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franjgr 10/04/24 08:38
Ha respondido al tema Subsidio Carga Familiares sin estar casados
El importe de los subsidios no lo decide la situación familiar. La situación familiar sólo es importante para saber si tiene o no derecho.El importe del subsidio depende del último contrato que se tuviera antes de: a) Pedir el subsidio si se trata de un subsidio de cotización insuficiente. b) Pedir el paro cuyo agotamiento permite acceder al subsidio, si es un subsidio por agotamiento del paro.En ambos casos el importe del subsidio será de 480€ si el contrato es de jornada completa, o la parte proporcional al porcentaje de jornada si el contrato era a jornada parcial.
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franjgr 09/04/24 22:56
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
En mi opinión no tendría derecho al subsidio para mayores de 52 años.Para poder acceder a dicho subsidio hay que cumplir los requisitos para un subsidio y permanecer apuntado como demandante de empleo desde entonces hasta el cumplimiento de los 52 años.Sin embargo, en el supuesto que plantea ¿en que momento se cumplen los requisitos para una subsidio?.Ahora no los cumple y nos dice que seguiría sin cumplirlos hasta más allá de los 12 meses desde que se cumplió el mes de espera. La posibilidad de acceder a un subsidio en un momento posterior al cumplimiento del mes de espera, por superar rentas, se mantiene durante 12 meses.Cuando usted cumpla el requisito de rentas no podría causar derecho al de mayores de 45 años porque ya han pasado más de 12 meses desde el cumplimiento del mes de espera y si no cumple los requisitos para ningún subsidio no puede permanecer inscrito desde que se cumplen los requisitos para un subsidio hasta el cumplimiento de los 52 años.Las instrucciones del RDL 8/2019 también establecen la extinción del derecho al subsidio no nacido por superar rentas durante más de 12 meses.
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franjgr 08/04/24 12:32
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Como dice wediehard la demanda de empleo es competencia de la comunidad autónoma. Y cada comunidad Autónoma puede establecer sus normas para apuntar como demandante empleo a la persona y pedir la documentación que estime oportuna.Esto no garantiza nada porque el SEPE tiene acceso a los datos de Hacienda y a los del empadronamiento y como empieza a ver una dirección en un sitio otra en otro y sea determinante de cara al subsidio puede tener un problema igual
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franjgr 07/04/24 16:51
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
La plusvalía del fondo hay que dividirla entre 12 y el cociente se imputa al momento del rescate.El resto de meses le imputarán un 3,25% anual del valor del fondo (antes del rescate) y un 3,25% del dinero total rescatado (después del rescate).La compra de una propiedad no es una renta, es cambiar un dinero que era propio por una propiedad, por lo tanto el 3,25% de ese dinero pasará a ser sustituido por el 3,25% del valor catastral de la vivienda.Si esa vivienda pasa a ser su vivienda habitual, a partir de ese momento se tendrá en cuenta un 3,25% del valor catastral de la vivienda que deja de ser la habitual y se deja de tener en cuenta el de la nueve vivienda.Al vender una vivienda, la plusvalía generada por esa venta se dividirá entre 12 y el cociente se imputará al momento de la venta, antes de ese momento le estaban imputando un 3,25% del valor catastral y a partir de ese momento le imputarán un 3,25% del dinero que haya obtenido en sustitución de la vivienda (del total).En caso de que, con los cálculos, un mes se pase de rentas, le suspenderán el subsidio, pero podrá reanudarlo en cuanto tenga un mes que no supere rentas (suspensión mínima un mes y máxima de 12 meses).
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franjgr 06/04/24 11:02
Ha respondido al tema Como afecta el usufructo a subsidio.
La obtención de la nuda propiedad fue una renta en su momento, por lo tanto no tendría sentido que la obtención del usufructo lo volviera a ser.Eso sí, a partir de este momento tendrá un interés presunto del 3,25% por esa propiedad que antes no tenía, salvo que sea su vivienda habitual.
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franjgr 06/04/24 00:03
Ha respondido al tema Edad de jubilación cobrando el subsidio de mayores de 52 años
Si la jubilación es a la edad ordinaria no hay necesidad. Como hemos dicho el SEPE y el INSS ya se coordinan para que el subsidio termine en la fecha en que la persona se pueda jubilar de forma ordinaria.Si se accede a la jubilación anticipada es muy recomendable avisar para evitar pagos de ambos organismos que luego habría que devolver.
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franjgr 05/04/24 15:18
Ha respondido al tema Edad de jubilación cobrando el subsidio de mayores de 52 años
Hasta hace unos meses las resoluciones del SEPE eran siempre hasta los 65 años por acelerar trámites y posteriormente se hacía la modificación hasta la fecha real.Ahora las resoluciones del SEPE ya van directamente con la fecha final correcta.En cualquiera de los dos casos la persona no debería comunicar nada, deben ser INSS y SEPE los que se coordinen. Aunque todos que algún error en estos temas ha habido y seguramente seguirá habiendo.
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franjgr 04/04/24 23:24
Ha respondido al tema Subsidio mayor de 52 años y herencias
Exactamente.El dinero ya era suyo. Hasta ahora tenía un rendimiento explicito que estaba computando, a partir de ahora, si no hay rendimiento explicito, tendrá que aplicar rendimiento presunto.
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