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Participaciones del usuario Jomes

Jomes 31/12/15 15:42
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
A las cargas nuevas tras la adjudicación dices que "debes oponer una tercería de dominio, Y ANTES DE REGISTRAR EL DECRETO (si no, te las comerías con patatas)". No entiendo la parte de tu frase que he transcrito en mayúsculas.
Jomes 31/12/15 14:01
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
¡Muchas gracias!. Sobre lo de las cargas posteriores a cancelar mediante el mandamiento no sé si me he perdido un poco con estos últimos comentarios: Por lo explicado en Subastanomics, sabemos que si caduca la anotación preventiva del embargo del que trae causa la ejecución, el Registrador VA A DENEGAR LA CANCELACIÓN de esas cartas, ¿no? Es decir, si en el momento de la adjudicación hay cargas posteriores, entiendo que hay que ir al Registro sí o sí... Desde que Tristán aludió a este problema y tú lo comentaste, he visto varias veces en el BOE que a algún adjudicatario se le ha amargado la adquisición.
Jomes 31/12/15 13:15
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Por si Jotaerre no ha plegado aún, una duda jurídica de última hora: ¿Pueden acumularse una ejecución definitiva con otra provisional (siendo ejecutante y ejecutado las mismas personas)? Gracias y próspero 2016.
Jomes 30/12/15 16:55
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Lo has explicado muy claro. Gracias.
Jomes 30/12/15 16:23
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Gracias por adelantando. Me he liado un poco con el tema de los impuestos sobre la adjudicación. Si adquiero en una subasta un inmueble como persona física pago el ITP. Y si adquiero ese mismo inmueble como sociedad mercantil.... ¿pago ITP o IVA? ¿Dependerá de que el ejecutado sea persona física o jurídica? ¿Se puede elegir? Muchas gracias.
Jomes 24/12/15 15:32
Ha comentado en el artículo El regalo de la Navidad
Feliz Navidad a todos, y larga vida a este foro y a la web de http://subastanomics.com.
Jomes 24/12/15 10:18
Ha comentado en el artículo Ya están aquí las subastas judiciales electrónicas
Muchas gracias. La pregunta no es meramente teórica para el caso de un allegado. Él pensaba participar, en caso de haber posturas previas, a partir de las 23:00 horas..... Pero una cosa es pasar una entretenida vigilia pujando y vigilando, y otra cosa diferente es pedir que haga lo mismo a tu procurador cuando la subasta acaba en sábado y se puede prolongar todo el domingo.
Jomes 24/12/15 09:58
Ha comentado en el artículo Ya están aquí las subastas judiciales electrónicas
No termino de entender el cabreo que tienen los LAJ... Si tienes un segundo, me gustaría hacerte una consulta sobre un comentario que se hace en la Nota que adjutnas: En nota se habla de la importancia de consignar bien los datos, especialmente los relativos "al Procurador y a su NIF, ya que si estos son erróneos no podrá intervenir en la subasta en representación de la parte ejecutante". En el caso de Ejecutante persona física, ¿este no puede intervenir directamente en la subasta? ¿Tiene obligatoriamente que hacerlo a través del Procurador?
Jomes 18/12/15 13:43
Ha comentado en el artículo Quebrar las subastas va a ser posible
En sus edictos, el LAJ de la Unidad de Subastas de MURCIA comenta en relación con este tema lo siguiente dentro de un apartado de Preguntas Frecuentes: "En una subasta veo que el precio actual es muy alto, ¿me interesaría pujar por debajo de ese precio? No hay que fiarse de los precios anormalmente altos ofrecidos por un postor cuando se realizan bastante antes de la fecha de cierre de la subasta. Pueden ser hechos con la intención de desanimar a otros postores. La maniobra consiste en ponerse de acuerdo con otro postor que ofrezca un precio mucho más bajo con reserva de postura para ver si dejando de pagar el primer el precio tan alto ofrecido, el otro pueda quedárselo por un precio mas bajo. No les será fácil controlar esa posibilidad ya que el portal sólo da información del precio más alto hasta el momento. No puede averiguarse si hay o no pujas por debajo de ese precio y si son con reserva de postura. Si de verdad te interesa el bien, reserva tu puja pujando por debajo de ese precio lo que considere ajustado. Es cierto que la depósito estará retenido un tiempo, pero no lo es menos que puede compensarse esa demora con la compra a buen precio del bien subastado".
Jomes 14/12/15 09:37
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
"Ref. 070158. Finca 55728. Nave industrial en Molina de Segura. Se vende por 100 euros, sin cargas" "Ref. 070156 - 6 vehículos. Se vende por 100 €, sin cargas". Seguramente sería más adecuado decir "desde 100 €", pero hay que reconocer el marketing de la forma de anunciar las subastas del LAJ de la Unidad de Subastas de Murcia.