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Participaciones del usuario Juan Lackland - Fiscalidad

Juan Lackland 11/06/25 12:25
Ha respondido al tema Declaracion de caducidad de procedimiento de comprobacion limitada renta 2022
Supongo que te refieres a la Renta de 2021 (la que se presenta en 2022). Al declararse la caducidad, el primer efecto es que el plazo de prescripción no se suspendió por ese procedimiento, por lo que sigue siendo de 4 años desde finales de junio de 2022. Esto debes tenerlo en cuenta porque también corre la prescripción de tu derecho a la devolución.Lo que te dice la asesoría me temo que es lo más cómodo para ella pero no lo más conveniente para ti que tienes pendiente la devolución.Yo empezaría haciendo una gestión informal, llamar por teléfono y preguntar por tu devolución de 2.400 €. Si no se soluciona así, presentaría un escrito reclamándola ya que se ha superado el plazo para devolver (seis meses desde final de la campaña).Además, dada la reiteración de esos procedimientos que finalmente se quedan en nada, me plantearía reclamar ante defensa del contribuyente dado que aparentemente hay una persecución y acoso por parte del fisco.
Juan Lackland 11/06/25 10:30
Ha respondido al tema Discrepancias datos fiscales (factura ya declarada año anterior)
Es correcto. Ingreso de 2023 y retención practicada en 2024.
Juan Lackland 10/06/25 20:58
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Disposición Adicional Décima Sexta, página 105:https://www.congreso.es/public_oficiales/L15/CONG/BOCG/A/BOCG-15-A-22-2.PDF#page=1
Juan Lackland 10/06/25 19:17
Ha respondido al tema Herencia y fiscalidad; pagada pero no ejecutada
OK. Totalmente de acuerdo.
Juan Lackland 10/06/25 17:11
Ha respondido al tema Herencia y fiscalidad; pagada pero no ejecutada
Teniendo que adjudicar una herencia que se ha producido hace muchos años, para el reparto no hay porqué valorar como se valoró a efectos del Impuesto porque puede haber cambios importantes. Otra cosa es la consecuencia fiscal de lo que se haga, que también es importante.Por ejemplo, supongamos dos herederos al 50% y una herencia que consta solamente de una vivienda (valorada en el impuesto por 200.000 €) y una cartera de acciones que se valoró también en 200.000. Un heredero se queda la vivienda y otro la cartera de acciones, pero resulta que, por los años transcurridos, la vivienda tiene un valor de mercado de 400.000 € y la cartera de valores cotiza a 250.000 €. Obviamente, quien reciba la cartera de valores no estará de acuerdo con valorar igual que como se hizo para el Impuesto.
Juan Lackland 10/06/25 09:40
Ha respondido al tema Herencia y fiscalidad; pagada pero no ejecutada
Normalmente el Impuesto se liquida sin disolver gananciales. Se hace el inventario valorado de los gananciales y se tributa por la mitad. La liquidación de la sociedad de gananciales no tiene plazo, igual que el reparto de la herencia. El Impuesto tiene un plazo de 6 meses.
Juan Lackland 09/06/25 21:20
Ha respondido al tema La gestoría me pide mi certificado digital. - Impuestos
Hay profesionales que no son ni "amateurs" y lo peor es que hacen correr los riesgos al ciudadano.Aquí el aviso del Banco de España:https://www.bde.es/wbe/es/para-ciudadano/riesgos-cesion-terceros-certificado-electronico.html
Juan Lackland 09/06/25 21:08
Ha respondido al tema Herencia y fiscalidad; pagada pero no ejecutada
Lo que yo he comentado se refiere al caso en que haya fallecido uno de los titulares. Obviamente si han fallecido los dos, la cuenta se bloquea hasta que los herederos hagan la adjudicación correspondiente.Es cierto que el otro titular puede vaciar la cuenta en perjuicio de los herederos, pero lo mismo puede hacer con objetos de valor y no por eso al día siguiente aparece un policía a vigilar la casa. Si se vacía la cuenta indebidamente, los herederos pueden actuar ante los tribunales. Por otra parte, el otro titular con frecuencia es el usufructuario por lo que nadie puede impedirle hacer uso de los fondos libremente sean suyos o de la herencia.En cuanto a la sociedad de gananciales, lo planteado aquí es que todavía no se ha hecho esa liquidación. La liquidación de gananciales se gestiona por los implicados en ella sin que pueda intervenir el banco.Enlace a lo que dice el Banco de España: Si la cuenta es indistinta, el titular sobreviviente podrá seguir disponiendo del dinero después del fallecimiento de uno de los titulares https://clientebancario.bde.es/pcb/es/blog/que-pasa-cuando-fallece-el-titular-de-una-cuenta--resolvemos-tus-dudas.html
Juan Lackland 09/06/25 19:25
Ha respondido al tema Herencia y fiscalidad; pagada pero no ejecutada
En una cuenta indistinta, todos los titulares tienen derecho a operar con ella libremente. El banco no tiene derecho a bloquear nada porque, además, no puede saber cuál es la parte del fallecido.Además, no hay ninguna ley que obligue a los herederos a comunicar nada.
Juan Lackland 09/06/25 18:16
Ha respondido al tema Herencia y fiscalidad; pagada pero no ejecutada
No necesariamente. El Banco de España dice que en una cuenta con dos titulares indistintos, si fallece uno el otro puede hacer uso de la cuenta con toda libertad, como antes del fallecimiento. Cuestión distinta es que algunos bancos procuran evitarlo y presionan al supérstite.