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Participaciones del usuario Ciberet

Ciberet 29/07/13 22:56
Ha comentado en el artículo Cómo conectarse a internet este verano
Hola, creo que os falta añadir otra posibilidad. Lo de los "pinchos" USB ya está desfasado, pues casi todos los smartphones permiten su funcionamiento como routers WIFI, de modo que conectas el portátil al móvil vía WIFI, y este es el que da la salida a Internet. Y así, compartes los datos del contrato del móvil entre este y el portátil o la tablet. Personalmente, las mejores ofertas que conozco son las de Yoigo y Tuenti. Y ambas creo que usan la red de Movistar, que es la que mejor cobertura tiene. Las tarifas de AMENA (que es ORANGE, en el fondo) tampoco están mal, pero desconozco si la cobertura es buena en toda España. Las tarifas de Movistar, sin duda, son las más caras con diferencia. Es lo que está haciendo que, a pesar de su "nombre", cada vez haya más gente que esté pidiendo la portabilidad a otros operadores. Por cierto, aviso a navegantes: ojo cuando vayáis al extranjero, que pegan unos palos de miedo cuando haces roaming en datos. Mirad antes de viajar qué tarifas de datos tenéis. Mucha veces, compensa comprar directamente una tarjeta de datos de prepago en el país donde vayáis.
Ciberet 24/07/13 23:40
Ha comentado en el artículo De nuevo las tasaciones de la AEAT
Es cierto que una ejecución hipotecaria tiene la máxima fuerza ejecutiva posible, lo que da mucha garantía al adjudicatario. En ese sentido, es cierto que no hay temor a tercerías en ese caso. Pero lo que más temo de las subastas judiciales es la velocidad de tortuga de la mayoría de los juzgados, así como la desidia de muchos de sus funcionarios. Por no hablar de la nefasta publicidad de sus subastas, con tablones-pocilga y expedientes vetados para los subasteros. Por supuesto que en mi caso el temor a encontrarme a subasteros no existe; es más, cuando me los he encontrado, el intercambio de experiencias siempre ha sido gratificante.
Ciberet 24/07/13 21:42
Ha comentado en el artículo De nuevo las tasaciones de la AEAT
Efectivamente, todo tiene sus pros y contras. En las subastas administrativas, tienes que pedir posesión, aunque lo normal es que intentes llegar a un acuerdo con el ocupante a cambio de una cierta cantidad de dinero. Pero a cambio, el procedimiento suele ser mucho más rápido, y si hay algún marrón gordo, lo normal es que anulen la subasta, cosa que en los juzgados no suele suceder (ese marrón te lo comes y punto).
Ciberet 24/07/13 00:39
Ha comentado en el artículo De nuevo las tasaciones de la AEAT
Tristán, lo que cuentas no es nada nuevo, como tú bien sabes. He visto muy pocas subastas de la AEAT que se hayan adjudicado en la fase de subasta (en 1ª o 2ª ronda). Nadie sería tan tonto para acudir a esa fase, a la vista de lo desproporcionadas que son las tasaciones de esos "profesionales" (¿quiénes serán? ¿funcionarios de Hacienda?). La inmensa mayoría de las subastas de Hacienda se resuelven en adjudicación directa, donde no hay precio mínimo. En esta, invariablemente, se tienen que ajustar al precio de mercado, que es lo que al final tienen que terminar aceptando. Al menos, en las subastas de Hacienda (y de la Seguridad Social), tienen un método para ajustarse al mercado. ¡Ya podían aprender los de los Juzgados! En estos, la tasación siempre manda, de modo que aunque puedas ofrecer la cantidad que quieras (siempre que cubras la deuda), al final tienes el marrón de la mejora de postura, que crea una inseguridad tremenda al licitador (a mí me la han hecho una vez, ¡y una y no más, Santo Tomás!). De modo que todo lo que no sea ir por encima del 70%, no interesa (en general). Y si la tasación es muy alta (como suele suceder), no hay nada que hacer. Esto no es así en la AEAT, pues basta con esperar a la fase de Adjudicación Directa. Saludos a todos y buenas vacaciones (los que os vayáis).
Ciberet 21/07/13 03:50
Ha comentado en el artículo Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios. Preámbulo resumido.
No sé si ya lo habéis comentado, pero al final corrigieron la chapuza del artículo 669. Lo hicieron el pasado 29 de junio, con el "popurrí" del Real Decreto-ley 7/2013. Adjunto el enlace. http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/508716-rdl-7-2013-de-28-jun-medidas-urgentes-de-naturaleza-tributaria-presupuestaria.html#I79 Según la disposición final tercera, el artículo 669 dela LEC queda finalmente redactado así: Para tomar parte en la subasta los postores deberán depositar, previamente, el 5 por ciento del valor que se haya dado a los bienes con arreglo a lo establecido en el artículo 666 de esta Ley. El depósito se efectuará conforme a lo dispuesto en el número 3.º del apartado 1 del artículo 647. No obstante, sigo viendo extrañamente en los edictos de subastas que se establece un depósito del 20%. Lo comenté hace poco en un juzgado y me miraron con cara de marciano... ¿Sabéis lo que está pasando? ¿Simplemente la conocida lentitud del aparato digestivo del Sistema Judicial? Saludos y felices vacaciones a los que os vayáis.
Ciberet 26/05/13 15:04
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Perdón, el link es antiguo. El congreso aprobó finalmente este jueves 23 la nueva ley. Supongo, Tristán, que ya estarás preparando un nuevo post. http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/bwibex/economia/noticias/4848954/05/13/vivienda-alquiler-seguro-la-nueva-ley-condena-el-alquiler-al-ostracismo-de-la-economia-sumergida.html Lo que no sé es cuándo entrará en vigor.
Ciberet 26/05/13 14:58
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
No sé si lo habéis visto, pero parece que la reforma del mercado del alquiler ya arranca. Al parecer, acaba de aprobarla el Senado y como ha sufrido enmiendas, tiene que volver al Congreso. http://www.elmundo.es/elmundo/2013/05/09/suvivienda/1368087338.html http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Enlaces/110512-enlacealquiler.htm Como siempre, quedamos a la espera con el máximo escepticismo.
Ciberet 03/05/13 01:43
Ha comentado en el artículo Los embargos caducados o "agua pasada no mueve molino"
Efectivamente, este es un tema muy conocido por los seguidores de este blog, y es una de las cosas peores que le puede suceder en una subasta a los profanos. No creo que a ninguno de nosotros nos hubiera sucedido esto. El que te pueda sorprender esto sólo puede obedecer a desidia o a desconocimiento/inconsciencia. Pero yo me pregunto: supongamos que estamos pendientes de la caducidad y que a pesar de insistir en que el juzgado nos prorrogue el embargo, resulta que ese juzgado es de los que se mueven como las tortugas. Y que a pesar de nuestra insistencia, la solicitud de prórroga no llega al Registro...hasta que caduca fatalmente. ¿Qué podemos hacer para evitar esta tragedia griega? 1) Entiendo que nosotros, como postores rematantes, no podemos solicitar la prórroga. 2) ¿Es recomendable dejar constancia y solicitar por escrito que el Juzgado pida la prórroga al Registro? En este caso, supongo que luego podríamos reclamar por la vía civil. 3) ¿Puede ser otra opción el intentar convencer al actor/acreedor para que él solicite la prórroga? En todo caso, el Registro sólo admite documentos con carácter público, o sea, procedentes de juzgados, notarios, funcionarios,...
Ciberet 22/04/13 11:45
Ha comentado en el artículo ¿Quieren realmente fomentar el alquiler?
Por supuesto que no tiene nada que ver. Mi comentario era sólo por el comentario que hacía Kyrie lomthe respecto a los registros civiles, aunque tu post trate sobre los arrendamientos.
Ciberet 22/04/13 09:35
Ha comentado en el artículo ¿Quieren realmente fomentar el alquiler?
Tristán, se te olvida añadir que hace poco, nuestro querido Gobierno ha sacado una obligación para todos los pisos, nuevos o usados, que se vendan o alquilen a partir del 1 de junio: se trata de que hay que disponer del llamado "certificado de eficiencia energética". Las trabas se aprueban enseguida, pero de las facilidades que apuntas en tu post, si te he visto no me acuerdo... http://www.energias-renovables.com/articulo/anae-explica-la-certificacion-energetica-de-edificios-20130417