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Participaciones del usuario mivisa - Fiscalidad

mivisa 09/07/25 07:44
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
no es así, la aplicación del ajuste por aportaciones a mutualidades comenzó en el ejercicio 2023, declaración presentada en 2024; el ejercicio 2024, presentad  este año, ha sido el segundo ejercicio en el que los borradores incorporan dicho ajuste.La tramitación de ls declaración de la renta de estos ejercicios 2023 y 2024 ha seguido los cauces normales de cualquier declaración de la renta.Lo que está pendiente es la devolución por aportaciones a mutualidades de los ejercicios anteriores no prescritos, devoluciones que se tienen que solicitar a través de un formulario y que aún no se sabe si dichas devoluciones correspondientes a cada ejercicio anterior no prescrito se realizarán todas este año o se diferirrán en varios años 
mivisa 08/07/25 10:38
Ha respondido al tema Opciones de Contratacion de mujer de del socio unico en SLU
https://ayudatpymes.com/gestron/como-darse-alta-autonomo-colaborador/#:~:text=%C2%BFPuede%20un%20aut%C3%B3nomo%20titular%20contratar,12%20LGSS).&text=Your%20browser%20can't%20play%20this%20video.,-Learn%20more&text=Learn%20more-,An%20error%20occurred.,es%20que%20sea%20aut%C3%B3nomo%20colaborador.
mivisa 08/07/25 10:36
Ha respondido al tema Opciones de Contratacion de mujer de del socio unico en SLU
Contratar a esposahttps://www.grupo2000.es/el-autonomo-ya-puede-contratar-a-familiares-y-aplicar-esta-bonificacion/#%C2%BFPuede_el_autonomo_contratar_a_su_conyuge
mivisa 07/07/25 16:51
Ha respondido al tema Prestacion de la Ley de Dependencia
https://imserso.es/autonomia-personal-dependencia/sistema-autonomia-atencion-dependencia-saad/preguntas-frecuentes/prestaciones-atencion-dependencia/prestacion-cuidados-entorno-familiar
mivisa 07/07/25 16:42
Ha respondido al tema Prestacion de la Ley de Dependencia
Sí, es posible que puedas ser cuidador no profesional de tu hijo dependiente incluso con un grado de discapacidad del 34% por migrañas, pero depende de varios factores y del reconocimiento de la dependencia de tu hijo. La ley no impide que una persona con discapacidad pueda ser cuidador, siempre y cuando pueda atender adecuadamente a la persona dependiente y se cumplan los requisitos establecidos.El PIA especifica las ayudas y servicios necesarios, incluyendo la posibilidad de que un cuidador no profesional asuma esas tareas. El PIA también evalúa si cumples con los requisitos para ser cuidador, incluyendo tu capacidad para atender a tu hijo.Si tu discapacidad por migrañas afecta significativamente tu capacidad para realizar las tareas de cuidado, esto podría influir en la decisión de la administración. Sin embargo, no es un impedimento automático, sino un factor a evaluar 
mivisa 07/07/25 16:38
Ha respondido al tema Prestacion de la Ley de Dependencia
¿Qué grado de dependencia tiene tu niño?
mivisa 07/07/25 16:37
Ha respondido al tema Prestacion de la Ley de Dependencia
De todas formas, esto es términos generales, lueg  cada CCAA  es un mundo. Lo que tienes que tener en cuenta es lo que explicite la resolución del PIA:.-horas de atención asignadas, -si tienes que estar empadronada en casa del dependiente y vivir con él o él contigo (esto sé que es obligatorio para grado dependencia III)- 
mivisa 07/07/25 16:21
Ha respondido al tema Prestacion de la Ley de Dependencia
La prestación económica para cuidados en el hogar es una ayuda para cubrir gastos asociados al cuidado de la persona dependiente, como productos de apoyo, adaptaciones en el hogar, gastos de desplazamiento, etc. La recibe el dependiente.Por supuesto que el dependiente puede entregártelo a ti porque es para cubrir gastos asociados a su cuidado 
mivisa 07/07/25 16:07
Ha respondido al tema Prestacion de la Ley de Dependencia
Grado II: Dependencia Severa:Se refiere a personas que necesitan ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día. No requiere presencia continua:A diferencia del Grado III (dependencia muy severa), en el Grado II no se necesita la presencia ininterrumpida de un cuidador. Posibilidad de trabajar:Un cuidador no profesional puede compatibilizar el cuidado con un trabajo a tiempo parcial, siempre y cuando no afecte a la atención necesaria del dependiente. 
mivisa 07/07/25 16:05
Ha respondido al tema Prestacion de la Ley de Dependencia
Los cuidadores no profesionales de un familiar dependiente pueden trabajar siempre que ello no interfiera en sus responsabilidades como cuidador. En base a ello, un cuidador no profesional puede trabajar a tiempo parcial si ello no le impide seguir atendiendo adecuadamente, de acuerdo a lo estipulado en el PIA, a su familiar dependiente.