mivisa
15/02/26 12:08
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Herencia a beneficio de inventario. Nuevos pasivos a posterior de la aceptación
La aceptación de herencia a beneficio de inventario protege tu patrimonio personal: solo respondes de las deudas del fallecido con los bienes heredados, nunca con tus propios bienes. Si aparecen deudas posteriores (pasivos ocultos), pueden reclamarlas, pero solo hasta donde alcancen los bienes de la herencia, sin obligarte a pagar la diferencia con tu dinero. Puntos clave sobre deudas posteriores:Responsabilidad Limitada: Si el activo heredado (ej. 10.000€) es inferior a las deudas totales (ej. 15.000€), los acreedores solo cobrarán los 10.000€ y tú no respondes por los 5.000€ restantes.Aparición de nuevas deudas: Aunque surjan deudas ocultas o desconocidas después de la aceptación, el beneficio de inventario sigue protegiendo tu patrimonio particular, siempre que el inventario inicial se haya realizado correctamente.Plazos de reclamación: Los acreedores tienen los plazos legales ordinarios de prescripción de las deudas para reclamar (que pueden ser años, dependiendo de la naturaleza de la deuda). Las deudas fiscales suelen tener una inspección de 4 años, por ejemplo.En resumen, si surge una deuda posterior, el pasivo se paga con el activo de la herencia, y si no hay suficiente, el heredero no responde con sus propios bienes.