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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

4,13K respuestas
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#4231

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenas tardes, una pregunta que no me había surgido y me lo han comentado y ya me han surgido dudas:
El subsidio para mayores de 52 años cuenta como cotización para la jubilación anticipada ?

#4233

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días .
Estoy pensando en vender unas joyas . 
Tengo que comunicar la ganancia ? 
Saludos y gracias 
#4234

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Art. 280.9 Ley General de la Seguridad Social


#4235

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Solamente si el precio de venta es superior al de compra y esa diferencia que sería la ganancia patrimonial le hace superar rentas
#4236

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Actualizo este hilo con la información correcta y contrastada tras revisarlo con la normativa legal, ya que la respuesta anterior ("No") es totalmente errónea y puede llevar a equívocos graves a otros usuarios.

La respuesta correcta es SÍ. El subsidio para mayores de 52 años sí cuenta como cotización para la jubilación (tanto ordinaria como anticipada), ya que durante su percepción la Seguridad Social cotiza por la contingencia de jubilación (específicamente por el 125% del tope mínimo de cotización vigente).

Lo indico y dejo constancia por si a otra persona le surge la misma duda en el futuro, para que no se base en información incorrecta que pueda perjudicar su planificación.

#4238

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

  sí cuentan y se cotiza por ellos para la jubilación, pero con matices importantes sobre cómo funcionan: [1, 2] 
Lo que debes saber sobre la cotización
Cotización por jubilación: Durante el tiempo que percibes este subsidio, el SEPE ingresa las cotizaciones correspondientes a la contingencia de jubilación. [1]
Base de cotización: Se cotiza por el 125 % del tope mínimo de cotización de la Seguridad Social vigente en cada momento (equivalente a una base superior a la mínima normal, lo que ayuda a que no se deteriore tanto la base reguladora de la futura pensión). [1, 2, 3]
Acumulación para el cálculo: El tiempo que estás cobrando la ayuda suma para el cálculo del importe de la pensión y para alcanzar los años necesarios para la jubilación ordinaria o anticipada. [1, 2]
El límite clave (carencia de los 15 años)
No sirven para alcanzar los 15 años iniciales: Las cotizaciones generadas durante el cobro del subsidio no se pueden utilizar para alcanzar el periodo mínimo de 15 años cotizados (ni los 2 años dentro de los últimos 15) que se exigen de manera general para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación. [1, 2]
Debes tenerlos de antes: Para poder acceder al subsidio de mayores de 52 años, ya es un requisito obligatorio contar con al menos 15 años cotizados a lo largo de tu vida laboral antes de solicitarlo. [1, 2] 
#4239

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

El subsidio de mayores de 52 años y su cotización para la jubilación anticipada 
​"Para dejar las cosas claras y evitar seguir desinformando en el foro: 
​Es totalmente cierto que para solicitar el subsidio la normativa exige tener 15 años cotizados de antes (requisito de acceso). Pero una vez concedido, todas las cotizaciones del subsidio suman y cuentan perfectamente tanto para la jubilación ordinaria como para la anticipada. 
​Copiar explicaciones de la IA sin entender la diferencia entre el requisito de entrada y el cómputo real solo sirve para liar al personal. Las simulaciones oficiales de la Seguridad Social demuestran que el subsidio cuenta íntegramente mes a mes. Por favor, evitemos dar por buenos argumentos erróneos que confunden a quienes buscan información real. 



#4242

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si no te gusta la informacion de la IA, en el mensaje anterior , es de la fuente directa y esta claro, clarinete, sin tanta literatura
#4243

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años


 
Con la que está cayendo desde hace tiempo en España y con lo que ha sucedido hoy (Mi más sentido pésame a todas las familias que han visto perder a sus seres queridos), y estamos con tonterías.
Que si un nuevo gobierno puede o no puede hacer; que si he oído o he leído... Angelneu ya lo dejó claro: artículo 280.9 LGSS. Para todo lo demás y en espera de futuros gobiernos, BOE.
Cualquier opinión en este foro es bien recibida. Seamos claros: a nadie se le escapa que las dudas, ante los organismos oficiales (éso sí: con los deberes más o menos hechos previamente).
 
#4244

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Duda a ver si alguien me puede responder... 
Yo cobro el subsidio de mayores de 52 años y mi marido ha solicitado el IMV para nuestra unidad familiar: lo ha solicitado él, lo cobra él en su cuenta corriente de la que es titular sólo él, pero en la seguridad social figuramos los dos como beneficiarios puesto que formamos nuestra unidad familiar. 
La duda es, ¿cara al cálculo de rentas de mi subsidio de mayores de 52 años, debo tener en cuenta la prestación de IMV asignada a mi marido?