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Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

34 respuestas
Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual
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#16

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Perdonad, realmente es una cantidad que mi madre me dió, donó, pero si devolviéndolo íntegro sin intereses queda todo solucionado y no me genera problemas ni con el SEPE ni con Hacienda, prefiero devolvérselo.
#17

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Tanto si es un préstamo como una donación tenías que haberlo comunicado a Hacienda en el plazo de un mes.
En cuanto al SEPE supongo que tb te pedirá algún documento que acredite el origen del dinero (donación o préstamo).


#18

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

No hay nada que perdonar. Si es una donación, le hemos respondido respecto a cómo actuar ante SEPE. Es un ingreso extra en forma de pago único: cómo tal, SEPE nos dice en sus instrucciones, que debe dividirlo entre doce. Dado que el cociente supera los 888 euros brutos, es un supuesto de suspensión de subsidio que debe comunicar al organismo. Pero, tiene de plazo hasta la fecha de presentación de la próxima DAR. Cuando lo haga, le suspenderàn un mes el cobro y cotización y podrá solicitar la reanudación al mes siguiente si ya vuelve a cumplir el requisito de carencia de rentas. 
Otra cuestión es qué le harà la AEAT (lo desconozco).
Tranquila, que su subsidio NO se extingue por esta operación siempre que lo comunique a SEPE en su próxima DAR (fecha límite).
Saludos cordiales.
#19

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Nada, para hacer bien las cosas piso cita con un abogado especializado en herencias y que me gestione el pago del impuesto de donaciones con Hacienda y en cuanto lo tenga pido cita con el SEPE para notificarlo y que me suspendan un mes el subsidio. 
Para reanudarlo después tengo que solicitar la reanudación pidiendo de nuevo cita en el SEPE o se hace de forma automática????
Muchas gracias por las respuestas, el desconocimiento es lo peor que hay y más si te juegas algo tan importante.
#20

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

"... podrá (y deberá) solicitar la reanudación al mes siguiente si ya vuelve a cumplir el requisito de carencia de rentas. "

#21

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Creo que lo mejor va a ser que devuelva el dinero a mi madre. Me estoy agobiando pensando que como no lo notifiqué antes en el SEPE me van retirar el subsidio.
Sabes en ese caso cómo tengo que gestionar si es un préstamo y lo devuelvo íntegro sin intereses?
Perdona, pero estoy muy agobiada.
#22

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Hoy es 24 de Diciembre. Tómese una buena dosis de espíritu navideño. Vuelva a releer en unos días todo lo que le hemos dicho. No se agobie: si es un préstamo, no hay ninguna renta, ya que ese dinero lo tiene que devolver. Si es una donación, ha tenido un ingreso extra que, por su importe, le supone un mes de suspensión del subsidio. Puede comunicar a SEPE dicha operación el día que quiera y como fecha límite el día en que presente la próxima DAR. 


#23

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Es que he estado leyendo y he visto sentencias en las que por herencias notificadas no de manera inmediata sino meses después han suspendido de forma permanente el subsidio. Y se alega que los incrementos de renta,ya sea por premios, donaciones, herencias.... Han de notificarse de forma inmediata y me da miedo notificarlo y que me hagan un expediente sancionador que derive en la extinción del subsidio.
Se, ahora, que el préstamo entre particulares, al igual que las donaciones, tienen que notificarse a Hacienda en 30 días, en ambos casos estoy fuera de plazo, pero si notifico y devuelvo el dinero a mi madre en concepto de préstamo, no tengo que informar al SEPE de ningún ingreso que me haga pasarme del límite de renta. Aunque posiblemente Hacienda me ponga una multa por notificar fuera de plazo el préstamo.
#24

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Serán sentencias antiguas.
Hace años que el SEPE adopto el criterio de que el plazo era hasta la siguiente DAR por las sentencias perdidas
#25

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Qué me aconsejáis que haga. Tanto en un caso como en el otro, es decir, notificar al SEPE donación y declararla a Hacienda pagando el impuesto de sucesiones, cómo en el de notificar a Hacienda préstamo entre particulares estoy fuera de plazo
#26

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Lo primero tener claro si se trata de un préstamo o de una donación.
En cualquiera de los dos casos se hacen, a diario, decenas de estas operaciones sin comunicarlo a ningún organismo y no pasa nada. Desde luego el SEPE no tiene medios para saber que esto existe. El problema podría venir desde hacienda, pero no dude que si hacienda actúa, detrás irá el SEPE.
Yo no soy quien para aconsejar a nadie sobre esto porque no tengo toda la información (desconozco la parte de hacienda), pero si es una donación y se quiere quedar tranquila lo comunica al SEPE (está en plazo salvo que haya hecho la DAR después de la donación), le suspenden un mes el subsidio y ya no tendría más problemas con este organismo haga lo que haga hacienda posteriormente.
#27

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Gracias por toda la información. 
Creo que lo mejor será hacer la notificación a Hacienda de qué es un préstamo entre particulares.
Haré la autoliquidación del modelo 600 y lo registraré. Devolveré el dinero y por tanto no requerirá de notificar nada al SEPE.
#28

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Es lo más coherente y lógico para arreglar el problema y que no vaya a más. Hay que tener cuidado con eso de que no hay que comunicarlo a ningún organismo y no pasa nada, eso no es así, estas operaciones se deben comunicar a Hacienda como bien ha dicho mediante el modelo 600, y no sólo comunicarlo, debe hacer un contrato firmado por las dos partes y detallar la operación, y cuando devuelva el préstamo en el concepto es importante que ponga "Devolución Préstamo de Fecha xx/xx/xxxx", para que quede constancia, al igual que en el contrato figure tanto la fecha de ingreso como la fecha de devolución y que coincidan.
#29

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

Si, ya he realizado la autoliquidación del modelo 600 en la Oficina Virtual Tributaria de la Comunidad de Madrid. Adjuntando un contrato de préstamo sin intereses entre particulares firmado por ambas partes e indicando el plazo para la devolución integral del préstamo.
Ahora no sé si tengo que hacer algo más.
Sabes si cuando haya devuelto todo el préstamo, tengo que notificar de alguna manera que ya ha sido cancelado?
#30

Re: Subsidio mayores de 52 años e ingreso puntual

En la fecha que hayas puesto que devuelves el importe tendrás que hacer la devolución, con eso en principio ya estará todo resuelto.