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Participaciones del usuario ritekg5 - Subsidios

ritekg5 20/07/26 08:10
Ha respondido al tema Ingreso mínimo vital herencia
Aun así, que sepas que POSIBLEMENTE en la revisión provisional del IMV de mayo 2027 te paralicen cautelarmente el IMV hasta hacer la revisión buena ya con tu IRPF 2026 presentado... ya si eso en octubre cuando te reactiven el IMV te darán todo lo pendiente, eso sí, pero si dependes exclusivamente del IMV para vivir piensa que puedes estar varios meses sin ingresos por ese motivo.
ritekg5 19/07/26 08:41
Ha respondido al tema Ingreso mínimo vital herencia
Puedes hacer lo que prefieras, aunque si fuera mi caso yo no diría nada al respecto porque eso ya aflorará en su momento en el IRPF correspondiente.También deberás considerar que, hagas lo que hagas, lo más probable es que a raíz de la revisión provisional del IMV en mayo del año que viene podrían suspenderte cautelarmente el IMV hasta la revisión buena de octubre, como alguna persona comenta en el foro que le ha ocurrido (independientemente de lo heredado), eso suponiendo que no te lo suspendan directamente nada más comunicar "oigan que he cobrado una herencia" ya mismo.
ritekg5 10/07/26 22:19
Ha respondido al tema Ingreso mínimo vital herencia
Miran esa información cuando no hay herencias por en medio.Lo más probable es que en la revisión de mayo 2027 Hacienda les informe de ese tema de herencia recibida y te suspendan el IMV en ese momento hasta la revisión de octubre, que hay ya te dirán que al superar patrimonio, pues te extinguen el IMV con efectos desde 01/01/2027.
ritekg5 10/07/26 14:09
Ha respondido al tema Ingreso mínimo vital herencia
Buena pregunta ... a efecto de sucesiones entiendo que el caudal hereditario son 36.000€ independientemente de que ya hayas dispuesto una buena parte del mismo, por lo que a efectos de la Seguridad Social e IMV interpreto que será lo que te imputen (es decir, lo declarado en sucesiones que serán dichos 36.000€)
ritekg5 25/05/26 08:39
Ha respondido al tema Cobro ING Ingreso mínimo Vital
¿Y es necesario abrir tres hilos nuevos para decirlo? 🙄 (Todo el mundo que cobra el IMV en ING sabe de sobra que los días 25, sean laborables o festivos, antes de las siete de la mañana ya se tiene el IMV ingresado en la cuenta bancaria).
ritekg5 15/05/26 20:00
Ha respondido al tema Primer pago del IMV - Ingreso mínimo vital
Habrás recibido una notificación de la Seguridad Social con la aprobación del IMV.  Mírate la fecha de salida (arriba a la derecha de la misma) y si es anterior al día 8 del mes en curso, tu primer pago será ese mismo mes... de lo contrario, hasta el mes siguiente no te abonarán el primer pago de tu IMV.Las fechas de pago del IMV dependen de cada banco... algunos nos adelantan el dinero para que aparezca en cuenta el 23-24-25-etc. y otros, muy pocos, no lo hacen y hasta el primer día laborable del mes siguiente no te lo ingresan.  Si quieres saber más al respecto busca por el foro que verás todos esos detalles.Ahhh y enhorabuena por el IMV.
ritekg5 11/02/26 11:44
Ha respondido al tema Denegado ingreso mínimo vital por patrimonio
Lo miran todo excepto la vivienda habitual, como indicó el compañero/a, y no el valor catastral de la propiedad rústica, sino el valor de referencia, que siempre suele ser superior al catastral, aunque inferior al precio de mercado inmobiliario (lo que realmente valdría ese inmueble puesto a la venta valorado a justiprecio en tasación).Siendo un adulto más dos menores y habiendo solicitado el IMV en 2025, vuestra renta garantizada en 2025 serian 12649,20€ y no podéis pasaros de patrimonio que supere tres veces dicha cifra, lo que serían 37947,60€ excluyendo la vivienda habitual... ya solo el 50% del valor catastral (aunque ya te digo que miran el de referencia, que es superior) del inmueble rústico supera esa cifra, así que es normal que te hayan denegado el IMV, aunque imagino si te habrán concedido el CAPI por los menores siempre que no superes en patrimonio 6 veces la renta garantizada anterior (o sea, unos 75895,20€).
ritekg5 18/01/26 12:46
Ha respondido al tema Ingreso mínimo vital
Si dos personas que cobran el IMV de forma solitaria (porque su dirección de empadronamiento es distinta y forman unidades de convivencia independientes entre sí) después se empadronan en una misma dirección, aunque se comunique porque es lo correcto, puede pasar cualquier cosa siendo lo más probable en un futuro la suspensión o extinción de ambos IMV por fraude, así que te recomiendo mejor que preguntes el asunto en una oficina de la Seguridad Social y te den las pautas de como actuar al respecto... supongo te dirán que, el mes anterior del cambio de empadronamiento común, uno de ambos solicite la extinción de su IMV, después hagáis el empadronamiento común y el otro titular del IMV comunique en variaciones tanto el cambio de dirección como el incremento en un +1 adulto de su unidad de convivencia.Para empecinarse en querer mantener ambos IMV a pesar de estar empadronados en una misma dirección, la única solución es la intervención de Servicios Sociales ante la Seguridad Social para acreditar que cada uno de ustedes forman unidades de convivencia independientes a pesar de estar empadronados en una misma única dirección y así mantener cada uno su propio IMV, gestión que evidentemente planteará dudas en Servicios Sociales para acreditarlo por motivos obvios, aunque mejor deberían preguntarlo en Servicios Sociales a ver "si interceden y les pueden hacer el favor" (que me extrañaría, pero bueno).
ritekg5 18/01/26 09:04
Ha respondido al tema Ingreso mínimo vital
Es posible?  No.  Al vivir juntos empadronados en la misma dirección y ser familiares directos, es obvio que tenéis relación y formáis una única unidad de convivencia. Si queréis cobrar IMV cada uno independientemente, debéis ser unidades de convivencia independientes (empadronadas cada una en direcciones diferentes, obviamente).Lo único que puedes aspirar es a que se empadrone contigo y que comuniques el cambio de tu unidad de convivencia a la Seguridad Social mediante el procedimiento de variaciones https://prestaciones.seg-social.es/servicio/comunicar-datos-ingreso-minimo-vital-complemento-ayuda-infancia.html?categoria=ingreso-minimo-vital y así te aumentará tu IMV, pasando de ser un solo adulto a dos adultos, por lo que cobrarías sobre unos 221 euros más de IMV.
ritekg5 12/01/26 10:01
Ha respondido al tema Ingreso minimo vital
Enhorabuena por el IMV, pero no hay ningún sitio donde se pueda ver esa información que preguntas, cada uno se la debe calcular basándose en el importe de IMV + CAPI concedido (lo pone la notificación telemática en un recuadro) y los meses que te adeuden (retroactivo pendiente).En tu caso, habiendo recibido el aviso de aprobación el 15 de diciembre, se supone que el primer pago (donde cobrarás el importe mensual que corresponda más el retroactivo pendiente) será a finales de enero, aunque la fecha depende mucho de tu banco, ya que aunque la Seguridad Social abona a mes vencido a primeros del mes siguiente, la mayoría de entidades bancarias adelantan su abono en nuestra cuenta unos días y por eso hay gente que recibe el IMV el 23-24-25-26-etc.