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franjgr 16/04/24 15:20
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
La gran mayoría de ocupaciones son en inmuebles propiedad de bancos y grandes tenedores de pisos. Esto es así porque los okupas no se mete en cualquier sitio.Si se meten en su domicilio el delito es allanamiento de morada y el desalojo es rápido. Si se trata de una segunda residencia es cuando se aplica lo de las 48 horas. El problema viene cuando es alguien que está de alquiler y deja de pagar el alquiler, porque mal que nos pese es su domicilio y debemos demostrar que está ilegalmente. Gracias por recordarnos que esto no es Estados Unidos donde puedes pegarle un tiro a alguien porque te pareció que quería entrar en tu casa.El problema de la okupación está siendo agrandado artificialmente por compañías de seguridad, empresas de seguros,  prensa sensacionalista y partidos políticos que sacan su nicho de votos del miedo. Desgraciadamente me ha tocado lidiar con okupas. La gran mayoría ocupan pisos de bancos y los que no pertenecían al grupo de los que dejaron de pagar el alquiler
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franjgr 15/04/24 15:22
Ha respondido al tema Subsidio Carga Familiares sin estar casados
A usted le pidió el SEPE los datos de su pareja para tramitar el paro? No, porque para el paro solo influyen los hijos. Entonces no pueden salir datos que el organismo no tiene.No importa, si no hay vínculo matrimonial y viven juntos no influye en nada. Pero le recomiendo poner en observaciones que se encuentra en esa situación para evitar que le pidan documentación 
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franjgr 15/04/24 15:15
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Efectivamente, pero una ocupación nunca es en el domicilio.Ese es otro delito diferente de rápida resolución.El problema de este país es el mismo de otros y el mismo que teníamos con otros gobiernos
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franjgr 14/04/24 23:21
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Me temo que mientras no consiga un pronunciamiento judicial decretando la imposibilidad de cobrar ese alquiler, el SEPE seguirá considerándolo como renta. Hasta que un juez diga lo contrario se trata de un retraso en el cobro y no de que no vaya a cobrar ese dinero.Vamos que antes de conseguir que el SEPE deje de considerarlo renta, conseguirá echar a esos inquilinos.
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franjgr 14/04/24 23:18
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si el depósito empieza el 20 de enero, el interés generado del 20 al 31 de enero debe imputarlo al mes de febrero.Al mes de marzo le imputará 333 euros de febrero.Al mes de abril 333 euros de marzoY finalmente el interés generado del 1 al 20 de abril lo debe imputar al mes de mayo.
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franjgr 14/04/24 23:10
Ha respondido al tema Los parados inscritos en el SOC tendrán un orientador personal - Subsidio
Los servicios de empleo autonómicos tienen que decidir si quieren ser rápidos o ajustarse a la legalidad. En los temas que tratan eligen ser rápidos, sin embargo para poder sancionar deben ajustarse a la legalidad y la legalidad es que los actos administrativos deben ser notificados, como bien dice Angelneu. Un SMS o un correo no sirve como notificación. Si algún servicio de empleo empieza el procedimiento de sanción, el SEPE le sigue el juego sin plantearse más allá y la persona va a los tribunales (previa reclamación previa resuelta por los abogados del SEPE, que nunca deberían dejar pasar esto), el juez tarda 10 minutos en resolver a favor del sancionado.A esto hay que añadirle que como los servicios autonómicos de empleo no ven como propio el presupuesto del SEPE, tampoco se sienten muy motivados para iniciar procedimientos de sanción.Para quien tenga curiosidad, la Ley 39/2015 del Procedimiento administrativo fija en sus artículos 40 a 46 los requisitos que debe tener una notificación y como debe practicarse. Todo lo que no se ajuste a estos artículos no serviría para sancionar.
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franjgr 13/04/24 09:07
Ha respondido al tema Comunicación de propuesta de revocación de prestación por desempleo Subsidio
El importe del subsidio es proporcional al ultimo contrato que tuviera antes de pedir el paro del cual procede este subsidio.Si efectivamente ese contrato fue del 53,30% la modificación es correcta y el hecho de que hubiera una primera resolución errónea no le da ningún derecho.Podría reclamar que para modificar una resolución a la baja debe ser un juez quien declare la lesividad, pero hay mucha jurisprudencia que avala que mientras no haya pasado un año las resoluciones del SEPE pueden ser revisadas sin esa declaración de lesividad, siempre que sean errores.Lo más que podrá hacer es pedir que le fraccionen esa cantidad para que no le quiten todo el dinero junto, pero pagando intereses 
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franjgr 11/04/24 18:00
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El SEPE en las instrucciones de este RDL 8/2019 fue más allá de los que dice el mismo y adelantándose a futuras demandas al constitucional o al tribunal europeo, decidió considerar que hacer el mes de espera tras agotar el paro es causa de acceso a un subsidio (a efectos del subsidio para mayores de 52 años), se tengan responsabilidades o no e independientemente de la edad.Pero su caso está claro.
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franjgr 11/04/24 15:24
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El subsidio ha dado varias vueltas desde ese Real Decreto, si no está derogado explícitamente lo estará por la existencia de una Ley (rango superior) que lo regula.Actualmente el subsidio para mayores de 52 años está regulado en la Ley General de la Seguridad Social según la redacción dada por el RDL 8/2019 y ahi dice que si permanece inscrito como demandante de empleo desde que tuvo acceso a un subsidio, mantendria el derecho de acceso al de mayores de 52
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