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Participaciones del usuario Jomes

Jomes 15/07/16 18:29
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Yo creo recordar que hace un año, poco antes de empezar el nuevo sistema, se hablaba efectivamente de retención en la cuenta bancaria. Sin embargo, el Reglamento que reguló el tema al final parece claro cuando dice que "si la constitución del depósito es aceptada por la entidad colaboradora, ésta efectuará el traspaso de su importe desde la cuenta del depositante a la cuenta de depósitos por participación en subastas de la Agencia Tributaria..." (RD 1011/2015). O sea, que parece que sí hay movimiento de dinero. Aunque, efectivamente, todo es posible...
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Jomes 15/07/16 17:58
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A mí sí me "desaparecía" el dinero de la cuenta. Es verdad que constituyendo en el último momento, lo recuperaba en no más de 48 horas.....pero iba y volvía.
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Jomes 15/07/16 17:56
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A mí Caixabank me ha cobrado un 1 por mil con un mínimo de 3,01 euros cuando he constituido depósito este año para pujar en la página del BOE. Aprovecho para llorar, porque he perdido todas esas comisiones: después de años (y años) leyendo este foro, tras el verano pasado decidí intentar pasar de la teoría a la práctica. Con la implantación del nuevo sistema de subastas en el BOE, de momento solo he podido constatar que, cada vez que he creído detectar un chollo y he pujado, me han mejorado al minuto. Sigue gustándome este mundo, pero me gustaba más cuando el negocio tenía más barreras de entrada.
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Jomes 08/07/16 20:13
Ha comentado en el artículo Cómo cabalgar el tigre de la comunidad de propietarios
Perdona, Jotaerre que sea tan pesado y duro de mollera: La previsión de la LPH de que ".. si el acreedor obtuviere una sentencia totalmente favorable a su pretensión, se deberán incluir en ellas los honorarios del abogado y los derechos del procurador derivados de su intervención, aunque no hubiera sido preceptiva" no permite entender que la CP puede recuperar el 100% de los honorarios de abogado y procurador?
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Jomes 08/07/16 19:09
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Delicioso post, y muy divertido. Me queda una duda: aunque no exista el delito de asustar viejas, ¿estas actuaciones no serían sancionables por el Colegio de Abogados correspondiente? No quiero parecer pacato, pero la actuación del profesional me parece muy censurable. No me parece suficiente que no cuele su intento; debería llevarse algún coscorrón.
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Jomes 08/07/16 18:56
Ha comentado en el artículo Cómo cabalgar el tigre de la comunidad de propietarios
No sé si he entendido bien una parte de tu comentario. ¿Quieres decir que el supuesto deudor que gane un pleito a la comunidad de propietarios no obtendrá la condena en costas de esta en ningún caso? Gracias adelantadas por la aclaración.
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Jomes 01/07/16 23:06
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
http://www.fidefundacion.es/agenda/La-nueva-subasta-judicial-Luces-y-sombras_ae402935.html Doña Natalia va a hablar de "las bondades y las carencias"...
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