convivencia y cuantos menores?¿Qué te indica la notificación recibida sobre la revisión PROVISIONAL del IMV que nos hicieron el mes pasado en su tabla de la parte de atrás? (me refiero a esta 👇👇 que habrás recibido, pero a la tabla que viene detrás... pasa foto de dicha tabla tapando el número de cuenta bancaria)
ritekg5 10/06/25 17:53
Ha respondido al tema Cobro de herencia - Ingreso mínimo vital
Ni te preocupes por comunicar eso... limítate a hacer tu IRPF y declarar lo que corresponda en la declaración de la renta (que una herencia así como tal que indicas no se declara por ninguna parte en el IRPF tampoco)