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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Edurarri, estate tranquilo, ya se que es dificil y se tienen muchos nervios, pienso que tu expediente todavía tardará en abrirse, se puede abrir de tres maneras:
1- A petición tuya propia, mandando un impreso que hay en la sede electronica de la SS, es la opción menos aconsejable, porque por la experiencia que tengo hasta que no pasas los 18 meses de baja, suelen denegarlas salvo que sean casos muy claros.
2-Que te llamen a pasar el "tribunal" y directamente te propongan abrir expediente de IP.
3- Pasen los 18 meses y el INSS, como no se puede estar más tiempo de IT, te abran el expediente de oficio, te lo comunican por carta y tienes que mandar un formulario, cuando lo hagas a los pocos días podrás ver el expediente con el punto 1 concluido, luego te llamarán a inspección puede ser la primera vez o la segunda, y ya seguirás concluyendo los famosos puntos.
Pero como te he dicho antes, deja que todo siga su cauce y que sea el INSS quien marque los tiempos, de vez en cuando puedes ir al INSS, y preguntar si tienen alguna información. Saludos.
Pd.: He dicho que no se puede estar más de 18 meses de IT, pero eso es en teoría, hay gente que están hasta los dos años o más, sin tener noticias del INSS, pero tranquilo hasta que no finalize tu expediente, si es que lo abren, tu sigues cobrando hasta el final, pase el tiempo que pase.
1- A petición tuya propia, mandando un impreso que hay en la sede electronica de la SS, es la opción menos aconsejable, porque por la experiencia que tengo hasta que no pasas los 18 meses de baja, suelen denegarlas salvo que sean casos muy claros.
2-Que te llamen a pasar el "tribunal" y directamente te propongan abrir expediente de IP.
3- Pasen los 18 meses y el INSS, como no se puede estar más tiempo de IT, te abran el expediente de oficio, te lo comunican por carta y tienes que mandar un formulario, cuando lo hagas a los pocos días podrás ver el expediente con el punto 1 concluido, luego te llamarán a inspección puede ser la primera vez o la segunda, y ya seguirás concluyendo los famosos puntos.
Pero como te he dicho antes, deja que todo siga su cauce y que sea el INSS quien marque los tiempos, de vez en cuando puedes ir al INSS, y preguntar si tienen alguna información. Saludos.
Pd.: He dicho que no se puede estar más de 18 meses de IT, pero eso es en teoría, hay gente que están hasta los dos años o más, sin tener noticias del INSS, pero tranquilo hasta que no finalize tu expediente, si es que lo abren, tu sigues cobrando hasta el final, pase el tiempo que pase.
#23138
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
En este enlace te informa de la situacion que de momento esta en alta laboral, pero no pone nada de baja ni de quinen la paga. Llamaremos al inss. Porque ella no tiene ni las nominas para ver si alla pone algo. Esta fatal y no tiene no idea de que tiene que hacer. Por lo que tendre que geationarselo todo yo.🤦🏼♀️🤦🏼♀️
#23143
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#23145
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola! Enhorabuena por la concesión de la incapacidad absoluta. Respecto a los atrasos, el tiempo que tardan en pagarse puede variar. Por lo general, una vez que se ha notificado la resolución y se han concedido los atrasos, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) procede a realizar los trámites correspondientes para efectuar el pago.
El plazo exacto puede depender de diversos factores, como la carga de trabajo del INSS y las particularidades del proceso administrativo. En algunos casos, los atrasos pueden pagarse en un plazo relativamente corto, mientras que en otros casos podría llevar más tiempo.
Si tienes dudas o deseas obtener información más específica sobre el estado de tu caso, te recomendaría contactar directamente con el INSS. Puedes hacerlo a través de su sede electrónica, por teléfono o acudiendo presencialmente a una oficina. El personal del INSS podrá proporcionarte detalles sobre el proceso y el plazo estimado para el pago de los atrasos en tu caso particular.
El plazo exacto puede depender de diversos factores, como la carga de trabajo del INSS y las particularidades del proceso administrativo. En algunos casos, los atrasos pueden pagarse en un plazo relativamente corto, mientras que en otros casos podría llevar más tiempo.
Si tienes dudas o deseas obtener información más específica sobre el estado de tu caso, te recomendaría contactar directamente con el INSS. Puedes hacerlo a través de su sede electrónica, por teléfono o acudiendo presencialmente a una oficina. El personal del INSS podrá proporcionarte detalles sobre el proceso y el plazo estimado para el pago de los atrasos en tu caso particular.