En Cataluña creo que tienen 3 meses ( con sus 90 días ) para el retracto. Mucho más tiempo que en el resto de España creo.
Charly197423/03/22 14:49
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Chat de subastas
En mi caso, he comprado en notaría. No es subasta, y recuerdo que cuando compre la otra mitad en subasta tuve que esperar a que la AEAT comunicara a la otra parte la venta por si ejercía retracto.En mi caso Pecks, crees que debo de enviar burofax a la otra parte para inscribir sin problemas o basta con las escrituras del notario y el registro aceptará inscribir sin problemas??Gracias
Charly197423/03/22 09:54
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Vale, entonces para hacer las cosas bien pago yo ITP y registro, y se lo reclamaría a la otra parte..Lo decía para no tener que pagar 2 veces el Registro, una yo y otra el. La duda era si se podía hacer sin registrar y que sólo pagará él el registro y habría menos gastos ( y menos feliz el registrador que no cobraria 2 veces ) .Llamo esta tarde a la otra parte a ver qué quiere hacer. Como decía , prefiero que se entere por mí que no a través de terceras personas. Gracias JR
Charly197422/03/22 18:26
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He comprado el 50% de 4 plazas de parquin, de las cuales 2 ya era yo comunero y por ahora solo he firmado en notaría las escrituras.Ahora , quiero decírselo al otro comunero de las 2 restantes por si quiere hacer el retracto antes de pagar yo los ITP y el Registro de la propiedad.Se puede ejercer el retracto antes de tenerlo yo inscrito y pagar impuestos o tengo que inscribir y luego ejercer el retracto?Lo digo por ahorrarme pagarlo yo ahora y luego que me lo abonen.Tengo algo de relación con el otro comunero y prefiero que se entere por mí ahora y no dentro de 2 meses, ya que he tenido que comprar " obligado" este proindiviso para solucionar el problema que tenía mis otras plazas con coches abandonados por el dueño. O compraba el lote entero o no me vendía las que me interesaban a mi.El valor de compra de estas es muy cercano al valor real , así que quizás no le interese ejercer el retracto y prefiera que gestionemos 1 plaza cada uno, pero preferiría decírselo yo. Qué opináis?
Charly197420/03/22 23:56
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Pues por si acaso, no envíes a la papelera del ordenador lo que me tenías preparado, que si tengo que ir al TEAC ( creo que se escribe así no?) te avisare. 😉
Charly197418/03/22 18:29
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Hola Pecks.El problema lo están poniendo en la Agencia tributaria, que tienen orden de aplicar el impuesto sobre el Valor de Referencia y no el Valor de Adjudicación si lo hacemos presencialmente.Si pagas el impuesto desde casa telemáticamente, entonces pones el valor que quieras, con la incerteza de si en un tiempo te llega una Comprobación de valores de la Agencia Tributaria o no, con sus recargos.Y te lo digo por experiencia como ya expuse aquí hace unas semanas .Son las indicaciones que tienen las funcionarias, y me ha ocurrido en 2 delegaciones diferentes.
Charly197403/03/22 12:59
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Mira tus emails. Un saludo
Charly197423/02/22 00:01
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Yo si me deniegan el recurso o hay silencio administrativo, continuaré el recurso al TEAR, pero he de decir que la funcionaria creo que tiene razón aunque me pese , ya que el Real Decreto 828/1995 no puede contradecir la nueva Ley 11/2021 que dice que se tributa como mínimo por el Valor de Referencia, aunque el RD diga que en caso de subasta es el valor de adjudicación.No se de leyes , pero tengo entendido que un Decreto Ley tiene menos rango que una Ley.No me adelanto a mi posible decepción al resultado y esperaré la contestación del recurso.
Charly197420/02/22 01:17
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Te contesto Mrmmuh9.El documento lo presente directamente en la oficina de la Agencia tributaria, via registro, y aunque pedí cita por adelantado, allí me dijeron que para el registro no hace falta pedir cita.Como ya mencioné anteriormente, soy un negado con las tecnologías y los documentos no se enviarlos telemáticamente y por eso los entrego en mano en la oficina, registro, ayuntamiento....vaya, chapado a la antigua.Cuando me dió las pautas para hacer el recurso, ya me advirtió que seguramente me lo rechazarían y debería de presentar un nuevo recurso al TEAC.Y te informaré tanto a ti como al resto de lectores de este chat en cuanto sepa algo y su resolución por si os es de ayuda. Me dijeron que tienen 6 meses para contestar, sino el silencio administrativo es negativo.Reitero que mi intención nunca fue la de perjudicar a nadie , sino la de aportar cosas al blog de Tristán, ya que a mí en alguna ocasión me han ayudado y quería hacer yo lo mismo con el resto.Un saludo
Charly197419/02/22 00:41
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He intentado quitar el documento pero ya no me deja. Si quieres puedes quitarlo tu si el programa te deja hacerlo.No volveré a publicar más documentos .