Acceder

Participaciones del usuario mivisa - Fiscalidad

mivisa 23/04/25 15:01
Ha respondido al tema Rendimiento de Capital mobiliario procedente de Seguro de Vida o Invalidez
Según el sitio web de la Agencia Tributaria: la tributación de las prestaciones percibidas por seguros de vida vinculados a hipotecas, en caso de invalidez permanente absoluta, depende de diversos factores como el tipo de seguro, el beneficiario, y si se trata de un rendimiento del capital mobiliario o de una ganancia patrimonial (ver: Agencia Tributaria - Rendimientos del capital mobiliario).Situación planteada:Seguro de vida vinculado a una hipoteca conjunta.El beneficiario del seguro eres tú, a causa de una Incapacidad Permanente Absoluta.El seguro cancela una deuda hipotecaria conjunta (bienes gananciales).La compañía aseguradora ha imputado el rendimiento solo a ti en tus datos fiscales.¿Es posible declarar el importe al 50% entre ambos cónyuges?No directamente, salvo que ambos constéis como beneficiarios del seguro.Si tú figuras como único asegurado y beneficiario, el importe recibido se considera rendimiento del capital mobiliario para ti exclusivamente, y no es posible repartirlo al 50%, aunque el préstamo estuviera a nombre de ambos y sea un bien ganancial.El hecho de que la vivienda esté en gananciales no modifica quién tributa por el seguro, ya que este tributa por la persona que lo percibe y figura como beneficiario en la póliza.La cancelación de la hipoteca con ese importe no implica una atribución automática del 50% a tu cónyuge en términos fiscales, sino que se considerará que tú has aplicado tu ingreso a cancelar una deuda conjunta.¿Qué hacer si se desea repartirlo?Si en la póliza ambos figuráis como beneficiarios del seguro de forma explícita, podríais justificar el reparto del rendimiento al 50%. En tal caso, deberíais contactar con la aseguradora para que rectifique los datos comunicados a Hacienda (modelo 190) y emita un certificado a nombre de ambos.Recomendación:Revisa detenidamente la póliza del seguro: ¿figura tu esposa también como beneficiaria?Si no figura, no es viable declarar ese ingreso al 50%.Si sí figura, solicita a la aseguradora que emita un certificado con el reparto, y conserva copia para adjuntar en caso de requerimiento de Hacienda.En caso de duda más específica sobre la redacción de la póliza o implicaciones exactas del contrato de seguro, te recomendaría consultar con un asesor fiscal o un abogado especializado en derecho tributario y seguros.
mivisa 23/04/25 13:34
Ha respondido al tema Declaración renta 2024, tiene número de referencia actual y fallece dias antes inicio campaña
su familia a día de hoy tiene acceso a su borrador porque ese familiar había solicitado el número de referencia antes de su fallecimiento. Lo que no saben es si tienen que esperar a estar registrados como sucesores para presentar la declaración de su familiar y el formulario de solicitud aplicación dt2  por mutualidades o pueden hacerlo ya con su número de referencia y sin estar aún dados de alta en el registro de sucesores
mivisa 23/04/25 13:29
Ha respondido al tema Declaración renta 2024, tiene número de referencia actual y fallece dias antes inicio campaña
el contribuyente falleció en 2025 antes de iniciarse la campaña de la renta actual, por lo que entiendo que no afecta a la declaración del ejercicio 2024 y tendrán que poner la situación de ese contribuyente a 31 del 12 de 2024 (vivo) que los herederos dándose de alta en el registr  de sucesores tendrán que presentar cuando dispongsn de la documentación que se les pide.
mivisa 23/04/25 08:51
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Sí, si presentaste el año pasado el formulario o rectificación de autoliquidación por registro o a través de la web de ese ejercicio 2019
mivisa 23/04/25 08:49
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Ejercicios 2019 y años anterioresNO, excepto que se hubiera presentado dentro del plazo de prescripción una solicitud de devolución de IRPF (vía autoliquidación, solicitud de rectificación y/o formulario) para aplicarse la DT2 por dichos ejercicios.La Disposición Final 16 de la Ley 7/2024 (DF16), no abre un nuevo plazo de solicitud para quien no solicitó la aplicación de la DT2 en IRPF 2019 y años anteriores dentro del correspondiente plazo de prescripción, debido a que la entrada en vigor de la DF16 se produjo con posterioridad a la prescripción general de tales ejercicios.
mivisa 23/04/25 08:35
Ha respondido al tema Prestacion de la Ley de Dependencia
La posibilidad de atender a dos personas no es la regla general, sino una excepción a la norma que debe ser valorada y aprobada según las regulaciones de dependencia de cada comunidad autónoma. Factores a considerar:La decisión de permitir que un cuidador atienda a dos personas depende de la gravedad de la dependencia de cada una, la capacidad del cuidador para asumir ambas responsabilidades y la disponibilidad de recursos. 
mivisa 22/04/25 22:59
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Según el sitio web de la Agencia Tributaria: En principio, la percepción de una ayuda estatal para gastos educativos no impide acogerse a la deducción autonómica por Gastos Educativos en la Comunidad de Madrid, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por dicha deducción. Sin embargo, sí debes tener en cuenta que las cantidades subvencionadas o reembolsadas no pueden formar parte de la base de la deducción. Comunidad de Madrid – Deducción por gastos educativos (IRPF) Esta deducción autonómica permite deducir un porcentaje de los gastos en: EscolaridadEnseñanza de idiomasAdquisición de vestuario escolarRequisitos básicos: Que los hijos den derecho al mínimo por descendientes.Que se trate de centros autorizados por la administración educativa.Límite de renta y otras condiciones específicas.Compatibilidad con ayudas públicas: Tal como se indica en la normativa autonómica, los importes que hayan sido objeto de subvención o ayuda no pueden formar parte del gasto deducible. Es decir, sí puedes aplicar la deducción por la parte de los gastos que no hayan sido cubiertos por la ayuda estatal. Fuente oficial: Puedes consultar el detalle completo en el portal de la Comunidad de Madrid sobre deducciones autonómicas: https://www.comunidad.madrid/servicios/tributos/deducciones-autonomicas-irpf Y también en el Manual práctico del IRPF 2023, que la Agencia Tributaria publica anualmente (actualización para 2024 pendiente): https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf.html Recomendación: Revisa el importe exacto de la ayuda que has recibido y compáralo con el gasto total. Solo podrás deducir en tu declaración la parte del gasto que no ha sido cubierta por esa ayuda pública. chatgpt hacienda 
mivisa 22/04/25 21:43
Ha respondido al tema Valoración inmueble para IRPF y IP
Según el sitio web de la Agencia Tributaria:1. Renta inmobiliaria imputada en la Declaración de la Renta (IRPF) Para calcular la renta imputada de los inmuebles no arrendados, el valor que se debe tomar como referencia es el valor catastral. Esto se indica en el portal de la Agencia Tributaria en el apartado sobre rendimientos del capital inmobiliario: “Se tomará como base el valor catastral del inmueble que conste en el recibo del IBI.” En tu caso, si el inmueble heredado no está alquilado ni afecta a una actividad económica, y no es tu vivienda habitual, deberás imputar una renta inmobiliaria utilizando el valor catastral: 333.000 €.El porcentaje a aplicar será:El 2 % del valor catastral, con carácter general.El 1,1 % si el valor catastral ha sido revisado o modificado en los últimos 10 años.Fuente: Rendimientos de capital inmobiliario - Agencia Tributaria  2. Impuesto sobre el Patrimonio Para declarar un inmueble en el Impuesto sobre el Patrimonio, hay que declarar el mayor valor de entre los siguientes tres: El valor catastral: 333.000 €El valor comprobado por la Administración (si lo hay): podría corresponderse con el "valor total del bien" de 1.100.000 € si es resultado de una comprobación.El precio, contraprestación o valor de adquisición: en este caso, el que tú hayas consignado en el Impuesto de Sucesiones, probablemente 1.100.000 €.En la práctica, si en la declaración del Impuesto de Sucesiones se ha utilizado como base el valor de 1.100.000 €, ese es el valor que deberás utilizar también en Patrimonio, salvo que la Administración haya fijado un valor superior mediante comprobación. Fuente: Modelo 714. Impuesto sobre el Patrimonio - Instrucciones  
mivisa 22/04/25 21:38
Ha respondido al tema Tributacion fiscal en degiro
Gracias por tu consulta. Según el sitio web de la Agencia Tributaria: la obligación de declarar rentas y patrimonio en España no depende únicamente de si el dinero pasa por una cuenta bancaria española, sino de dónde resides fiscalmente.1. Residencia fiscal: clave para saber dónde declararSi tu residencia fiscal está en el Reino Unido, no estás obligado a declarar en España tus inversiones en Degiro (aunque uses una cuenta bancaria española para mover el dinero), salvo que mantengas tu residencia fiscal en España o cumplas con ciertos requisitos que lo obliguen.La residencia fiscal se determina principalmente por:Permanecer en España más de 183 días en el año natural.Que radique en España el núcleo principal o base de tus actividades económicas.O que resida en España tu cónyuge e hijos menores dependientes.Fuente: Agencia Tributaria – Obligación de declarar por IRPF2. Uso de cuenta bancaria españolaQue saques el dinero a una cuenta de ING España no implica automáticamente una obligación fiscal en España si no resides fiscalmente aquí. Degiro, por razones operativas, puede requerir una cuenta bancaria en el país de apertura, pero eso no cambia tu residencia fiscal.3. ¿Debes declararlo en España o en Reino Unido?Si resides fiscalmente en el Reino Unido, debes declarar las plusvalías u otras rentas generadas por Degiro allí.España no te obliga a declarar esos movimientos solo por usar una cuenta bancaria española, mientras no seas residente fiscal español.4. Sobre cambiar la cuenta bancaria en DegiroSi quieres asociar una cuenta bancaria del Reino Unido a tu cuenta Degiro:Revisa las condiciones del país de apertura de la cuenta (puede que tengas que abrir una nueva cuenta Degiro en UK con IBAN británico).Tu hermana lo ha hecho porque probablemente abrió su cuenta Degiro desde el Reino Unido, lo que le permite vincular directamente cuentas locales.Recomendación final:Si dudas sobre tu situación concreta (por ejemplo, si pasas parte del año en España), te aconsejo consultar con un asesor fiscal especializado en normativa internacional o con un tax advisor en Reino Unido que esté familiarizado con la doble residencia fiscal.chatgpt hacienda 
mivisa 22/04/25 17:24
Ha respondido al tema Deducción por movilidad geográfica
Recordatorio, demostración cambio efectivo para aplicar la deducción por movilidad geográfica https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/1594029-deduccion-por-movilidad-geografica-declaracion-renta