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franjgr 14/03/24 18:51
Ha respondido al tema Dividendos - Subsidio
Esos dividendos corresponden a X meses, divídalos entre el número de meses y si, sumadas a otras rentas que pueda tener, supera los 850,50€ algún mes, entonces deberá comunicarlo. Si no hay superación de rentas no es obligatorio comunicar nada.
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franjgr 14/03/24 18:47
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Los dividendos son rendimientos de la explotación de un bien que tienen la condición de gananciales, por lo tanto se dividen entre los dos, tanto los suyos como los de su mujer.Respecto a las otras dos preguntas, no me siento capacitado para responder, en las instrucciones del SEPE que yo conozco no se recoge el tratamiento especifico en estas situaciones.¿lo que le paga la plataforma de prestamos lo declara a hacienda como dividendos o como ganancia patrimonial? Si se declara como ganancia patrimonial hay que dividir entre 12 e imputar el cociente al momento en que le paguen esas cantidades, en cambio si se declaran como dividendos puede dividirlo entre los 22 meses e imputar a cada mes lo suyo. Pero si el SEPE decide que es una renta mensual, aunque se declare como ganancia patrimonial o un pago único aunque se declare como dividendo también estaría justificado dada la ambigüedad de las instrucciones, siempre hasta donde yo sé.Respecto a cuentas que bonifican por tener recibos domiciliados ¿queda de eso? yo creo que sí se puede interpretar como un rendimiento explicito de la cuenta, pero no tengo ninguna base jurídica en que apoyarme, sólo es mi opinión.
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franjgr 14/03/24 08:16
Ha respondido al tema Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio
Coincido con euroramon, las bases de cotización no tienen nada que ver con los presupuestos, puesto que, en principio, van ligadas al SMI que ya subió.Lo del IPREM si que puede quedarse sin subir al no haber presupuestos, pero no sería la primera vez que lo suben sin necesidad de que haya nuevos presupuestos.El año pasado sí se publicó la orden de cotizaciones en enero, como este año y como todos los años, de lo contrario habría una inseguridad jurídica en las nóminas de todos los trabajadores de este país. Luego la modificaron en marzo.
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franjgr 12/03/24 23:34
Ha respondido al tema Duda días "vacaciones/viaje" - Subsidio
Únicamente y por precaución, comunicárselo al Servicio Público de empleo de la comunidad autónoma para que le suspendan la demanda de empleo mientras esté fuera.No debería pasar nada, pero si coincide que le envían una citación en esos días está cubierto y no le pueden sancionar por no recibirla.
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franjgr 12/03/24 23:24
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
La única provincia que conozco que, de forma coordinada, ha tomado la decisión de contar como interés presunto el dinero en las cuentas, es Castellón.En las demás, hasta donde yo sé, son opiniones aisladas.Puede hacerlo como comenta explicándolo bien, es perfectamente legal, pero estos temas tan susceptibles de malentendidos es recomendable hacerlo personalmente.
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franjgr 12/03/24 12:17
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Pues que la instrucción del SEPE dice que le aplicarán el interés presunto por el total del dinero rescatado durante el mes o meses siguientes. Por lo tanto si se lo aplican un mes está de acuerdo a las instrucciones y si se lo aplican 35 meses también. Aquí el que hizo las instrucciones del SEPE se cubrió de gloria.Tendrá que solicitar, esperar la respuesta, que dependerá del gestor o su jefe y si se lo deniegan, reclamar.Yo creo que si presenta facturas que justifiquen que ha gastado al menos una parte del dinero, ya no le apliquen interés presunto, pero esto no está recogido en las instrucciones del SEPE por lo que podrían ignorar esas facturas también.El problema del RD 625/85, como ya dije en otras ocasiones, es que tiene casi 40 años y fue redactado para otra España. En aquel momento casi todas las cuentas tenían remuneracion y puede que por eso no las mencionarán en el cálculo del interés presunto, pero tampoco las excluye
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franjgr 11/03/24 22:53
Ha respondido al tema Dinero en efectivo en el banco - Subsidio
Eso no es lo que dice la Ley General de la Seguridad Social, ni el RD 625/1985 ni las propias instrucciones del SEPE.Las rentas se deben calcular mensualmente y no es lo mismo que una renta sea periódica que se imputa la prorrata mensual, a que sea un pago único que se divide entre 12.Lo único que está bien en esa información es que las rentas se calculan en bruto.
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franjgr 11/03/24 18:17
Ha respondido al tema Cobro paro - Subsidio
Depende del último contrato que tuviera antes de pedir el subsidio (si es un subsidio por el tiempo cotizado) o antes de pedir el paro que le da derecho a cobrar después el subsidio (si es un subsidio por agotamiento del paro). Es aplicarle el porcentaje de ese contrato a 480 euros.Además si la solicitud es de marzo, es bastante probable que no se inicie el 01 de marzo y por lo tanto que no le paguen 30 días en el recibo del mes.
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franjgr 11/03/24 17:59
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Al respecto de eso, lo único que dicen las instrucciones del SEPE, es que durante el mes o meses siguientes se imputará el interés presunto, así que pueden aplicarle el interés presunto durante unos meses.La Ley de seguridad social  dice sobre el interés presunto:los rendimientos que puedan deducirse del montante económico del patrimonio, aplicando a su valor el 100 por ciento del tipo de interés legal del dinero vigente, con la excepción de la vivienda habitualmente ocupada por el trabajador y de los bienes cuyas rentas hayan sido computadas , todo ello en los términos que se establezcan reglamentariamente El reglamento en cuestión (RD 625/85) no habla de las cuentas corrientes o del dinero que tenga "debajo del colchón" solamente habla de fondos de inversión, depósitos...Y con estos mimbres tan poco claros tiene que lidiar el SEPE. Puede encontrarse todo tipo de interpretaciones y todas ellas válidas hasta que un señor juez diga "esta no".El subsidio se suspende en el momento de superar rentas (si es por una renta única como la venta del fondo de inversión, a la fecha de esa renta única) y se reanudará en la fecha de solicitud si no se han superado rentas en el mes anterior
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