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Participaciones del usuario Juan Lackland - Fiscalidad

Juan Lackland 02/05/26 21:51
Ha respondido al tema Irpf del 2025 y subsidio +52 años, bono térmico e intereses bancos
Como muy bien te dice Bacalo, tienes obligación de declarar por superar los 1.600 € en rentas del capital + ganancias patrimoniales.De acuerdo con la normativa de Bizkaia, en principio,  te saldría a pagar 47,60 € (incluyendo el bono térmico). Si tienes derecho a alguna deducción (descendientes, ascendientes, edad, viudedad, etc. etc) podrías quedarte a cero y te devolverían la retención soportada en los intereses.Como te dicen en el enlace que pongo, puedes incluir manualmente el bono térmico en el borrador que te han mandado. No gastes en gestorías inútilmente, aquí es gratis.https://www.bizkaia.eus/es/renta-bizkaia
Juan Lackland 02/05/26 13:03
Ha respondido al tema Atrasos pero en negativo e información incorrecta datos fiscales
OK, está mal hecho y el error le favorece.No es cosa de corregir un error que favorece y encima con el riesgo de que Hacienda pida explicaciones y genere molestias.
Juan Lackland 02/05/26 10:30
Ha respondido al tema Atrasos pero en negativo e información incorrecta datos fiscales
Para empezar, siendo atrasos deberían aplicar -15 de retención y no -24. Dado que lo hicieron mal, que ponga lo que figura en el certificado y datos fiscales. Es lo más operativo.
Juan Lackland 01/05/26 09:59
Ha respondido al tema Requisitos para realizar uan consulta a la Dirección General de Tributos
No me parece especialmente complicado.Puedes ver los requisitos y forma de hacerlo en los arts 88 y 89 de la Ley General Tributaria y en los arts 65 y siguientes del Real Decreto 1065/2007.
Juan Lackland 30/04/26 10:18
Ha respondido al tema ¿Obligado a Declarar?
Coincido con leopol72: no está obligado a declarar.
Juan Lackland 28/04/26 11:29
Ha respondido al tema Modelo 600 Comunidad de Madrid para préstamo entre particulares
Siendo una sociedad de gananciales, que la cuenta esté a nombre de tu padre no implica que los fondos sean privativos suyos.  En el ámbito civil se presume que todos los fondos son gananciales salvo prueba en contra.En consecuencia, si los fondos son gananciales y el contrato está firmado por ambos cónyuges, es evidente que los dos son los prestamistas.Aclarado eso, si el sistema no permite poner más que uno, me parece que lo más lógico es poner al padre por aparecer como titular de la cuenta. No es nada extraordinario, antiguamente solía aparecer un solo titular de la vivienda común en muchas instituciones: catastro, registro de la propiedad, etc.
Juan Lackland 28/04/26 10:43
Ha respondido al tema Vivienda heredada y alquiler
De acuerdo con la ley de IRPF, la renta es obtenida en función de la fuente. En consecuencia ese alquiler debe incluirse en tu declaración al 100%., sea cual sea la cuenta de ingreso.Cuestión distinta es que, a efectos civiles, se trate de un ingreso de naturaleza ganancial.
Juan Lackland 28/04/26 10:39
Ha respondido al tema Modelo 600 Comunidad de Madrid para préstamo entre particulares
Si sólo te permite uno, puedes poner a tu padre.
Juan Lackland 27/04/26 19:15
Ha respondido al tema En declaración de la renta :gastos para reducir ganancia + esperando Plusvalía Objetiva
Bueno, un gasto no deja de serlo porque no se haya pagado. 
Juan Lackland 26/04/26 10:58
Ha respondido al tema En declaración de la renta :gastos para reducir ganancia + esperando Plusvalía Objetiva
Si sabes calcular la plusvalía objetiva puedes aplicarla como estimación. En todo caso, su liquidación no puede tardar 4 años porque estaría prescrita.La comisión de la inmobiliaria es menor valor de la venta y los gastos de la compra (notaría, Registro e ITP) son mayor valor de la compra.