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franjgr 23/03/24 17:41
Ha respondido al tema Mayores 52 venta propiedad, se resta diferencia valor comprar- venta - Subsidio
Reiniciemos.Hasta el momento de la venta, usted tiene una propiedad cuyo valor es el valor catastral.Todos los meses el SEPE debe imputarle el interés presunto del 3,25% anual por ese valor catastral.En el mes de la venta, usted tiene una renta por la plusvalía de la venta de la propiedad, esa renta hay que dividirla entre 12 y sumarla a otras rentas que pueda tener.A partir del mes siguiente tiene un capital del total del dinero obtenido por la venta y vuelve a producir un interés presunto del 3,25% anual, pero ahora por los 20000 euros. 
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franjgr 22/03/24 15:08
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Pues aparte de derrochar dinero, también vuelven las leyes ineficaces, complicadas y a veces inaplicables. ¿Que más da quien redacte si es bajo las órdenes de un político? Por esa regla de 3 ¿la Ley la hace el administrativo que la pasa a un archivo que va al BOE?Y en las proposiciones de Ley, las enmiendas en comisiones, las enmiendas que se pactan con otro partido que no está en el gobierno ¿También lo hace el funcionario que lo pasa a limpio antes de la votación final?Ya se que no me quiere creer, pero conozco casos donde los redactores originales no reconocen su propia obra
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franjgr 21/03/24 17:40
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
No me gustaría hacer política de esto, pero hay cosas que no entiendo.Se culpa a los funcionarios de la redacción de las leyes cuando los proyectos de Ley son realizados por el gobierno y votados y modificados por las cámaras. Sin que los funcionarios tengan decisión ninguna en la redacción de estas leyes. De hecho conozco casos en los que la redacción inicial del proyecto de Ley fue tan modificada que los funcionarios que la habían redactado no estaban de acuerdo con la redacción final.Después veo a gente a la que se le ha denegado el subsidio culpar a un gobierno que no ha puesto esta redacción de como se cuentan las rentas, pero que ha subido el SMI y por tanto el 75% permitiendo a más gente entrar al subsidio. Para a continuación quejarse de que otros si hayan podido entrar.Cuando un gobierno ha hecho recortes en estos temas ha sido del color que defiende que "esto va a explotar" y con él tampoco tendrían derecho.Entonces ¿en que quedamos? ¿Queremos que se amplíen los casos en los que se pueden cobrar ayudas? ¿Queremos que se recorten estos casos? o ¿Queremos quejarnos de que a nosotros no y a otros sí?
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franjgr 21/03/24 17:28
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Las donaciones no afectan al subsidio porque no son una renta propia.El SEPE sólo tendría algo que decir si esa donación es la que le hace cumplir los requisitos para el subsidio, si ya está cobrando el subsidio no puede objetar nada.
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franjgr 21/03/24 11:32
Ha respondido al tema Subsidio con cargas familiares
El actual criterio del SEPE para parejas, convivientes, con hijos comunes en las que no hay vinculo matrimonial es que la pareja no entra en la unidad familiar y sus rentas tampoco.Por lo tanto tendría derecho al subsidio por cargas familiares gane lo que gane su pareja.No sé si es que se equivocaron al rellenar el impreso, si le faltaba documentación o cual puede ser la causa, en cualquier caso reclame, 30 días hábiles de plazo desde la comunicación de la resoluciónDe todas maneras puede solicitar el subsidio con cargas en cualquier momento entre esta concesión y el agotamiento de los 6 meses que le han concedido así que hay tiempo para arreglarlo.
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franjgr 21/03/24 11:14
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Ese RDL no fue convalidado por el congreso de los diputados, con el voto en contra tanto de partidos de derechas como de izquierdas.El gobierno está trabajando en una nueva redacción que pueda conseguir aprobar en el congreso.
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franjgr 21/03/24 11:12
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Se lo dijo euroramon y se lo voy a repetir yo.En mi mensaje no he hablado de sus rentas sino del 75% del SMI por tanto el "excluida la parte proporcional de dos pagas extra" se refiere al SMI no a sus rentas.de la misma forma, el artículo 275.2 de la Ley General de la seguridad social dice: Se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas exigido en el artículo anterior cuando el solicitante o beneficiario carezca de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias Ese "excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias" no está detrás de "rentas de cualquier naturaleza", sino detrás del "salario mínimo interprofesional"El SMI tiene pagas extras, por supuesto que sí, está establecido en 1134 euros al mes, más dos pagas extra del mismo importe, en 2024. Lo que dice este artículo es que el 75% se calcula sobre 1134 y no sobre 1323 que sería el importe del SMI incluyendo las dos pagas extrordinarias.
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franjgr 20/03/24 22:54
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Podemos compartir opinión sobre los políticos, pero no sé a que viene la crítica a los funcionarios que tienen que seguir lo que pone en la Ley. Además le informo que un funcionario que tenga labores de interpretar leyes, como es el caso, debe ser, al menos, diplomado y aquellos que se ocupan de resolver la reclamación previa, que sin duda se haría, tener la carrera de derecho. Los que sólo tienen el bachillerato no interpretan leyes, recogen documentación y obedecen las ordenes de sus superiores que son, al menos, diplomados.Y lo que los políticos escribieron en la Ley no ofrece, en este punto, interpretaciones o siquiera  una escala de amortiguación, por debajo del 75% del SMI (sin incluir pagas extra) se tiene derecho, si se llega al 75% no se tiene derecho.Si un funcionario hace la vista gorda está cometiendo un delito llamado prevaricación.
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