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Participaciones del usuario guillermotell - Empresas

guillermotell 14/01/25 10:05
Ha respondido al tema Hosting
Aquí tienes un buen artículo al respecto que efectúa la valoración teniendo en cuenta buenas prestaciones, soporte técnico y calidad de los servidores https://www.ciudadano2cero.com/hosting/wiki/elegir/
guillermotell 14/01/25 09:57
Ha respondido al tema Baja voluntaria - firma nóminas y finiquito
Lo primero que tienes que hacer es revisar detenidamente el finiquito antes de firmarlo, asegurándote de que todas las cantidades a las que tienes derecho, como salarios pendientes, indemnizaciones o pagas extras, están correctamente reflejadas. En España es legal firmar un finiquito sin recibir un pago, ya que el objetivo de este documento es confirmar el término de una relación laboral y, por tanto, deberías disponer de copia de todo lo que hay que firmar porque debería haber dos copias , una para la empresa y otra para el trabajador y ambas copias deberían ser exactamente iguales. Además es muy importante que la copia que se queda el trabajador tenga el sello de la empresa o la firma del empresario.Si el pago no es en metálico en el mismo momento de la firma, puedes indicar “pendiente de cobro”. Si te entregan un cheque, indica “pendiente de cobrar cheque”, y si se entrega un justificante de una transferencia indica “pendiente recibir transferencia”.
guillermotell 13/01/25 14:47
Ha respondido al tema Pago de Renta de arrendamiento rescindido a mitad de mes.
La Ley de arrendamientos urbanos (LAU) regula dos modalidades diferentes de contratos de arrendamiento. El primero (regulado en el artículo 2 LAU) es el contrato de arrendamiento de vivienda habitual. Y el segundo es el llamado contrato para uso distinto de vivienda, que es ni más ni menos que cualquier otro contrato de arrendamiento que no sea para vivienda habitual. Por lo tanto, los contratos de arrendamiento de local de negocio entran dentro de esta segunda modalidad (contrato de uso distinto a vivienda), lo que quiere decir que estos contratos quedan sometidos a la ley de arrendamientos urbanos.
guillermotell 12/01/25 12:03
Ha respondido al tema Pago de Renta de arrendamiento rescindido a mitad de mes.
Aunque depende de cada caso en concreto, la Ley de Arrendamientos indica que si el inquilino desea abandonar la vivienda antes de la finalización del contrato, debe haber transcurrido al menos un período de seis meses desde el inicio del contrato de arrendamiento y debe notificarlo al arrendador con un mínimo de 30 días de antelación. Si no han transcurrido seis meses el inquilino debería pagar una indemnización al propietario equivalente a las mensualidades de renta que falten por cumplir hasta los seis meses.
guillermotell 08/01/25 16:09
Ha respondido al tema Subvención autónomo 60 años.
No sé en qué comunidad autónoma estás, pero el año pasado concedían una subvención directa de 2.700€ en La Rioja para autónomos menores de 30 y mayores de 60 años. Las más habituales para autónomos son para los que pongan en marcha una actividad laboral en esta modalidad.
guillermotell 03/12/24 21:03
Ha respondido al tema ¿Qué alternativas existen para la segmentación y el seguimiento de usuarios sin cookies de terceros? - marketing
Las 5 mejores alternativas a las cookies de terceros en 2024 | Publift
guillermotell 22/11/24 16:36
Ha respondido al tema Inbound y outbound marketing
El Inbound Marketing es una metodología no intrusiva que se centra en atraer clientes a través de acciones indirectas (por ejemplo charlas, artículos, seminarios, etc) porque los propios usuarios son realmente clientes que buscan el producto que vendes. Esos usuarios acuden a tu empresa porque han conocido tu producto por medios no exactamente publicitarios específicos como visitar tu página web porque han hecho una búsqueda en Google y les has aparecido en los resultados porque tu empresa tiene un buen posicionamiento. Para lograr que tu estrategia de Inbound Marketing sea realmente efectiva, es importante que conozcas bien a tus clientes potenciales, la información que precisan, lo que buscan, etc.El Outbound Marketing se basa en impacto directo a los usuarios a través de banners, publicidad en redes sociales, anuncios de televisión, anuncios de radio, telemarketing, carteles, vallas publicitarias, etc. 
guillermotell 18/11/24 19:25
Ha respondido al tema Problemas Autofirma
Has probado a usar otro navegador web?
guillermotell 13/11/24 20:28
Ha respondido al tema Problema empresa cambio de posición - Contrato Laboral
En el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores tienes la informaciónhttps://www.boe.es/biblioteca_juridica/abrir_pdf.php?id=PUB-DT-2024-139
guillermotell 12/11/24 20:50
Ha respondido al tema Problema empresa cambio de posición - Contrato Laboral
El cambio de puesto de trabajo sin consentimiento está contemplado en el Estatuto de los Trabajadores siempre que se encuentre dentro de los límites legales y se den los supuestos específicos para que pueda realizarse como: - Deben existir razones técnicas u organizativas que justifiquen este cambio. La empresa debe indicar al trabajador el porqué de este cambio y enumerar todas las razones que le han llevado a aplicar en sus trabajadores esta movilidad funcional.- Temporalidad: es necesario que se trate de un cambio funcional temporal. Si se trata de un cambio permanente el trabajador podrá reclamar ante la justicia la incorporación a sus funciones habituales. Para que este cambio se considere temporal no debe superar los 6 meses en un año ni los 8 meses en dos años.Si se dan estas tres condiciones, el trabajador no puede negarse al cambio de movilidad funcional. Ante esta modificación de funciones, el empresario, debe tener en cuenta que no puede despedir al trabajador si este no se adapta durante el periodo de movilidad a las nuevas tareas que se le han encomendado en el puesto. El empleado tiene el derecho de conocer las razones detrás del cambio de puesto de trabajo y de recibir una formación adecuada para desempeñar su nueva posición. Si el empleado no está de acuerdo con el cambio de puesto de trabajo, puede impugnarlo ante los tribunales laborales en un plazo de 20 días hábiles a partir de la comunicación recibida. También puede solicitar el fin del contrato con una indemnización equivalente a 20 días por año trabajado, con un máximo de 9 meses.