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Participaciones del usuario Ciberet

Ciberet 11/07/17 11:23
Ha comentado en el artículo Inminente adjudicatario en el limbo judicial
Es maravilloso para este negocio que la gente ofrezca precios astronómicos por inmuebles que en libre mercado puedes encontrar al mismo precio o incluso menos. Podéis ver muchos ejemplos de inmuebles en portales inmobiliarios con precios inferiores a los adjudicados en subasta judicial. Esto es una locura. Y cuando pasa algo contrario a lo que dicta el sentido común, es un claro indicador de que hay un burbujón "como una casa", nunca mejor dicho en este caso. Pero como comento, es muy bueno que esto suceda y que la gente invierta un dineral y lo tenga atrapado años en un inmueble que lo podría haber comprado al mismo o inferior precio en mercado, por no hablar del proceso judicial kafkiano en el que te puedes meter. Pero esto permite que en el negocio de las subastas se produzcan las oportunas purgas periódicas, tan saludables en los mercados no regulados al hacer algo parecido a la selección natural en la naturaleza. De todos modos, al tratarse de pujas electrónicas, nunca se sabe quién puede haber por detrás: cualquier estrategia, por retorcida que pueda parecer, es factible...En este sentido, llamadme antiguo o nostálgico, pero prefiero las subastas presenciales. Suponen el engorro de tener que comparecer físicamente, pero al menos tienen el plus de que se da la cara y en principio hay menos marrullerías que una plataforma como la del BOE está propiciando. Con este último comentario, me imagino que el gran geek Inversius me fusilará al amanecer sin posibilidad de recurso...
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Ciberet 13/11/16 11:14
Ha comentado en el artículo ¿Abrazos o estacazos?
Hola,se os olvida algo muy importante y que el Registrador nunca obvia: la presentación de la transmisión de la finca, de cara a la plusvalía municipal. No es que nosotros como compradores tengamos que pagarla, por supuesto, pero sí debemos acreditar que se ha informado al ayuntamiento correspondiente de dicha transmisión. En los registros de Madrid capital incluso tienen los impresos municipales, que puedes rellenar en el mismo Registro, encargándose ellos mismos de enviarlo al ayuntamiento. Desconozco si este trámite se puede hacer telemáticamente, me imagino que al menos en el ayuntamiento de Madrid capital sí será posible. Un cordial saludo.
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Ciberet 06/11/16 21:33
Ha comentado en el artículo ¿Quieres hacerte una hucha de pensiones a prueba de balas?
En efecto, chollosy. Eso es algo que desespera a todo el mundo. Lo de ampliar las subastas de céntimo en céntimo para ampliar una hora en cada caso es un auténtico cachondeo y debería ser corregido, pues es una maniobra muy marrullera. Quizás sea un artimaña para desesperar al contrincante y hacerse con el bien en plena madrugada, aprovechando la somnolencia del oponente u oponentes. En alguna ocasión creo que el gran mfmelo nos ha contado que se quedó traspuesto, con la cara encima del teclado del ordenador, y al despertarse en plena madrugá, comprobó horrorizado que le habían levantado la subasta por unos céntimos. Esto es algo que no pasaba en las subastas presenciales, al menos, no en esa magnitud. Yo lo corregiría imponiendo tramos mínimos de cierta magnitud, al menos, en esas últimas horas de puja. O bien eliminando esas 24 horas de ampliación: la última mejor puja recibida es la que gana y santaspascuas, como pasa en eBay. En este caso, la cuestión es el de las pequeñísimas diferencias de tiempo que puede haber entre varios postores cuando la puja está muy reñida y está a punto de finalizar. Y en este caso, ya sabéis que puede haber robots que estén pujando más rápido que cualquier humano. Estos problemas tampoco ocurrían en las subastas presenciales... De momento, sólo hay una solución: paciencia y cantidades industriales de café o coca-cola (al gusto). Un cordial saludo.
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Ciberet 06/11/16 20:41
Ha comentado en el artículo ¿Quieres hacerte una hucha de pensiones a prueba de balas?
Gran frase. La dijo el presidente de los USA, Benjamin Franklin. En este mundo sólo hay dos cosas seguras: la muerte y pagar impuestos Tiene otras muchas citas, como por ejemplo: De aquel que opina que el dinero puede hacerlo todo, cabe sospechar con fundamento que será capaz de hacer cualquier cosa por dinero A la que habría que añadir otra: que jamás en la vida ningún gobierno de España hará ministro de nada a Tristán. Pese a la amarga e inútil espera de nuestro buen amigo Tristán. A mí tampoco me han nombrado nada, qué cacho sinvergüenzas... Un cordial saludo.
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Ciberet 08/07/15 10:12
Ha comentado en el artículo El CSIC detecta un agujero negro en los Juzgados de Primera Instancia de Madrid
Yo me adjudiqué un piso hace unos 3 años y tardé poco más de un año en obtener la adjudicación, cosa que no estuvo mal, porque me lo adjudique por debajo del 50%. Tuve suerte y me tocó una funcionaría más o menos diligente, que por cierto huyó del saturado juzgado, en busca de nuevos horizontes menos agobiantes. Por las noticias que he tenido después (no sé si relacionadas con el cambio de Secretario Judicial), ya no se me ha ocurrido volver a invertir un solo euro más en ese "agujero negro". Y lo que digo yo: ¿el Decanato no conoce esta situación, y repartir los expedientes o reforzar el juzgado para tratar de resolver el colapso? ¿O es que los otros juzgados están también "tocados"? Tristán, si se cierra ese juzgado, no creo que tampoco sea la solución, porque entonces, ¿qué pasa con todos los procedimientos que allí hay en curso? ¿Se pierden? ¿Los acreedores tienen que reiniciarlos en otro juzgado?
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Ciberet 07/07/15 16:27
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Era broma, Tristán. Puedes hacer con él lo que te dé la real gana, es tuyo! De todos modos, como opinión personal, estaría bien que colgaras esa guía (transformada o no) en algún sitio permanentemente, pues es sumamente interesante, y debería estar disponible como documento de referencia fundamental para todo aquel que ose adentrarse en la despiadada jungla de las subastas. Un cordial saludo desde la piscina!
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Ciberet 07/07/15 15:41
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Hola, Pecks. Yo, sin duda, me iría al 70% y saldría con la propiedad "bajo el brazo" del juzgado (salvo que el bien ni siquiera valiera eso o no te interesara especialmente). No te puedes imaginar la gran incertidumbre que se te puede presentar si no llegas al 70% (mejora de postura, sobre todo). Aparte de que el tiempo que tardarás en obtener el decreto de adjudicación (si tienes la suerte de ser el adjudicatario) se prolongará bastante, muy especialmente en ciertos juzgados desidiosos. Puedes leer este blog y verás experiencias sobrecogedoras, a veces, surrealistas. Todo lo que puede pasar está descrito en el artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y de hecho, Tristán tenía hasta hace poco colgado en su blog alternativo (Subastanomics) una interesante guía ("Como leer e interpretar el art. 670 de la LEC y no morir en el intento"), con útiles comentarios a lo que indica dicho artículo, pero el muy perillán la ha borrado...
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Ciberet 07/07/15 13:54
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Gracias por tu respuesta, Jotaerre. Entiendo entonces que si no se cumple con lo previsto en los artículos 685.1 y 686.1, la comunicación establecida en el 689.1 evita cualquier posibilidad de nulidad.
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Ciberet 07/07/15 01:55
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Jotaerre, yo me refiero a lo que establecen los artículos 685.1 y 686.1: Artículo 685 Demanda ejecutiva y documentos que han de acompañarse a la misma 1. La demanda ejecutiva deberá dirigirse frente al deudor y, en su caso, frente al hipotecante no deudor o frente al tercer poseedor de los bienes hipotecados, siempre que este último hubiese acreditado al acreedor la adquisición de dichos bienes. Artículo 686 Requerimiento de pago 1. En el auto por el que se autorice y despache la ejecución se mandará requerir de pago al deudor y, en su caso, al hipotecante no deudor o al tercer poseedor contra quienes se hubiere dirigido la demanda, en el domicilio que resulte vigente en el Registro. Mi pregunta es: para que el procedimiento no sea declarado nulo, ¿hay que presentar la demanda y requerir del pago al deudor y al hipotecante no deudor (este último sería el titular registral)? ¿Hay que comunicar el anuncio de la subasta a ambos, también?
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