guillermotell
10/10/24 21:40
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Transportistas y ventas a distancia
Las obligaciones de los repartidores están reguladas en la de Transporte Terreste de Mercancías (Ley 15/2099), que indica que se debe entregar el pedido “al destinatario en el lugar y plazo pactados en el contrato”. Según la legislación deben subir el paquete a tu casa si así se expresó en el momento de realizar el pedido. Sin embargo, también existen regulaciones sobre impedimentos en la entrega, y es que las empresas pueden exigir el pago de gastos y perjuicios en caso de retraso o falta de instrucciones. Por tanto, algunas compañías habitualmente trabajan de forma que si hay previo acuerdo con el comprador, sus repartidores podrán realizar la entrega en la puerta de la calle, o bien cargarle un precio adicional si es entrega en domicilio en función del volumen o peso del pedido.Por otro lado, existen normativas municipales depositar mercancía en las zonas peatonales, por lo cual en caso de que tengan en hacerlo tendrían que solicitar una licencia de ocupación de la vía pública, o una reserva de la zona de carga y descarga.